Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2017 (30/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de setiembre de 2017 /

El Peruano

foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Mayko Ramiro Camargo Cárdenas, Intendente de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria B de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas de la SBS, del 01 al 06 de octubre de 2017, a la ciudad de Toronto, Canadá, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2017, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 1 201,85 1 760,00

setiembre de 2017, poniendo a consideración del Concejo Metropolitano la aprobación del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas de la Municipalidad Metropolitana de Lima para el año 2017, propuesto por la Gerencia de Planificación, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, regulada por el Decreto Legislativo N° 1224, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N° 254-2017-EF, en adelante el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1224, tiene por objeto establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos; Que, en el artículo 14° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF, modificado por Decreto Supremo N° 068-2017-EF, en adelante el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, dispone que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas es el instrumento de gestión elaborado, entre otros, por cada Gobierno Local que tiene como finalidad identificar los potenciales proyectos de Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos a fin de ser incorporados al proceso de promoción de la inversión privada en los siguientes tres (03) años a su emisión; siendo la propuesta del referido informe realizada por el órgano encargado de planeamiento del Gobierno Local, considerando su Programación Multianual de Inversiones en el marco de las normas que regulan el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y los lineamientos para el desarrollo del Informe Multianual de Inversiones en APP que emite el Ministerio de Economía y Finanzas, y responsabilidad del Comité de Promoción de la Inversión Privada la elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas, para lo cual da conformidad a la propuesta presentada por el órgano encargado de planeamiento; Que, el artículo 15° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1224, dispone que de manera previa a la aprobación del referido Informe, el Gobierno Local solicita opinión de PROINVERSION sobre la modalidad de Asociación Público Privada o Proyecto en Activos propuesta; y que tratándose del informe a cargo de los Gobiernos Locales, la opinión que emita Proinversión sobre los proyectos para los que se proponga la modalidad de Asociaciones Público Privadas o Proyectos en Activos tiene carácter de no vinculante; Que, en el numeral 14.3 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, se dispone que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas y sus modificaciones, es aprobado mediante Acuerdo de Concejo Municipal, describiéndose además los aspectos mínimos que debe contener dicho informe; Que, asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 243-2017-EF, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, se ha dispuesto que el Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas correspondiente al año fiscal 2017 debe aprobarse a más tardar el 30 de setiembre de dicho año; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0012017-EF/68.01 se aprueban los Lineamientos para la Elaboración del Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas para el año 2017; Que, en el literal a) del artículo 4° de la Ordenanza N° 2046 ­ "Disposiciones para la aplicación del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público privadas y proyectos en activos en Lima Metropolitana", se señala que es competencia del Concejo Metropolitano aprobar mediante Acuerdo de Concejo el Informe Multianual de Inversión en Asociaciones Público Privadas; Que, asimismo, en el literal a) del artículo 5° de la Ordenanza N° 2046, dispone que el Organismo Promotor

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1570739-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Informe Multianual de Inversiones en Asociaciones Público Privadas de la Municipalidad para el año 2017
ACUERDO DE CONCEJO N°345 Lima, 28 de Setiembre de 2017 Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 28 de setiembre de 2017, el Memorando N° 1172-2017-MMLGMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, del 25 de

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