Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2017 (15/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 15 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Este objetivo plantea que, en el marco del Estado democrático y social de derecho13 que nos rige (artículos 3 y 43 de la Constitución Política del Perú); y, a partir de la participación activa y coordinada de todos los actores competentes, el Perú logre consolidar un sistema nacional de lucha contra el LA/FT adecuado. 5.2. PRINCIPIOS PRINCIPIO 1: LEGALIDAD Y DEBIDO PROCESO La actuación de todos los ciudadanos en la lucha contra el LA/FT debe desarrollarse con respeto y observancia de la Constitución Política del Perú, las leyes, los tratados internacionales ratificados por el Perú, las normas sectoriales y la jurisprudencia nacional e internacional vinculante. PRINCIPIO 2. EFICIENCIA Las entidades públicas y privadas involucradas en la lucha contra el LA/FT deben optimizar los recursos disponibles, procurando innovación y mejoramiento continuo. PRINCIPIO 3: EFICACIA La actuación de las entidades públicas y privadas competentes en la lucha contra el LA/FT, debe orientarse al cumplimiento de metas y la obtención de resultados. PRINCIPIO 4: COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL La adopción de mecanismos que fomenten la ayuda mutua a nivel técnico y operativo entre las entidades públicas y privadas para fortalecer la lucha contra el LA/ FT. PRINCIPIO 5: COOPERACIÓN INTERNACIONAL Las entidades públicas encargadas de la prevención, detección, investigación y sanción del LA/FT deben utilizar y/o implementar mecanismos de colaboración mutua con sus entidades homologas y/o análogas en el extranjero; y, utilizar la cooperación judicial internacional, cuando corresponda. PRINCIPIO 6: TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS Las normas, políticas, planes, procesos, acciones, así como los avances y resultados alcanzados en el ámbito de la lucha contra el LA/FT, deben ser comunicados de manera estratégica y oportuna, salvaguardando las reservas de ley, cuando corresponda. PRINCIPIO 7: PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y EL SECTOR PRIVADO La sociedad civil y el sector privado deben contar con espacios que garanticen y promuevan su participación en la lucha contra el LA/FT. 5.3. EJES DE LA POLÍTICA
PREVENCIÓN DETECCIÓN

EJE ESTRÁTEGICO Nº 3: INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN Comprende la investigación y sanción penal de los delitos de LA/FT, cuya responsabilidad recae en las entidades que integran el sistema de administración justicia, y que cuenta con la colaboración de otras entidades públicas. EJE TRANVERSAL Nº 4: ARTICULACIÓN Impacta en todo el sistema nacional de lucha contra el LA/FT y busca generar sinergias entre las entidades públicas que forman parte de la prevención, detección, investigación y sanción del LA/FT, la sociedad civil y el sector privado que juegan un rol en dicho ámbito. 5.4 OBJETIVOS ESPECIFICOS, METAS, RESPONSABLES, LINEAMIENTOS Y ESTÁNDARES NACIONALES DE OBLIGATORIO CUMPLIMIENTO POR EJE La Política Nacional contiene cuatro (4) Objetivos Específicos- OE, una meta por cada OE, los responsables por cada OE, dieciséis (16) lineamientos y dieciocho (18) estándares nacionales de obligatorio cumplimiento (en adelante estándares), conforme al siguiente detalle:
Eje Prevención Detección Investigación sanción Articulación y Objetivo (OE) Especifico Lineamientos 1 OE 1 OE 1 OE 1 OE 4 3 4 5 Estándares 4 4 5 5

EJE ESTRATEGICO Nº 1: PREVENCIÓN OBJETIVO ESPECIFICO Nº 1: "Identificar y controlar adecuadamente las actividades que posibilitan el LA/FT." META El Perú cuenta con un sistema de prevención del LA/ FT (regulación, supervisión y sanción) eficaz, diseñado sobre la base de un enfoque basado en riesgos. RESPONSABLES 1. Sujetos obligados en materia de prevención LA/FT, detallados en el artículo 3 de la Ley Nº 29038. 2. Organismos supervisores en materia de prevención LA/FT, descritos en el artículo 9-A de la Ley Nº 27693. 3. Organismos reguladores en materia de prevención LA/FT: SBS y SMV. LINEAMIENTOS 1. Realizar evaluaciones sectoriales en las actividades financieras o no financieras identificadas como pasibles de riesgos LA/FT. 2. Adoptar y/o proponer mejoras normativas que permitan la adecuada regulación de las actividades pasibles de riesgos LA/FT; así como la identificación del beneficiario final.

INVESTIGACIÓN Y SANCIÓN

ARTICULACIÓN

EJE ESTRATÉGICO Nº 1: PREVENCIÓN Comprende la identificación de los riesgos LA/FT, el funcionamiento del sistema de prevención LA/FT (regulación, supervisión y sanción) y la comunicación adecuada de operaciones sospechosas a la UIF-Perú. EJE ESTRATÉGICO Nº 2: DETECCIÓN Agrupa el análisis e investigación administrativa que se realiza para detectar o descartar un caso vinculado al LA/FT, el control administrativo que se debe ejercer para detectar dichos casos y su posterior comunicación a las autoridades competentes.

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El Estado de derecho es definido como el conjunto de estructuras, prácticas y sistemas jurídicos y políticos que condicionan las acciones de un gobierno a fin de proteger los derechos y libertades de los ciudadanos, mantener el orden público y fomentar el funcionamiento efectivo del país. Fuente: Transparencia Internacional. (2009). Guía de lenguaje claro sobre lucha contra la corrupción. Berlín: Secretaría Internacional-Transparencia. Pág. 41. Disponible en: http://transparencia.org.es/wp-content/uploads/2014/10/ Gu%C3%ADa-de-lenguaje-claro-sobre-lucha-contra-la-corrupci%C3%B3n. pdf

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