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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (31/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Lunes 31 de diciembre de 2018 / El Peruano Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa JULIA PECHE CHAMBE INVERSIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - J. P. CH. INVERSIONES E.I.R.L., como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV, para operar con una (01) Línea de Inspección Vehicular de Tipo Mixta, en el local ubicado en la Av. Panamericana Sur N° 2787, distrito, provincia, y departamento de Tacna. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá presentar, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral, el Certi fi cado de Homologación de Equipos, Certi fi cado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos, emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la International Federation of Inspection Agencies-IFIA, con la fi nalidad de obtener la “Conformidad de Inicio de Operaciones” expedida por la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3.- La Empresa autorizada bajo responsabilidad, debe presentar a esta Dirección General la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza18 de setiembre de 2019 Segunda renovación o contratación de nueva póliza18 de setiembre de 2020 Tercera renovación o contratación de nueva póliza18 de setiembre de 2021 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza18 de setiembre de 2022 Quinta renovación o contratación de nueva póliza18 de setiembre de 2023 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), Artículo 45º de el Reglamento, referido a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa JULIA PECHE CHAMBE INVERSIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - J. P. CH. INVERSIONES E.I.R.L., a través de su Centro de Inspección Técnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa JULIA PECHE CHAMBE INVERSIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - J. P. CH. INVERSIONES E.I.R.L., debe presentar a esta Dirección General los siguientes documentos: DOCUMENTOSFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su respectiva Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular – CITV suscrita por el representante legal.Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización.DOCUMENTOSFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria.Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Licencia de Funcionamiento y Certi fi cado de compatibilidad de uso emitido por la Municipalidad correspondiente.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. Relación del equipamiento requerido por el Artículo 34° del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, acompañada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condición de arrendatario fi nanciero sobre los mismos.Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización. En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa JULIA PECHE CHAMBE INVERSIONES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - J. P. CH. INVERSIONES E.I.R.L., los gastos que origine su publicación. Artículo 8.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio ubicado en Conjunto Habitacional Alfonso Ugarte, Primera Etapa, Mz. N4 Lt. 1, distrito de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.SCELZA LAMARCA SÁNCHEZ Directora General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 1723904-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Designan Director de Procesos de Compras RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 204-2018-ACFFAA Lima, 27 de diciembre de 2018CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural N° 13-2018-ACFFAA, se designó a la señora Judit Tamara BALDEÓN SOLIZONQUEHUA DE ROSSELL en el cargo de con fi anza de Directora de Procesos de Compras de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo de con fi anza que venía desempeñando, por lo que corresponde emitir la Resolución de aceptación de la misma, así como la designación del Director de Procesos de Compras de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2014-DE.