Norma Legal Oficial del día 11 de enero del año 2018 (11/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Jueves 11 de enero de 2018 /

El Peruano

Artículo Primero.- ESTABLECER el Rol de Turno de los Juzgados en materia de Familia, el mismo que se iniciará a las 08:00 horas del día 01 de enero de 2018 hasta el 07 de enero de 2019 a las 07:59 horas, en forma semanal, según el siguiente orden: - Juzgado Civil Permanente del Distrito de Mi Perú. - Juzgado Civil Permanente de los Distritos de Ancón y Santa Rosa. - Juzgado Civil Permanente del Módulo Básico de Justicia del Proyecto Especial Pachacutec. - 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla. - 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla. Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, supervise el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente Resolución Administrativa y actúe según sus facultades otorgadas. Artículo Tercero.- DISPONER que, notificada sea la presente Resolución, la Oficina de Administración Distrital, en coordinación con el Área de Informática, deberá gestionar las medidas pertinentes para la adecuación del sistema de ingresos que se efectúen durante el turno de los Juzgados citados anteriormente. Artículo Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO de la presente Resolución a la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Junta de Fiscales de Ventanilla, Dirección Distrital de la Defensoría de Oficio de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OLGA LIDIA INGA MICHUE Presidenta 1604437-3

Tercero: Por Resolución Administrativa N° 097-2017P-CSJV/PJ, de fecha 01 de marzo de 2017; se dispuso la conformación de la Comisión Especial encargada de la Organización y Supervisión de la Evaluación de Conocimientos de los Peritos Judiciales del Distrito Judicial de Ventanilla; la mencionada comisión, en atención al artículo 21° del Reglamento de Peritos Judiciales antes citado, remite el Informe de vistos, mediante el cual hace de conocimiento que ha llevado a cabo todo el proceso de evaluación de manera satisfactoria, esto en coordinación con los Colegios Profesionales; teniendo como resultado un total de 17 Profesionales y/o especialistas cuya capacidad y experiencia ha sido corroborada en las evaluaciones correspondientes (07 Ingenieros, 02 Arquitectos, 03 Economistas, 2 Grafotécnicos y 03 Contadores Públicos); quienes asimismo han cumplido con el pago por revalidación correspondiente al año 2018. Cuarto: En tal virtud y estando a lo expuesto, resulta pertinente que esta Presidencia expida la Resolución Administrativa respectiva, aprobando la Nómina de profesionales y/o especialistas inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de este Distrito Judicial, y asimismo habiendo cumplido con las obligaciones pecuniarias, resulta pertinente revalidar su inscripción, conforme lo establecido en los artículos 18º y 21° del Reglamento de Peritos Judiciales, para el período 2017. En uso de las facultades conferidas en artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, según se detalla a continuación:

ESPECIALIDAD: ARQUITECTURA N° 1 2 APELLIDOS BAEZA ORTIZ GUTIERREZ HERRERA NOMBRES JORGE LUIS MIGUEL ANGEL

ESPECIALIDAD: INGENIERIA N° 1 2 3 4 5 6 7 APELLIDOS ALEGRE ELERA BENDEZU ROMERO CABRERA LONGA CUENTAS QUENAYA LAURA DIAZ MARTINEZ CHANG UGAZ CASTILLO NOMBRES ARNULFO LENIN MIGUEL LUIS ALFREDO JULIO ANIBAL ALEJANDRO ALBERTO EDMUNDO JULIO CESAR

Aprueban Nómina de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 651-2017-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 29 de diciembre de 2017. VISTOS: La Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ, Resolución Administrativa N° 097-2017-P-CSJV/PJ, e Informe N° 001-2017-COMISIÓN-REPEJ 2018; y, CONSIDERANDO: Primero: El artículo 21º del Reglamento de Peritos Judiciales aprobado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 25 de agosto de 1998, establece que "Anualmente, el profesional o especialista inscrito en el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ), deberá revalidar su inscripción previo pago del derecho correspondiente". Segundo: Que, asimismo en el mismo articulado descrito en el primer considerando -en referencia a los peritos- se dispone que "cada dos años se someterá a una prueba de evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los Colegios Profesionales, bajo su responsabilidad, y podrá ser supervisada por el Poder Judicial, con la finalidad de comprobar su permanente reactualización e idoneidad profesional".

ESPECIALIDAD: ECONOMIA N° 1 2 3 APELLIDOS AGUILAR BRUN CAHUANA ECHEGARAY RASILLA ROVEGNO NOMBRES HELGA SILVIA LAZARO ALBERTO JOSE RICARDO

ESPECIALIDAD: CONTADOR PUBLICO N° 1 2 3 APELLIDOS CAMPOS ATOCHE SALINAS FLORES SALINAS ZAPATA NOMBRES OSCAR JANE AMPARO SARA

ESPECIALIDAD: GRAFOTECNIA N° 1 2 APELLIDOS SAMANIEGO HUINCHO CHINCHAY TICLIA NOMBRES MISAEL JULIO ROSENDO

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