Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2017 (14/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Sábado 14 de octubre de 2017
Código Hábitos y costumbres 08-315 Infracción

NORMAS LEGALES
Gravedad de la Sanción LEVE % UIT (*)

135
Medidas Complementarias

El personal del transporte carece de buenos hábitos de higiene.

25%

Carga de los alimentos agropecuarios primarios y piensos 08-316 08-317 08-318 Por transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos de establecimientos sin autorización sanitaria. Por transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos en recipientes contaminados, propiciando su deterioro. Por transportar alimentos en forma inadecuada propiciando su deterioro. GRAVE GRAVE LEVE Gravedad de la Sanción GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE 25% 25% 15% % UIT (*)

08.400 vehículos de transporte de alimentos agropecuarios primarios y piensos Código Contaminación cruzada 08-401 08-402 08-403 08-404 08-405 08-406 08-406 Por transportar carnes frescas con carnes congeladas. Por transportar carnes frescas con carnes refrigeradas. Por transportar productos congelados sin envasar con productos refrigerados. Por transportar alimentos de origen animal o alimentos de origen vegetal. Por transportar alimentos agropecuarios primarios y piensos con productos hidrobiológicos. Por transportar al personal en el contenedor de los alimentos agropecuarios primarios y piensos. Por transportar alimentos agropecuarios y piensos con productos químicos, combustibles, plaguicidas u otros que pongan en riesgo la inocuidad. Por transportar productos y subproductos cárnicos en vehículos NO autorizados. Por transportar huevos en vehículos NO autorizados. Por permitir el transporte de subproductos de origen animal en envases inadecuados, poniendo en riesgo las condiciones físicas y organolépticas de los subproductos cárnicos. Por transportar productos cárnicos en contacto con el piso. Por transportar carne de aves en envases inadecuados que aseguran la inocuidad del alimento. Por transportar productos cárnicos sin mantener la cadena de frio correspondiente. Por transportar alimentos de origen vegetal en vehículos NO autorizados. Por transportar alimentos de origen vegetal en contacto con el piso. Por transportar frutas y hortalizas frescas en envases de difícil higienización, evitando su deterioro y contaminación. Por transportar tubérculos y granos en contacto con el piso y las paredes del contenedor. Por transportar en vehículos sin condiciones que minimizan los efectos ocasionados por la exposición al ambiente (calor, humedad, deshidratación u otro). Por transportar piensos en vehículos NO autorizados. Por transportar piensos en contacto con el piso del contenedor. Por transportar en envases que NO protegen a los piensos de contaminación, NO son de fácil higienización. 15% 15% 15% 25% 25% 50% 50% Infracción Medidas Complementarias

Alimentos de origen animal 08-407 08-408 08-409 08-410 08-411 08-412 08-413 08-414 08-415 08-416 08-417 Piensos 08-418 08-419 08-420 GRAVE GRAVE LEVE 10% 10% 10% GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE GRAVE 25% 15% 25% 25% 25% 25% 15% 15% 15% 25% 15%

Alimentos de origen vegetal

artículo tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática efectuar los trámites que correspondan para la publicación y su posterior entrada en vigencia artículo cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informática , la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1575653-1

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