Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2018 (11/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 11 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILO: VISTO, el Memorándum Nº 003-2018-GM-MDS de fecha 04 de enero de 2018, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 001-2018-GAJ-MDS de fecha 11 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 001-2018-GPPCI/MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el Informe Nº 001-2018-GR-MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 006-2018-SGAT-GR-MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, el artículo 74º de la Constitución Política otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la Ley. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013EF, la Administración Tributaria cuando esté facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la Ley; Que, con fecha 16 de diciembre 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano tanto la Ordenanza Municipal Nº 396-MDS, que estableció el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2018 como el Acuerdo de Concejo Nº 429 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la misma que ratificó a la Ordenanza antes señalada; Que, estando a la opinión técnica de las distintas áreas orgánica respecto a los documentos de visto y que en este sentido, resulta pertinente y necesario otorgar un beneficio de descuento por el PRONTO PAGO de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo del año 2018, a los contribuyentes puntuales que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LOS DESCUENTOS POR EL PRONTO PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2018 Artículo 1º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018, del 15% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2018, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Casa Habitación en general, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2018 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2018.

Artículo 2º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018, del 12% del insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2018, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje de hasta 100m2 de área construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2018 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2018. Artículo 3º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018, del 8% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2018, para los contribuyentes cuyo predio sea de uso Comercio, Servicio, Industria y Otros con un metraje mayor a 100m2 de área construida, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2018 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2018. Artículo 4º.- APRUÉBESE el descuento por el PRONTO PAGO del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2018, del 7% del Insoluto de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo correspondiente al ejercicio 2018, para los contribuyentes cuyos predios correspondan al uso de Centro Comercial, siempre que cumplan con cancelar el total del Impuesto Predial y los Arbitrios del ejercicio 2018 hasta el vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales 2018. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Estadística e Informática y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como la prórroga de la misma. Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y comuníquese. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 1604877-1

Ordenanza que aprueba las fechas de vencimiento del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2018
ORDENANZA Nº 401-MDS Surquillo, 8 de enero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILO: VISTO, el Memorándum Nº 003-2018-GM-MDS de fecha 04 de enero de 2018, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 001-2018-GAJ-MDS de fecha 11 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 001-2018-GPPCI/MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el Informe Nº 001-2018-GR-MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 006-2018-SGAT-GR-MDS de fecha 03 de enero de 2018, emitido por la Subgerencia de Administración Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su

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