Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2017 (10/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

38 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Domingo 10 de setiembre de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE ATE
Expresan saludo y reconocimiento institucional de la Municipalidad de Ate a centro educativo y personas naturales, en el 196° Aniversario de la creación política del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 025-2017/MDA Ate, 3 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, en el claustro denominado de "Los Doctores" del Convento de la Merced y el local del antiguo noviciado, hacia la calle Carabaya 534, fueron destinados para el funcionamiento del nuevo plantel; en el mes de julio del año 1917, con 208 alumnos, inicio sus actividades y en ceremonia especial, con asistencia de autoridades y público en general, el 17 de Octubre del mismo año, se realiza la inauguración del colegio en forma oficial. El semanario "Variedades", dirigido por Clemente Palma, en su edición del 20 de Octubre de 1917, da cuenta con lujo de detalles de la ceremonia inaugural; Que, han transcurrido 100 años de labor orientadora a la formación liberadora, científica y humanista, amparada en los valores cívicos; primero, en los ambientes de la Merced de Lima y, hace 45 años en el nuevo local, ubicado en el fundo "La Julita", Valle de Ate; en ambos lugares, sacerdotes, profesores. alumnos y padres de familia, con sus ideales, aspiraciones y esperanzas, participaron en eventos locales, nacionales e internacionales, destacando con brillo y fortaleciendo el prestigio del plantel, construyendo la historia del colegio La Merced; siendo forjadora de profesionales que asumieron y asumirán el reto de forjar un país mejor; Que, el Director de la referida Institución Educativa, Padre Miguel Velásquez Mercado, comunica a la Corporación Municipal que el Colegio Privado Mixto Nuestra Señora de la Merced, estará cumpliendo 100 años de vida institucional; en ese contexto, se hace necesario expresar el Reconocimiento Institucional de la Entidad por su invalorable servicio a favor de la Educación en el país, y en forma particular de nuestro distrito de ATE ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL Artículo 20º Y EL Artículo 42º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- EXPRESAR EL SALUDO Y RECONOCIMIENTO INSTITUCIONAL DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, y del señor Alcalde Oscar Benavides Majino, en el 196º Aniversario de la Creación Política del Distrito, por el Centenario de la Fundación del COLEGIO PRIVADO MIXTO NUESTRA SEÑORA DE LA MERCED; asimismo, por su invalorable servicio a favor de la Educación en el país y del Distrito de Ate; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR; a la Secretaria General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3º.- DISPONER; por Secretaría General se ponga en conocimiento el presente Decreto a la ilustre Institución Educativa materia de este reconocimiento institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1563422-1 DECRETO DE ALCALDIA Nº 026-2017/MDA Ate, 3 de agosto de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 5 de julio 1941 Perú acusó a Ecuador de invadir la provincia de Zarumilla y decidió atacar territorio Ecuatoriano, para Ecuador la acusación fue sólo una excusa para obligarles a firmar un Tratado de Límites. En cualquier caso, los enfrentamientos fronterizos habían sido constantes en los últimos seis años. El 31 de julio de 1941, Perú toma Puerto Bolívar con tropas aerotransportadas, primera invasión de este tipo que se producía en el hemisferio sur. En ese momento Europa se encontraba inmersa en una gran guerra y faltaban unos meses para que Japón atacase Pearl Harbor y el conflicto se hiciera mundial. Tras la ofensiva peruana, el Perú tomó posesión de la provincia ecuatoriana de El Oro y parte de la provincia de Loja, por lo que el gobierno ecuatoriano se vio forzado a suscribir un Tratado de Límites definitivo, teniendo como garantes a Estados Unidos, Brasil, Argentina y Chile. Tras breve enfrentamiento armado, Perú y Ecuador firman el 29 de enero de 1942, el "Protocolo de Paz, Amistad y Límites de Río de Janeiro", que fue ratificado por ambos países. Ese Tratado finalmente definió la frontera entre ambos países estableciendo una línea divisoria donde los ríos se vuelven navegables. Finalmente Perú y Ecuador tenían un Tratado de límites, pero había un error geográfico en un sector de la Cordillera del Cóndor. Debido a este error, en 1948 Ecuador objetó el Protocolo en su totalidad, se afirmó que era inejecutable, "nulo, de nulidad absoluta" y demandó que el Perú le otorgase una "salida soberana al río Amazonas"; tras varios enfrentamientos posteriores y negociaciones, el 13 de mayo de 1999 se puso el último hito en la frontera peruano-ecuatoriana sellando definitivamente una frontera que por más de 150 años mantuvo enfrentados a dos pueblos hermanos;

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