Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2018 (02/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Domingo 2 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores motorizados o no motorizados en Lima Metropolitana y establece disposiciones especiales para el Servicio de Transporte en Vehículos Menores en el Cercado de Lima", señala entre otras, como competencias de las Municipalidades Distritales: Autorizar la prestación del servicio especial, en determinadas zonas y paraderos, teniendo en cuenta las características y condiciones viales del distrito, rutas de transporte urbano masivo autorizadas por la Municipalidad Provincial, el orden y tranquilidad del vecindario y las necesidades del servicio requerido por los vecinos de la zona correspondiente del distrito, donde no exista o sea deficiente el servicio de transporte urbano masivo; asimismo, en su artículo 12º dispone en relación a los paraderos, que las Municipalidades distritales tienen competencia para aprobar, autorizar, acondicionar y gestionar paraderos en las zonas en las cuales se prestará el servicio especial, considerando la demanda del servicio, las características de la zona y la seguridad del pasajero; Que, mediante Ordenanza Nº 282-2013-MDA, se Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ancón, el mismo que dispone en el numeral 1) del artículo 5º como una de las competencias de ésta Corporación Municipal: Aprobar y autorizar el permiso de operación a la persona jurídica dedicada al servicio especial. Asimismo, dicha norma, establece en su Primera Disposición Final y Transitoria, la suspensión del otorgamiento de permisos de operación hasta la implementación del Estudio Técnico o Plan Regulador; Que, el Presidente de la Comisión de Desarrollo Local y Transporte, Regidor Emilio Millio Taco, con fecha 11 de julio de 2018 hace referencia en el Acta Nº 01CDLYT/ MDA ­ Expediente 05502-2018, que la Encargada de Transporte va a elaborar un proyecto de ordenanza que atienda la problemática de las autorizaciones de permiso de operación; Que, con Informe Nº 030-2018-IRG-GDUYT/MDA, la Encargada de Transporte y Tránsito, informa que existen personas jurídicas que prestan el servicio de transporte público en vehículos menores de manera irregular, por lo que, propone la modificación de la Ordenanza Nº 282-2013-MDA, referido a la Primera Disposición Final y Transitoria, que suspende el otorgamiento de permisos de operación, adjuntando un proyecto de ordenanza al respecto; Que, mediante Informe Técnico Nº 186-2018/AGA, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte señala que es necesario formalizar a las empresas de transporte que vienen trabajando a la fecha, y no cuentan con autorización, el que no ha sido posible otorgar a razón de no contar con el Estudio o Plan Regulador, y se adecue los permisos otorgados con posterioridad a la Ordenanza Nº 282-2013/MDA, a través de un dispositivo legal que regule de manera excepcional el permiso de operación, a fin de regularizar su estado y situación, en tanto se apruebe el Plan Regulador, y en aras de mantener la flota vehicular actual del distrito sin perjuicio para las partes, y no interrumpir el servicio de pasajeros, es necesario aprobar una ordenanza que de manera excepcional autorice y otorgue el permiso de operación según lo indicado, a fin de formalizar la situación de estos en este periodo de gobierno. En tal sentido, opina que es procedente realizar un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, contenido en el proyecto de Ordenanza que dispone de manera excepcional la regularización, registro y formalización de las personas jurídicas que vienen prestando el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Ancón; obra al respecto el Informe Nº 509-2018 /MDA /GDUYT de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte que ratifica el contenido del informe técnico, y opina por la factibilidad de aprobar el proyecto de Ordenanza elaborada por su área; Estando las opiniones de las áreas técnicas, y la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica contenido en el Informe Nº 453-2018/GAJ/MDA con el visto

de la Gerencia Municipal contenido en el Memorándum Nº 886-2018-GM/MDA, y de conformidad con los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 29792, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE DE MANERA EXCEPCIONAL LA REGULARIZACIÓN, REGISTRO Y FORMALIZACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS QUE VIENEN PRESTANDO EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJERO Y CARGA, EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- DISPONER por única vez la regularización, registro y formalización para aquellas personas jurídicas que vienen prestando el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados, con una antigüedad de un (01) año, que cuenten con flota vehicular provenientes del distrito de Ancón y que a su vez cuenten con la inscripción de personería jurídica en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP , hasta el 31 de diciembre del 2017. Artículo Segundo.- SUSPENDER, la aplicación y los alcances del Artículo Primero de las Disposiciones Finales y Transitorias de la Ordenanza Nº 282-2013MDA de fecha 26 de diciembre del 2013, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de marzo del 2014, en tanto dure la vigencia de presente ordenanza. Artículo Tercero.- El plazo para la Regularización, Registro y Formalización de las Personas Jurídicas al que se refiere el artículo precedente de la presente Ordenanza vence a los quince (15) días calendarios de la fecha de su entrada en vigencia. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, y a las unidades orgánicas conforme a sus competencias. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1718493-1

Aprueban implementación del "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos 2018 en el distrito de Ancón"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2018/MDA Ancón, 15 de octubre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe Nº 1148-2018-SGGA/GSSyC/MDA de la Subgerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 410-2018-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 805-2018-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho

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