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34 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano público y la coordinación de la cooperación técnica y asuntos internacionales, de conformidad con la normativida vigente. Asimismo, es responsable del sistema estadístico, de la cartografía y de la infraestructura de datos espaciales del sector. Depende de la Secretaría General. Artículo 24.- Funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto Son funciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto las siguientes: a) Asesorar a la Alta Dirección, unidades de organización, fondos, proyectos especiales y programas del Ministerio; así como a los organismos públicos y entidades adscritas, en las materias de su competencia; b) Conducir y supervisar los procesos de planeamiento estratégico, programación multianual y gestión de inversiones, presupuesto público y modernización de la gestión pública del ministerio, de conformidad con las disposiciones que emitan los entes rectores; c) Conducir el proceso de formulación, seguimiento y evaluación de los planes estratégicos sectorial e institucional y del plan operativo institucional del ministerio; así como cada una de las fases del planeamiento estratégico, conforme a la normatividad vigente, en coordinación con las unidades de organización del ministerio y otras entidades del sector; d) Conducir el proceso presupuestario del pliego, así como realizar el control y seguimiento de la información de ejecución de ingresos y gastos; e) Coordinar y asesorar en las operaciones de endeudamiento del sector, en el ámbito de su competencia; f) Conducir, coordinar y evaluar las acciones de cooperación técnica y asuntos internacionales del sector; g) Conducir la formulación e implementación de la gestión por procesos, gestión del conocimiento, simpli fi cación administrativa, calidad regulatoria, evaluación de riesgos de gestión y mejora continua, así como de la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento de las entidades del sector, entre otros afi nes, en el marco de la normatividad vigente; h) Conducir la formulación del Programa Multianual de Inversiones del sector, así como el Informe Multianual de Inversiones en asociaciones público-privadas, en el marco de la normatividad vigente; i) Dirigir, coordinar y supervisar el proceso de recopilación, consolidación, sistematización, integración y actualización de la información estadística y geográ fi ca relacionadas con las materias de competencia del sector; j) Proponer a la Alta Dirección los documentos de gestión del ministerio y emitir opinión técnica sobre los documentos propuestos por los proyectos especiales, programas, fondos u organismos públicos adscritos, en el marco de sus competencias; k) Emitir opinión técnica en las materias de su competencia; y, l) Las demás funciones que le asigne el/la secretario(a) general y aquellas que le sean dadas por normativa expresa. Artículo 25.- O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto La O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto es el órgano de asesoramiento responsable de conducir la articulación técnica y administrativa del sector transportes y comunicaciones en el ámbito de los gobiernos regionales y locales, así como de monitorear y evaluar el impacto de las políticas nacionales y de las intervenciones que realizan las unidades organizacionales, programas, proyectos especiales del ministerio y demás entidades que forman parte del sector. Depende del Despacho Ministerial. Artículo 26.- Funciones de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto Son funciones de la O fi cina General de Articulación, Monitoreo y Evaluación de Impacto las siguientes: a) Coordinar y articular la ejecución de las actividades e intervenciones del ministerio en el marco de las funciones y competencias de los órganos, programas, proyectos especiales y sus organismos públicos adscritos; b) Conducir el fortalecimiento y ejecución de los espacios de articulación, concertación y cooperación entre el ministerio y los demás niveles de gobierno; c) Conducir el seguimiento integral al cumplimiento de las políticas y planes sectoriales, en coordinación con las unidades de organización y organismos públicos adscritos al ministerio; d) Conducir y promover la realización de estudios y mediciones de línea de base, evaluaciones intermedias y de impacto de las intervenciones del Sector; así como aquellos que determinen el impacto de la implementación de políticas e intervenciones del sector; e) Conducir y promover la implementación de un sistema de seguimiento y evaluación de impacto del sector; f) Promover la implementación de las políticas nacionales, normas, planes, estrategias de intervención, programas, entre otras, que permitan la consolidación del rol rector del ministerio y la gestión descentralizada, en coordinación de los órganos de línea competentes; g) Promover y supervisar el desarrollo de las acciones correspondientes al proceso de descentralización del sector transportes y comunicaciones; h) Dirigir y supervisar las actividades de articulación territorial que se desarrollen en el ámbito de los gobiernos regionales o locales; i) Proponer los roles y responsabilidades para cada nivel de gobierno, a través del establecimiento de modelos de provisión de bienes y servicios orientados al ciudadano; j) Proponer o aprobar directivas u otros documentos relacionados con los asuntos de su competencia, así como velar por su cumplimiento; k) Proponer lineamientos, mecanismos y metodologías para la evaluación y monitoreo de impacto de las políticas en el ámbito del sector; l) Emitir reportes sobre los resultados de impacto de la implementación de las políticas, planes sectoriales, programas, proyectos y normas, en los tres niveles de gobierno; m) Conducir el monitoreo de las transferencias en el marco de los convenios respectivos, en coordinación con las entidades del sector; así como ejecutar el monitoreo a nivel sectorial; n) Evaluar los resultados e impactos de la ejecución de las prioridades del gobierno en cada gestión presidencial, en coordinación con el órgano competente de la Presidencia del Consejo de Ministros; o) Conducir la identi fi cación y seguimiento de los principales retos del sector en el marco de las prioridades de gobierno; y, p) Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia; y, q) Las demás funciones que le asigne el(la) ministro(a) y aquellas que le sean dadas por normativa expresa. 06. ADMINISTRACIÓN INTERNA: ÓRGANOS DE APOYO Artículo 27.- Órganos de apoyo Constituyen órganos de apoyo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes: 06.1 O fi cina General de Administración 06.2 O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos 06.3 O fi cina General de Tecnología de la Información Artículo 28.- O fi cina General de Administración La O fi cina General de Administración es el órgano de apoyo responsable de la gestión de los sistemas administrativos de abastecimiento, contabilidad y tesorería; así como de la conducción de las acciones vinculadas a las contrataciones, gestión de cobranzas y supervisión de los procedimientos de ejecución coactiva, control patrimonial y de las acciones correspondientes a la ejecución del presupuesto en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la normatividad vigente. Depende de la Secretaría General.