Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (02/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Domingo 2 de diciembre de 2018 El Peruano / Publico Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores motorizados o no motorizados en Lima Metropolitana y establece disposiciones especiales para el Servicio de Transporte en Vehículos Menores en el Cercado de Lima”, señala entre otras, como competencias de las Municipalidades Distritales: Autorizar la prestación del servicio especial, en determinadas zonas y paraderos, teniendo en cuenta las características y condiciones viales del distrito, rutas de transporte urbano masivo autorizadas por la Municipalidad Provincial, el orden y tranquilidad del vecindario y las necesidades del servicio requerido por los vecinos de la zona correspondiente del distrito, donde no exista o sea de fi ciente el servicio de transporte urbano masivo; asimismo, en su artículo 12º dispone en relación a los paraderos, que las Municipalidades distritales tienen competencia para aprobar, autorizar, acondicionar y gestionar paraderos en las zonas en las cuales se prestará el servicio especial, considerando la demanda del servicio, las características de la zona y la seguridad del pasajero; Que, mediante Ordenanza Nº 282-2013-MDA, se Regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga de Vehículos Menores Motorizados o No Motorizados en el Distrito de Ancón, el mismo que dispone en el numeral 1) del artículo 5º como una de las competencias de ésta Corporación Municipal: Aprobar y autorizar el permiso de operación a la persona jurídica dedicada al servicio especial. Asimismo, dicha norma, establece en su Primera Disposición Final y Transitoria, la suspensión del otorgamiento de permisos de operación hasta la implementación del Estudio Técnico o Plan Regulador; Que, el Presidente de la Comisión de Desarrollo Local y Transporte, Regidor Emilio Millio Taco, con fecha 11 de julio de 2018 hace referencia en el Acta Nº 01CDLYT/MDA – Expediente 05502-2018, que la Encargada de Transporte va a elaborar un proyecto de ordenanza que atienda la problemática de las autorizaciones de permiso de operación; Que, con Informe Nº 030-2018-IRG-GDUYT/MDA, la Encargada de Transporte y Tránsito, informa que existen personas jurídicas que prestan el servicio de transporte público en vehículos menores de manera irregular, por lo que, propone la modi fi cación de la Ordenanza Nº 282-2013-MDA, referido a la Primera Disposición Final y Transitoria, que suspende el otorgamiento de permisos de operación, adjuntando un proyecto de ordenanza al respecto; Que, mediante Informe Técnico Nº 186-2018/AGA, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte señala que es necesario formalizar a las empresas de transporte que vienen trabajando a la fecha, y no cuentan con autorización, el que no ha sido posible otorgar a razón de no contar con el Estudio o Plan Regulador, y se adecue los permisos otorgados con posterioridad a la Ordenanza Nº 282-2013/MDA, a través de un dispositivo legal que regule de manera excepcional el permiso de operación, a fi n de regularizar su estado y situación, en tanto se apruebe el Plan Regulador, y en aras de mantener la fl ota vehicular actual del distrito sin perjuicio para las partes, y no interrumpir el servicio de pasajeros, es necesario aprobar una ordenanza que de manera excepcional autorice y otorgue el permiso de operación según lo indicado, a fi n de formalizar la situación de estos en este periodo de gobierno. En tal sentido, opina que es procedente realizar un conjunto de acciones destinadas a brindar un ambiente adecuado al ciudadano, contenido en el proyecto de Ordenanza que dispone de manera excepcional la regularización, registro y formalización de las personas jurídicas que vienen prestando el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga en vehículos menores motorizados y no motorizados en el distrito de Ancón; obra al respecto el Informe Nº 509-2018 /MDA /GDUYT de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte que ratifi ca el contenido del informe técnico, y opina por la factibilidad de aprobar el proyecto de Ordenanza elaborada por su área; Estando las opiniones de las áreas técnicas, y la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica contenido en el Informe Nº 453-2018/GAJ/MDA con el visto de la Gerencia Municipal contenido en el Memorándum Nº 886-2018-GM/MDA, y de conformidad con los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 29792, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE DISPONE DE MANERA EXCEPCIONAL LA REGULARIZACIÓN, REGISTRO Y FORMALIZACIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS QUE VIENEN PRESTANDO EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJERO Y CARGA, EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- DISPONER por única vez la regularización, registro y formalización para aquellas personas jurídicas que vienen prestando el servicio público de transporte especial de pasajeros en vehículos motorizados y no motorizados, con una antigüedad de un (01) año, que cuenten con fl ota vehicular provenientes del distrito de Ancón y que a su vez cuenten con la inscripción de personería jurídica en la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP , hasta el 31 de diciembre del 2017. Artículo Segundo.- SUSPENDER, la aplicación y los alcances del Artículo Primero de las Disposiciones Finales y Transitorias de la Ordenanza Nº 282-2013MDA de fecha 26 de diciembre del 2013, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 9 de marzo del 2014, en tanto dure la vigencia de presente ordenanza. Artículo Tercero.- El plazo para la Regularización, Registro y Formalización de las Personas Jurídicas al que se re fi ere el artículo precedente de la presente Ordenanza vence a los quince (15) días calendarios de la fecha de su entrada en vigencia. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Transporte, y a las unidades orgánicas conforme a sus competencias. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.FELIPE ARAKAKI SHAPIAMA Alcalde 1718493-1 Aprueban implementación del “Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos 2018 en el distrito de Ancón” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2018/MDA Ancón, 15 de octubre de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN VISTO: El Informe Nº 1148-2018-SGGA/GSSyC/MDA de la Subgerencia de Gestión Ambiental, el Informe Nº 410-2018-GAJ/MDA de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum Nº 805-2018-GM/MDA de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo, la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho