Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2017 (07/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 7 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Designan Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 496-2017-MINEDU Lima, 6 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo Nº 1310, se aprueban medidas adicionales de simplificación administrativa, entre ellas, la establecida en el artículo 8 del Decreto Legislativo, sobre la interconexión de los sistemas de trámite documentario o equivalentes de las entidades de la Administración Pública, para el envío automático de documentos electrónicos entre dichas entidades, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI), actualmente Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI); Que, el segundo párrafo del artículo 8 del mencionado Decreto Legislativo señala que las entidades del Poder Ejecutivo deben adecuar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos con otras entidades, así como dentro de sus áreas, órganos y unidades, hasta el 31 de diciembre de 2018; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 001-2017-PCM/SEGDI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 09 de agosto de 2017, se aprueba el Modelo de Gestión Documental en el marco del Decreto Legislativo Nº 1310, de alcance obligatorio a todas las entidades del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 4 de la citada Resolución establece que el Titular de la entidad, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles contados a partir de la publicación de la citada Resolución, debe designar a la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces como Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional, quien se encarga de coordinar la implementación del Modelo de Gestión Documental en su entidad, así como también cumplir con las demás responsabilidades establecidas en el referido Modelo; dicha designación debe ser puesta en conocimiento de la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI), para las coordinaciones y acciones correspondientes; Que, en este extremo, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, refiere que la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de asesoramiento y de apoyo administrativo bajo su dependencia jerárquica; asimismo, ejerce la representación legal del Ministerio; Que, por lo anteriormente descrito, y conforme a lo recomendado por la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental en el Informe Nº 1002-2017-MINEDU/SG-OACIGED-AC y el Memorándum Nº 708-2017-MINEDU/SG-OACIGED, se hace necesario designar a el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación como Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional; Con el visado del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; en el Decreto Legislativo Nº 1310 y en la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 001-2017-PCM/SEGDI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a el/la Secretario/a General del Ministerio de Educación como Responsable Directivo de la Gestión Documental Institucional, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1310 y en la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital Nº 0012017-PCM/SEGDI.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, para su conocimiento y fines. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Asesoría Jurídica publique la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1562629-2

INTERIOR
Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Ministerio de lnterior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 811-2017-IN Lima, 31 de agosto de 2017 VISTOS, el Informe N° 000391-2017/IN/OGPP/OPP, de la Oficina de Planificación Operativa y Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto; el Oficio N° 002727-2017/IN/OGPP, de la Oficina General de Planificación y Presupuesto y el Informe N° 001335-2017/ IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado tienen entre sus funciones, la de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.1 del artículo 71° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las Entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, de acuerdo a los numerales 71.2 y 71.3 del artículo 71° del referido Texto Único Ordenado, el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades; asimismo, los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, conforme al literal d) del numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017/CEPLAN/PCD, las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y en los planes operativos institucionales ­ POI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1805-2016IN, se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual -

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