Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2018 (14/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 14 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Jefe
ANEXO Nº 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE ­ PIRDAIS" Nº ENTIDAD EJECUTORA NOMBRE DE LA ACTIVIDAD Capacitación y asistencia técnica en buenas prácticas de producción agrícola del cultivo de cacao en nueve corredores de las provincias de Huamalies, Leoncio Prado y Marañón ­ Región Huánuco TOTAL DESEMBOLSOS TOTAL POR HASTA S/ TRANSFERIR S/

Gobierno 1 Regional de Huánuco

100,000

100,000

100,000

100,000

1669946-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban transferencia financiera a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales para financiar prestaciones de salud brindadas a los asegurados
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 139-2018/SIS Lima, 13 de julio de 2018 VISTOS: El Informe Conjunto Nº 003-2018SIS/GNF-SGGS/EAVR-ACE con Proveído Nº 4342018-SIS/GNF y el Informe Nº 052-2018-SIS/ GNF-SGF/PMRA con Proveído Nº 436-2018-SIS/ GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 026-2018-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído Nº 139-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 216-2018-SIS/OGAJDE con Proveído Nº 494-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece los principios, los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados; asimismo, en el numeral 15.2 del artículo 15 de la citada Ley, se señala que las referidas transferencias deberán aprobarse mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose de informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que dicha resolución debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1163, que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud establece que la transferencia de fondos o pago que efectúe el SIS requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años; Que, la Resolución Jefatural Nº 275-2017/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2017-SISGNF-V.01 «Directiva Administrativa para el Monitoreo, Supervisión y Seguimiento de las Transferencias Financieras del Seguro Integral de Salud», señala que la finalidad de esta norma técnica es establecer los criterios para verificar el cumplimiento de los fines de las transferencias financieras y, de ese modo, preservar la cobertura de atenciones de salud y prestaciones administrativas a sus asegurados; Que, mediante el Informe Conjunto Nº 003-2018SIS/GNF-SGGS/EAVR-ACE, la Gerencia de Negocios y Financiamiento - GNF propone la programación de transferencias financieras por el importe de S/ 162 250 890.00 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTAY 00/100 SOLES), en el marco de los «Convenios de Compra de Servicios de Salud» suscritos entre el Seguro Integral de Salud y los Gobiernos Regionales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima Región, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Tacna, Tumbes, Ucayali, así como sus respectivas adendas, detallados en el mencionado informe. Asimismo, mediante Memorando Nº 597-2018-SIS/GNF se solicitó a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprobar la Certificación Presupuestal Nº 1006, a fin de realizar dichas transferencias; Que, mediante Informe Nº 026-2018-SIS/OGPPDODADZ, la OGPPDO emite opinión favorable respecto a la disponibilidad presupuestal y aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1006-2018, por el importe de S/ 419 402 941.00 (CUATROCIENTOS DIECINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), para el financiamiento de las prestaciones de salud de los asegurados del Seguro Integral de Salud en las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales antes mencionados, para el ejercicio 2018; Que, según Informe Nº 052-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA, conforme a las cláusulas establecidas en los convenios suscritos entre el Seguro Integral de Salud y los Gobiernos Regionales mencionados, así como sus adendas respectivas, la GNF procedió a realizar el cálculo de los importes a transferir y propuso efectuar las transferencias de los recursos financieros, por el monto ascendente a S/ 162 250 890.00 (CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe Nº 216-2018-SIS/OGAJ-DE con Proveído Nº 494-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por los órganos técnicos, considera viable emitir la Resolución Jefatural de Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales antes mencionados, para el financiamiento de las prestaciones de salud a los asegurados del SIS; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 001 Seguro Integral de Salud - SIS hasta

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