Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2018 (12/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Viernes 12 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
VISTA:

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SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de Howden UK Group Limited del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 5037-2017 Lima, 28 de diciembre de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Sebastián De Rutté Boisset para que se autorice la inscripción de la empresa HOWDEN UK GROUP LIMITED del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros aprobado por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Reaseguros en el citado Registro; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, la Comisión Evaluadora Interna de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Evaluación Interna de Expediente N° 13-2017-CEI celebrada el 15 de agosto de 2017, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10° del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, ha calificado y aprobado la inscripción de la empresa en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702 y sus modificatorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros a la empresa HOWDEN UK GROUP LIMITED del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con matrícula N° C.RE-069. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1604891-1

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que se rectifique la ubicación de la agencia ubicada en el departamento de Ancash; y CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS N° 4608 - 2017 de fecha 29.11.2017, se autorizó, entre otros, el traslado de una agencia ubicada en el departamento de Ancash; Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para la rectificación de la ubicación de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. la rectificación de la dirección de la agencia ubicada en el departamento de Ancash, en los siguientes términos:
Tipo de Oficina Dice: Debe decir: Distrito Prov. Dpto. Dirección

Av. Bolognesi N° 428, Agencia Chimbote Santa Ana Ancash Mz.4 Casco Urbano Central Agencia Chimbote Santa Ancash Av. Bolognesi N° 428, Mz. 4 Casco Urbano Central

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1605151-1

Autorizan al Banco GNB S.A. a operar con cajeros corresponsales
RESOLUCIÓN SBS Nº 5056-2017 Lima, 29 de diciembre de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Banco GNB Perú S.A. (en adelante, el Banco) para que se le otorgue autorización para operar con cajeros corresponsales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 4798-2015 del 21.08.2015, esta Superintendencia aprobó el Reglamento de canales complementarios de atención al público de las empresas del sistema financiero y de las empresas emisoras de dinero electrónico (en adelante, el Reglamento); Que, de acuerdo al numeral 3 del Reglamento, los Cajeros Corresponsales son puntos de atención que funcionan en establecimientos fijos o móviles, gestionados por un operador; considerándose como operador de cajeros corresponsales a la persona natural o jurídica, diferente de las empresas que integran el sistema financiero y a las empresas emisoras de dinero electrónico, que opera los cajeros corresponsales; Que, el numeral 10 del Reglamento estipula que las empresas que deseen obtener autorización para

Autorizan a Financiera Credinka S.A. la rectificación de la dirección de agencia ubicada en el departamento de Ancash
RESOLUCIÓN SBS Nº 5041-2017 Lima, 29 de diciembre de 2017

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