Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2018 (02/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Domingo 2 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Los órganos de línea se estructuran de la siguiente forma: En los Gobiernos Regionales y Locales, en Gerencias para los órganos del segundo nivel organizacional; y en Subgerencias o Direcciones, de tener unidades orgánicas del tercer nivel organizacional. - Gerencia de Infraestructura.- responsable de organizar, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con proyectos y obras de infraestructura de desarrollo territorial, así como de elaborar el planeamiento del desarrollo urbano acorde con los lineamientos del Plan de Desarrollo Urbano, así como sus funciones están acorde a lo dispuesto por el numeral 4.5 del artículo 5º, Funciones de los órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones durante la fase de Ejecución de la DIRECTIVA Nº 0032017-EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 005-2017-EF/63.01, y modificatoria - DIRECTIVA PARA LA EJECUCIÓN DE INVERSIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL Y GESTIÓN DE INVERSIONES. Integrada por dos Direcciones: Dirección de Catastro y Ordenamiento Territorial Dirección de Maquinaria y Maestranza - Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Públicos.- responsable de formular y ejecutar las políticas y normas de alcance Distrital en materia de servicios de salud, salubridad, educación, cultura, deporte y programas sociales; actividades de defensa y protección de derechos humanos, bienestar social, lucha contra la violencia familiar y protección de los grupos sociales de mayor riesgo. Asimismo, es responsable de planificar, organizar, dirigir y controlar el cumplimiento de las actividades relacionadas los servicios de seguridad ciudadana (serenazgo), transporte y seguridad vial, dotación de agua potable y saneamiento, embellecimiento y mantenimiento de parques y jardines, gestión de residuos sólidos, segregación en la fuente y la limpieza pública, Camal, Cementerio, Estadio, entre otros servicios locales.- integrado por las siguientes: Dirección de Programas Sociales e Inclusión Social. Dirección de Desarrollo Humano. Dirección de Transporte Limpieza Pública y Ornato. Dirección de Seguridad Ciudadana. Dirección de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. - Gerencia de Desarrollo Económico y Ambiente.Órgano de línea de segundo nivel organizacional, encargado de promover y regular el desarrollo Económico de los sectores productivos y de servicios. Fomenta la competitividad de los emprendedores, micro y pequeña empresa. Ejecuta acciones para mejorar la competitividad de las personas naturales y jurídicas del territorio, promover la inversión privada, el fortalecimiento organizacional con enfoque empresarial, comercio, consumo, empleo, las exportaciones, el turismo, industria y artesanía. También, ejecuta el plan de fiscalización ambiental, tiene las siguientes: Dirección de Promoción Agropecuaria y Acuícola Dirección de Promoción Empresarial y Turismo Dirección de Gestión Evaluación y Fiscalización Ambiental - Gerencia de Comunidades Nativas.- responsable de atender las demandas y aspiraciones de las Comunidades Nativas y velar por su inserción en las actividades económicas y sociales del distrito, como política de inclusión social ÓRGANOS CONSULTIVOS, PARTICIPACIÓN Y COORDINACIÓN. Órganos Consultivos.- Son los encargados de asesorar o emitir opinión sobre asuntos que solicite la Alta

Dirección, conformados por un equipo colegiado experto en la materia. Sus miembros pueden ser designados por la propia Ley que los crea, mediante el mecanismo previsto por esta o por el Titular de la entidad. Ejercen funciones ad honorem y no ejercen una línea de autoridad ni poseen dependencia jerárquica. Se ubican en el primer nivel organizacional y no tienen unidades orgánicas. Incluyen a las Comisiones Consultivas., en la propuesta ROF se tiene los siguientes: · Comisiones de Regidores. · Consejo de Coordinación Local Distrital. · Comité de Lucha Contra la Pobreza y Desnutrición Infantil. · Plataforma Distrital de Defensa Civil. · Comité Distrital de Seguridad Ciudadana. · Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche. · Comité de Conservación del Medio Ambiente. CONCLUSIONES: 1. La modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Kimbiri, se produce por el supuesto de afectación de la estructura orgánica por disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional. Fundamentado en la necesidad de eliminar instancias innecesarias y buscar la agilidad de los procesos y procedimientos administrativos a efectos de alcanzar la eficiencia y eficacia de la gestión edil, además en forma coyuntural la entidad tuvo un crecimiento de transferencia por concepto de canon sobrecanon gasífero llegando a alcanzar el pico más alto en el año 2013 con 160 millones de soles en presupuesto, el mismo que en el 2018 se ha reducido a 45 millones, por tanto obliga a la reducción de los recursos humanos, de otro lado la entidad destina el 100% del FONCOMUN a gasto corriente en tal sentido el comportamiento de los ingresos es conforme al siguiente detalle:
Ejercicio fiscal 2013 2014 2015 2016 2017 2018

FONCOMUN 4,115,434 3,869,682 4,161,524 3,642,460 3,702,875 3,441,986.00

Cuya disminución desde el año 2016 obedece a la creación del Distrito de Villa Kintiarina, por ende el recorte de los recursos de gasto corriente incide en la reducción de personal, en consecuencia resulta necesario modificar la estructura orgánica de la entidad, acorde a la capacidad financiera de la entidad, así como al ordenamiento de funciones de las unidades de la Gerencia de Infraestructura, Oficina de Estudios y proyectos y la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, de acuerdo a la DIRECTIVA Nº 003-2017EF/63.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 0052017-EF/63.01, y su modificatoria. 2. El Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad. Contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia. 3. Las funciones sustantivas asignadas a los órganos de alta dirección, de control y defensa jurídica, de asesoramiento, de apoyo, de línea, y consultivos está de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, así como las normas de los sistemas administrativos previstos en el artículo 46º de la Ley Nº 29158 _Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, no existiendo duplicidad de funciones. 4. Que, de la revisión del texto del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Kimbiri y el Informe Técnico Sustentatoria de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto se puede apreciar que se han desarrollado cumpliendo los lineamientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 0542018-PCM, respetándose la estructura básica establecida en el artículo 28º de la Ley Nº 27972 y además contiene

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