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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (01/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 1 de diciembre de 2018 El Peruano / - De la Secretaría General y de los equipos de apoyo de la comisión organizadora; - De la Dirección General de Administración y las dependencias encargadas de la plani fi cación y el presupuesto, así como de la asesoría jurídica; c. Disposiciones relativas al régimen de admisión para los programas académicos y/o profesionales no universitarios o equivalentes a los universitarios. d. Disposiciones relativas a la organización y régimen académico, las cuales pueden comprender enunciados sobre la siguiente temática: - De la organización de departamentos académicos; - De los programas de estudios y los grados académicos y/o profesionales; - Del régimen de estudios, plan de estudios y diseño curricular; - De los periodos académicos y el sistema de créditos;- De los diplomas de grados académicos, títulos profesionales y otro tipo de certi fi cación; e. Disposiciones relativas al régimen docente, las cuales pueden comprender enunciados sobre la siguiente temática: - De los docentes; - De la incorporación progresiva de docentes al régimen de la carrera docente universitaria; - De la admisión, ejercicio, promoción, rati fi cación, cese o separación de los docentes ordinarios; - Del régimen de dedicación docente;- De los docentes contratados;- De los deberes y derechos;- De las incompatibilidades, impedimentos y sanciones derivados del ejercicio de la docencia; - De las remuneraciones y otros estímulos; f. Disposiciones relativas a la investigación universitaria y al régimen del docente investigador; g. Disposiciones relativas al régimen estudiantil, las cuales pueden comprender enunciados sobre la siguiente temática: - De los estudiantes; - De los derechos y obligaciones de los estudiantes;- Incompatibilidades y sanciones; h. Disposiciones relativas al personal administrativo;i. Disposiciones relativas a la responsabilidad social universitaria; j. Disposiciones relativas al bienestar universitario, proyección social universitaria, servicio social universitario y extensión cultural universitaria; k. Disposiciones relativas a Programas Deportivos de Alta Competencia; l. Disposiciones relativas a educación continua;m. Disposiciones relativas a la Defensoría Universitaria;n. Disposiciones relativas al régimen económico y administrativo; o. Disposiciones complementarias fi nales, transitorias y derogatorias. V. Pautas complementarias- La Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU o, en su defecto, la normativa que sea emitida por el Ministerio de Educación, así como el dispositivo normativo que desarrolle las atribuciones previstas en la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2018, son de aplicación supletoria para todos los aspectos no previstos en la presente guía. 1718897-1PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Amplían permanencia de diversos órganos jurisdiccionales permanentes de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Norte, Lambayeque y Puno, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 290-2018-CE-PJ Lima, 21 de noviembre de 2018VISTO: El O fi cio N° 891-2018-OPJ-CNPJ-CE-PJ que adjunta el Informe N° 087-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursado por el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 146-2018-P-CE-PJ de fecha 26 de setiembre de 2018, se dispuso ampliar a partir del 1 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2018, la permanencia de los siguientes órganos jurisdiccionales permanentes: 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, cuya sede de origen es el Distrito de San José de Lourdes, Provincia de San Ignacio; 3° Juzgado Civil del Distrito de Independencia, y 11° Juzgado Penal Liquidador del mismo distrito, cuya sede de origen es el Distrito de Carabayllo, Corte Superior de Justicia de Lima Norte; así como del 3° Juzgado Civil del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno, cuya sede de origen es el Distrito de Ayaviri, Provincia de Melgar. Segundo. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque solicitó la prórroga de funcionamiento del 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Jaén, en razón que el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrado del referido distrito y provincia presentan elevado ingreso de expedientes. Tercero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte solicitó la permanencia inde fi nida del 3° Juzgado Civil del Distrito de Independencia, que proviene de la reubicación temporal del 3° Juzgado Civil del Distrito de San Martín de Porres, pero su sede de origen es el Distrito de Independencia, en razón de la sobrecarga procesal que presentan los juzgados civiles del referido distrito; asimismo solicitó el retorno del 11° Juzgado Penal Liquidador del Distrito de Independencia como 2° Juzgado Penal Liquidador del Distrito de Carabayllo, a fi n de cumplir con la liquidación de procesos en este último distrito. Cuarto. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno solicitó la prórroga de funcionamiento del 3° Juzgado Civil del Distrito de Juliaca, Provincia de San Román, a fi n que tramite la carga procesal pendiente. Quinto. Que, el Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe N° 087-2018-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) El 3° Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Jaén, Corte Superior de Justicia de Lambayeque, al mes de setiembre de 2018 resolvió 427 expedientes de una carga procesal de 1,233 expedientes, presentando un avance respecto a la meta de 36%, lo cual fue menor a lo logrado por el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados del referido distrito y provincia, los cuales obtuvieron respectivamente avances del 63% y 64%; sin embargo sus avances fueron menores al ideal del 73%,