Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2018 (08/02/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Jueves 8 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

57

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Definen circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, así como los Jurados Electorales Especiales y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN N° 0064-2018-JNE Lima, uno de febrero de dos mil dieciocho VISTOS la Ley N.° 30682 que modificó el artículo 79 de la Ley N.° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, el Decreto Supremo N.° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2018, y el Informe N.° 014-2018-DGPID/JNE, de fecha 24 de enero del presente año, del director de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo del Jurado Nacional de Elecciones. ANTECEDENTES Ley N° 30682, publicada el 18 de noviembre de 2017, modificó el artículo 79 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE), estableciendo que el proceso electoral se inicia con la convocatoria a elecciones por el Presidente de la República y termina con la publicación, en el diario oficial, de la resolución del Jurado Nacional de Elecciones que declara su conclusión. Así, mediante Decreto Supremo N° 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano con fecha 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó, para el 7 de octubre del presente año, a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los gobiernos regionales de toda la República, y a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República. CONSIDERANDOS 1. Los procesos electorales son una serie continua y concatenada de actos en los que participan los organismos electorales en el marco de sus competencias establecidas en el capítulo XIII de la Constitución Política del Perú y sus respectivas leyes orgánicas, con la finalidad de llevar a cabo los comicios y proclamar los resultados del sufragio, para lo cual, el Jurado Nacional de Elecciones adopta las medidas que garanticen el acceso a la justicia electoral, entre las cuales está la oportuna instalación de los Jurados Electorales Especiales (JEE) en diferentes ciudades del territorio nacional, para atender el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE), una vez convocado un proceso electoral el Jurado Nacional de Elecciones debe definir las circunscripciones sobre las cuales se instalarán los JEE y sus respectivas sedes. 3. Por su parte, el artículo 13 de la LOE señala que las elecciones se efectúan sobre la base de las circunscripciones territoriales de acuerdo a ley, con ese fin, el Jurado Nacional de Elecciones constituye los JEE y determina la competencia y la sede de los mismos. 4. Los JEE son órganos temporales creados para un proceso electoral específico, conforme lo prevé el artículo 31 de la LOJNE, cuyas funciones están definidas en el artículo 36 de la misma ley, siendo las que corresponden a un proceso de Elecciones Regionales y Municipales, las de recibir y calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, resolver tachas, inscribir candidaturas, así como conocer solicitudes sobre acreditación de personeros, expedientes sobre publicidad estatal, propaganda electoral, neutralidad, encuestas electorales, actas observadas, impugnaciones de cédula de votación e identidad de electores, pedidos de nulidad de elección, fiscalización del proceso electoral, para, finalmente, proclamar a los candidatos electos y entregar

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban expedición de duplicado de diploma de grado académico de bachiller en ciencias con mención en Ingeniería Química otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0157 Lima, 1 de febrero de 2018 Visto el Expediente STDUNI N° 2017-140258 presentado por el señor DIONICIO ADOLFO MARCELO ASTOCONDOR quien solicita duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Química; CONSIDERANDO: Que, el señor DIONICIO ADOLFO MARCELO ASTOCONDOR identificado con DNI Nº 09897408 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Química; por pérdida, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificado por Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 195-2017-UNI/SG/GT de fecha 15.12.2017, precisa que el diploma del señor DIONICIO ADOLFO MARCELO ASTOCONDOR se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 1, página 173, con el número de registro 2745; Que, la Comisión Académica del Consejo Universitario, en su Sesión Nº 02-2018, realizada el 22 de enero del 2018, previa revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Química al señor DIONICIO ADOLFO MARCELO ASTOCONDOR; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión ordinaria Nº 02 de fecha 26 de enero del 2018, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Química al siguiente egresado de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente:
N° 1 Apellidos y Nombres Con mención en Fecha de Otorgamiento del Diploma 23.03.1977

MARCELO ASTOCONDOR, Dionicio Adolfo Ingeniería Química

Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1614181-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.