Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2018 (04/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 4 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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coordinación con el Consejero Económico Comercial de la OCEX Londres; Que, es importante la participación en esta feria, por constituir uno de los eventos de aviturismo más importante del mundo, lo que la convierte en la herramienta más efectiva para promocionar nuestra oferta turística de este sector hacia el público final; además, el segmento de observación de aves es una de las modalidades del ecoturismo con mayor crecimiento a nivel mundial, teniendo en cuenta que el Perú es uno de los países con mayor diversidad de especies y dispone de rutas de observación de aves atractivas para turistas especializados, recurso que puede convertirse en un destino turístico ideal; Que, en tal razón, la Gerencia General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señora Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, Especialista en Turismo del Departamento de Mercado Anglosajón, de la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en la feria antes mencionada; Que, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, a la ciudad de Rutland, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 14 al 21 de agosto de 2018, para que en representación de PROMPERÚ, participe en Feria Internacional de Turismo "Birdfair 2018" y en las diversas actividades que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo Pasajes aéreos Viáticos día Nro. Total Viáticos Clase Económica Continente US$ días US$ US$ 1 955,51 Europa 540,00 6 3 240,00

CULTURA
Incorporan al Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social - LUM, al Sistema Nacional de Museos del Estado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 304-2018-MC Lima, 3 de agosto de 2018 VISTOS; el Informe N° 900065-2018/LUM/SG/MC del encargado del Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social; el Informe N° 900083-2018/DGM/ VMPCIC/MC de la Dirección General de Museos; y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral Nacional N° 415 de fecha 13 de noviembre de 1995, el Instituto Nacional de Cultura, hoy Ministerio de Cultura, aprobó el Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado, el cual tiene por finalidad normar el procedimiento para la creación, registro y/o incorporación de museos al Sistema Nacional de Museos del Estado; Que, el artículo 4 del precitado Reglamento clasifica a los Museos, por la naturaleza predominante de sus exposiciones y colecciones, en Museos de arte, de arqueología y de historia, de historia y ciencias naturales, de ciencia y tecnología, de etnografía y de antropología, especializados, regionales, generales, otros que no pueden clasificarse en alguna de las anteriores categorías, monumentos y sitios, jardines zoológicos y botánicos, acuarios y reservas naturales; Que, a través de la Resolución Directoral Nacional N° 683/INC de fecha 19 de julio de 2002, y de la Resolución Ministerial N° 301-2018-MC de fecha 1 de agosto de 2018, se modifica el artículo 4 del Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado, incorporando en dicha clasificación a las Salas de Exhibición, las Galerías, y a los Lugares de la Memoria; estos últimos definidos como espacios orientados a construir una sociedad basada en una cultura de paz y solidaridad, con la misión de salvaguardar archivos y colecciones reconocidas por la Unesco como Memoria del Mundo o Patrimonio Universal; Que, a través del Informe N° 900065-2018/LUM/ SG/MC de fecha 1 de agosto de 2018, el encargado del Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social ­ LUM solicita la incorporación del mismo como parte del Sistema Nacional de Museos bajo la categoría de Lugares de la Memoria, al constituir éste un espacio de memoria nacional que tiene por objeto presentar la historia de los hechos de violencia sucedidos en el Perú entre 1980 y 2000 con el propósito de reconocer y dignificar a las víctimas; donde la construcción de memoria es entendida como un ejercicio constante de crítica y aprendizaje en función de fortalecer los valores democráticos, reconocer la dignidad del prójimo y destacar la importancia del respeto a los derechos humanos, pilares sin los cuales no podríamos construir una cultura de paz; el cual además tiene entre sus colecciones al archivo documental de la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), que ha sido incorporado al Registro Regional del Comité Memoria del Mundo para América Latina de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO; Que, al respecto, el literal b) del artículo 2 del Decreto Ley N° 25790, que crea el Sistema Nacional de Museos del Estado, señala que dicho Sistema está integrado por los museos regionales, municipales, comunitarios u otros dependientes del Estado. En este caso la dependencia será técnica y normativa sin afectar su autonomía económica; asimismo, el inciso n) del artículo 4 del Reglamento para la Creación, Registro e Incorporación de Museos al Sistema Nacional de Museos del Estado, aprobado por Resolución Directoral Nacional N° 415 y

Artículo 3.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Cynthia Katherine Melgarejo Yactayo, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1676507-1

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