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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2017 (17/09/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Domingo 17 de setiembre de 2017 El Peruano / Paulo, República Federativa del Brasil, del 13 al 16 de setiembre de 2017. El referido viaje tiene como fi nalidad que los fi scales antes mencionados realicen diligencias de carácter reservada. En atención a lo expuesto y a efectos de garantizar un resultado óptimo de las diligencias que se desarrollarán, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el desplazamiento de los citados fi scales a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil. El cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución de Gerencia General N° 187-2017-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 04-2017-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” en el Ministerio Público; Decreto Supremo N° 007-2017-EF que autoriza la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio Público; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores Sergio Jiménez Niño, Fiscal Provincial, y Diana Liz Canchihuamán Castañeda, Fiscal Adjunta Provincial, ambos del Sexto Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Equipo Especial, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 13 al 16 de setiembre de 2017, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje y asignación de viáticos, conforme al detalle siguiente: Nombres y apellidosPasaje aéreoViáticos por 4 díasSeguro de viaje Sergio Jiménez Niño US$ 870,00 US$ 960,00 US$ 33,00 Diana Liz Canchihuamán CastañedaUS$ 870,00 US$ 960,00 US$ 33,00 Artículo Tercero.- Encargar el Sexto Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Equipo Especial, al señor Hamilton Castro Trigoso, Fiscal Provincial, durante la ausencia del fi scal titular. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los fi scales comisionados en el artículo primero, presenten al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe de las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios - Equipo Especial, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a los fi scales interesados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1566355-1TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Establecen nueva conformación de las Salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 210-2017-P/TC Lima, 5 de setiembre de 2017 VISTO El acuerdo de Pleno de fecha 5 de setiembre de 2017; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, éste se encuentra constituido por dos Salas de tres integrantes cada una; Que, el artículo 12 del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, establece que Las Presidencias y conformación de las Salas son acordadas por el Pleno al inicio de cada año, a propuesta del Presidente del Tribunal ; Que, no obstante, consta de la Resolución Legislativa del Congreso N.° 002-2017-2018-CR, que en sesión de fecha 25 de agosto de 2017, se eligió como magistrado del Tribunal Constitucional al señor Augusto Ferrero Costa, quien se ha incorporado a este Órgano Constitucional el 4 de setiembre de 2017 en sustitución del magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani; Que, en consecuencia, corresponde formalizar la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda; En uso de las facultades conferidas a esta Presidencia por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y su Reglamento Normativo. SE RESUELVEArtículo Primero.- ESTABLECER la nueva conformación de las Salas Primera y Segunda del Tribunal Constitucional, las mismas que quedan integradas de la siguiente manera: SALA PRIMERA Magistrado Carlos Augusto Ramos Núñez, quien lapresidiráMagistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña BarreraMagistrado Augusto Ferrero Costa SALA SEGUNDA Magistrada Marianella Leonor Ledesma Narváez, quien la presidirá Magistrado Ernesto Jorge Blume FortiniMagistrado José Luis Sardón de Taboada Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolución a la Vicepresidencia del Tribunal Constitucional, a los señores Magistrados, a la Secretaría General, la Secretaría Relatoría, la Jefa del Gabinete de Asesoras/es, y a las O fi cinas de Gestión y Desarrollo Humano, Planeamiento y Desarrollo y el Órgano de Control Institucional, para los efectos pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1565864-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Autorizan viaje de Vicegobernadora Regional a Indonesia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 097-2017-CR-GRH. Huánuco, 5 de setiembre de 2017