Norma Legal Oficial del día 17 de septiembre del año 2017 (17/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Domingo 17 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Pasajes TOTAL

US$ 1827,37 US$ 1827,37

Artículo 3.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1566050-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingeniería a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1358 Lima, 12 de septiembre de 2017 Visto el Oficio Nº 878-VRI/2017 de fecha 06 de setiembre de 2017, del Despacho del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria Nº 30220 en su artículo 5º, establece los principios que rigen las universidades, entre ellos, el principio de la Internacionalización; asimismo, en el artículo 51º señala: "Las Universidades coordinan permanentemente con los sectores público y privado, para la atención de la investigación que contribuya a resolver los problemas del país. Establecen alianzas estratégicas para una mejor investigación básica y aplicada..."; Que, el Jefe de la Oficina Central de Cooperación Internacional y Convenios mediante el Oficio Nº 225-2017-OCCIC-UNI informa al Despacho del Rectorado que viajará del 19 al 27 de setiembre del 2017 a México D.F., al haber sido invitado a participar en la feria de internacionalización denominada "Forum and Expo of International Collaboration September 20-22, 2017" organizado por la Universidad de Guanajuato de México, donde participará como expositor en las distintas actividades descritas en el programa; asimismo, del 25 al 26 de setiembre, participará en las reuniones que se llevarán a cabo en la Dirección General de Cooperación e Internacionalización de la Universidad Nacional Autónoma de México, y en la Coordinación de Cooperación Académica del IPN en México DF, respectivamente; Que, el Vicerrectorado de Investigación mediante el documento del visto, en atención a lo solicitado por la Oficina Central de Cooperación Internacional y Convenios, solicita se le otorgue al M.Sc. Oscar Felipe Silva Campos el monto de S/. 3 860.50 (tres mil ochocientos sesenta con 50/100 soles) para cubrir el costo del viáticos y pasaje de ida-vuelta a la ciudad de Guanajuato - México D.F. por su viaje en representación de la Universidad Nacional de ingeniería al "Forum and Expo of International Collaboration September 20-22, 2017", y su participación en las reuniones en la Dirección General de Cooperación e Internacionalización de la Universidad Nacional Autónoma de México, y la Coordinación de Cooperación Académica del IPN; Estando al Proveído Nº 3509-2017/Rect. del Despacho del Rectorado, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, y el artículo 25º inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el Viaje en Misión Oficial del M.Sc. Oscar Felipe Silva Campos Jefe de la Oficina Central de Cooperación Internacional y Convenios, a la ciudad de Guanajuato- México, del 19 al 27 de setiembre de 2017, para que participe en el "Forum and Expo of

International Collaboration September 20-22, 2017", y en las reuniones con la Dirección General de Cooperación e Internacionalización de la Universidad Nacional Autónoma de México, y la Coordinación de Cooperación Académica del IPN. Artículo 2º.- Otorgar al M.Sc. Oscar Felipe Silva Campos, el monto de S/. 3 860.50 (tres mil ochocientos sesenta con 50/100 soles), para sufragar los viáticos y pasaje ida-vuelta a México por su participación en el evento antes mencionado, el mismos que serán financiado a través de los recursos directamente recaudados del Vicerrectorado de Investigación. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, se presentará, la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el diario oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados del Vicerrectorado de Investigación. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELÍAS ALVA HURTADO Rector 1565712-1

Autorizan viajes del Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos a Argentina y El Salvador, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05521-R-17 Lima, 13 de septiembre del 2017 Visto el expediente, con registro de Mesa de Partes General Nº 07640-SG-17 del Despacho Rectoral, sobre viaje al exterior del país en comisión de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que con Resolución Rectoral Nº 05046-R-17 de fecha 24 de agosto del 2017, se aceptó la invitación efectuada a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos por la Universidad Nacional de Misiones, Argentina, para participar en el "X Simposio Internacional de Ingeniería Industrial: actualidad y nuevas tendencias", a realizarse los días 25 al 29 de setiembre del 2017; Que mediante Proveídos N.ºs 725 y 742-R-2017, el Dr. ORESTES CACHAY BOZA, Rector de nuestra Casa Superior de Estudios, solicita se autorice su viaje en Comisión de Servicios del 26 al 30 de setiembre del 2017, para asistir a la invitación antes señalada; Que asimismo, se le otorga el monto de S/ 4,480.00 soles por concepto de pasajes aéreos y el monto en soles equivalente a US$ 1,850.00 dólares americanos, por concepto de viáticos, que se ejecutará con cargo al presupuesto 2017 del Rectorado; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades universitarias, es necesario encargar el Despacho Rectoral a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, docente permanente y Vicerrectora Académica de Pregrado, por el período que dure la ausencia del titular; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM -Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: "El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor"; y,

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