Norma Legal Oficial del día 26 de diciembre del año 2018 (26/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 215-2018-CD/OSIPTEL se aprobaron las "Normas Procedimentales para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope y Tarifas Tope" (en adelante, la Norma Procedimental), en las cuales se establecieron las etapas y reglas que aplica el OSIPTEL para la fijación y revisión de las tarifas tope de servicios públicos de telecomunicaciones, previendo los mecanismos para garantizar la transparencia y predictibilidad en los procesos regulatorios de tarifas; Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final de la citada Norma Procedimental, el ámbito de aplicación de dicha norma comprende a la Revisión del Factor de Productividad que se efectúe en virtud de disposiciones tarifarias previstas en los contratos de concesión, en tanto no se oponga a dichas disposiciones; Que, acorde con lo señalado en los numerales 5.1 y 5.2 de la Norma Procedimental, y en mérito al análisis y sustento desarrollado en el Informe de VISTO, corresponde iniciar el procedimiento de oficio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los precitados contratos de concesión de Telefónica, a fin de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicaría a partir del 01 de septiembre de 2019; Que asimismo, corresponde establecer el plazo dentro del cual Telefónica podrá presentar su propuesta del nuevo valor del Factor de Productividad, incluyendo el estudio y el sustento técnico-económico respectivos; definiendo asimismo el cronograma de actividades a llevarse a cabo en el presente procedimiento regulatorio; Que, la presente resolución de inicio del procedimiento de Revisión del Factor de Productividad se emite en estricto cumplimiento del vigente régimen regulatorio estipulado en los precitados contratos de concesión de Telefónica; Que, en tal sentido, la tramitación del presente Procedimiento se efectúa sin perjuicio de la ejecución de lo dispuesto por la Resolución Nº 254-2018-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de diciembre de 2018, mediante la cual se sometió a consulta pública el Proyecto de Resolución para "Suprimir la Regulación Tarifaria de los Servicios de Categoría I y del Servicio de Llamadas Telefónicas Fijo-Móvil prestados por Telefónica"; siendo así que, de aprobarse dicha desregulación tarifaria respecto de todos los servicios regulados individuales de Categoría I, corresponderá dejar sin efecto el presente Procedimiento de Revisión del Factor de Productividad; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 692; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar inicio al Procedimiento de Oficio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica en el Régimen Tarifario de Fórmula de Tarifas Tope estipulado en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modificados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa Telefónica del Perú S.A.A., a fin de establecer el nuevo valor de dicho Factor que se aplicará a partir del 01 de septiembre de 2019. Las etapas y actividades que forman parte de este procedimiento regulatorio se efectuarán conforme al cronograma contenido en el Anexo de la presente Resolución. Artículo 2.- La estimación del Factor de Productividad aplicable a partir del 01 de septiembre de 2019 se basará en los correspondientes "Principios Metodológicos Generales" que serán aprobados por el OSIPTEL, previa consulta pública. Artículo 3.- Luego de la publicación de la versión final de los correspondientes "Principios Metodológicos Generales", la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. podrá presentar al OSIPTEL su propuesta del nuevo valor del Factor de Productividad, con el correspondiente estudio que incluya el sustento técnico-económico en el que se destaquen los resultados, supuestos, metodología e información utilizada.

Artículo 4°.- La empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. debe cumplir con los requerimientos de información que le formule el OSIPTEL durante la tramitación del presente procedimiento, dentro de los plazos que se establezcan en cada caso, con sujeción a la normativa vigente. Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia General que disponga las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, con su Anexo e Informe Nº 253-GPRC/2018, se notifiquen a Telefónica del Perú S.A.A. y sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http:// www.osiptel.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1724897-1

Aprueban publicación del Proyecto de "Principios Metodológicos Generales para la Estimación del Factor de Productividad"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 272-2018-CD/OSIPTEL Lima, 11 de diciembre de 2018

EXPEDIENTE MATERIA ADMINISTRADO VISTOS:

: Nº 00003-2018-CD-GPRC/TT : Revisión del Factor de Productividad / Proyecto de Principios Metodológicos : Telefónica del Perú S.A.A.

(i) El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto disponer la consulta pública del Proyecto de "Principios Metodológicos Generales para la estimación del Factor de Productividad"; y, (ii) El Informe N° 252-GPRC/2018 que contiene al referido Proyecto y recomienda su publicación para comentarios; con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 271-2018-CD/OSIPTEL, se da inicio al procedimiento de oficio para la Revisión del Factor de Productividad que se aplica dentro del régimen tarifario de Fórmula de Tarifas Tope establecido en los Contratos de Concesión aprobados por Decreto Supremo N° 11-94-TCC y modificados por Decreto Supremo N° 021-98-MTC, de los que es titular la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A.; Que, en el Anexo de dicha resolución, se establece el cronograma para las etapas y actividades que se ejecutarán en este procedimiento regulatorio; Que, el artículo 2 de la citada resolución dispone que la estimación del Factor de Productividad aplicable a partir del 01 de septiembre del 2019 se basará en los correspondientes "Principios Metodológicos Generales" que serán aprobados por el OSIPTEL, previa consulta pública; Que, el Informe Nº 252-GPRC/2018, que forma parte integrante de la presente resolución, contiene el Proyecto de "Principios Metodológicos Generales para la Estimación del Factor de Productividad", que ha sido elaborado en consistencia con los criterios generales señalados en el inciso 9 del artículo 4 de los Lineamientos

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