Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2018 (08/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de febrero de 2018 /

El Peruano

d) Otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestación de los servicios portuarios marítimos, fluviales y lacustres de alcance regional, a través del organismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos legales. e) Desarrollar y administrar los aeródromos de ámbito regional, coordinando con la Dirección General de Aeronáutica Civil conforme a ley. f) Supervisar y fiscalizar la gestión de actividades de infraestructura de transporte vial de alcance regional. g) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los Gobiernos Locales. h) Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente. i) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional. En materia de telecomunicaciones: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de telecomunicaciones de la Región, de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. b) Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios internacionales. c) Promover la inversión privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia. d) Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicación regional y de una red pública de comunicaciones en la Región. e) Coordinar con el Gobierno Nacional las autorizaciones de las estaciones de radio y televisión regional y el Gobierno Nacional otorga las licencias correspondientes, en armonía con las políticas y normatividad nacional y los convenios internacionales. f) Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del Gobierno Nacional. g) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional. DEBE DECIR: La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones La Libertad, tiene las siguientes funciones: En materia de transportes: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de transportes de la Región, de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. b) Desarrollar y administrar la infraestructura portuaria regional de acuerdo con las regulaciones técnico-normativas emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de los organismos pertinentes y de la forma que establezcan los dispositivos legales sobre la materia. c) Otorgar las autorizaciones portuarias, licencias y permisos para la prestación de los servicios portuarios marítimos, fluviales y lacustres de alcance regional, a través del organismo pertinente, de acuerdo a los dispositivos legales. d) Desarrollar y administrar los aeródromos de ámbito regional, coordinando con la Dirección General de Aeronáutica Civil conforme a ley. e) Autorizar, supervisar, fiscalizar y controlar la prestación de servicios de transporte interprovincial dentro del ámbito regional en coordinación con los Gobiernos Locales. f) Regular, supervisar y controlar el proceso de otorgamiento de licencias de conducir, de acuerdo a la normatividad vigente. g) Promover y apoyar la educación en seguridad vial y ciudadana. h) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional

En materia de telecomunicaciones: a) Formular, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de telecomunicaciones de la Región, de conformidad con las políticas nacionales y planes sectoriales. b) Promover, ejecutar y concesionar los proyectos regionales de telecomunicaciones de su competencia, en concordancia con la normatividad nacional y los convenios internacionales. c) Promover la inversión privada en proyectos de telecomunicaciones, de acuerdo a la ley de la materia. d) Fomentar y fortalecer el desarrollo de medios de comunicación regional y de una red pública de comunicaciones en la Región. e) Coordinar con el Gobierno Nacional las autorizaciones de las estaciones de radio y televisión regional y el Gobierno Nacional otorga las licencias correspondientes, en armonía con las políticas y normatividad nacional y los convenios internacionales. f) Participar en los proyectos de comunicaciones a cargo del Gobierno Nacional. g) Otras funciones que le asigne la Gerencia General Regional. Artículo Segundo.- APROBAR, la modificación del Artículo 89° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR de fecha 16 de setiembre del 2011 en la parte correspondiente a la denominación de las unidades orgánicas estructuradas con el cambio de las denominaciones de Órgano de Control Institucional, Oficina de Planificación y Subgerencia de Transportes; así como la exclusión de la Oficina de Estadística e Informática, y la inclusión de la Oficina de Atención al Ciudadano y de la Subgerencia de Transporte Acuático, quedando subsistente lo demás que contiene en la parte que corresponda. Artículo 89°.- La Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, para el cumplimiento de sus funciones tiene como unidades orgánicas estructuradas a: DICE: - Gerencia Regional - Oficina de Control Interno - Oficina de Planificación - Oficina de Asesoría Jurídica - Oficina de Administración - Oficina de Estadística e Informática - Sub Gerencia de Transportes - Sub Gerencia de Comunicaciones DEBE DECIR: - Gerencia Regional - Órgano de Control Institucional - Oficina de Planificación y Presupuesto - Oficina de Asesoría Jurídica - Oficina de Administración - Oficina de Atención al Ciudadano - Subgerencia de Transporte Terrestre - Subgerencia de Transporte Acuático - Subgerencia de Comunicaciones Artículo Tercero.- DEJAR SUBSISTENTE las demás disposiciones contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2011-GR-LL/CR y modificatorias, que no se opongan a los artículos precedentes. Artículo Cuarto.- DISPONER al Gobierno Regional de La Libertad, la correcta implementación y consiguiente aplicación y cumplimiento de la presente norma. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, la adecuación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente en el plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles de notificada la presente Ordenanza Regional.

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