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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2018 (25/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de julio de 2018 El Peruano / La Gestión de Capacitación tiene la fi nalidad de formular las acciones administrativas necesarias, para elaborar los procedimientos que permitan establecerlas etapas de plani fi cación, ejecución y evaluación de la capacitación; identi fi cando y de fi niendo las necesidades y acciones de capacitación, seleccionando a los proveedores de enseñanza especialistas en la materia que garanticen servicios de calidad; la medición de resultados de las acciones de capacitación ejecutadas y la mejora continua de este proceso. En ese sentido, la capacitación busca la mejora del desempeño de los trabajadores para brindar servicios de calidad a los ciudadanos, fortaleciendo y mejorando las capacidades, el buen desempeño para el logro de los objetivos institucionales. La Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General es el órgano responsable de la Gestión del Proceso de Capacitación y establece mediante directivas la implementación de las etapas de plani fi cación, ejecución y evaluación de la capacitación; estableciendo los lineamientos pertinentes para brindar una capacitación, adecuada e idónea, a los trabajadores judiciales, a través de la Formación Laboral y la Formación Profesional permanente. La capacitación en el Poder Judicial, como un derecho consagrado en la Ley de la Carrera del Trabajador Judicial, es permanente y tiene como objetivo el desarrollo del trabajador judicial, al cerrar las brechas de conocimiento identi fi cadas, fortaleciendo y mejorando sus competencias y capacidades para contribuir a la mejora del desempeño en sus labores y coadyuvando a los objetivos de la carrera del trabajador judicial en el marco de implementación de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Los trabajadores judiciales deberán seguir los cursos de capacitación programados en el Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales, para lo cual la Subgerencia de Capacitación de la Gerencia General desarrollará los aspectos generales y especí fi cos del contenido de este plan, para asegurar una adecuada e idónea capacitación, a través de la contratación de proveedores de enseñanza especialistas en la materia, de prestigio y la suscripción de convenios con entidades nacionales e internacionales; así como, las licencias que correspondan en las normas previstas en el presente Reglamento. Asimismo, incluirá las acciones de capacitación pertinentes para el cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales, fomentando el uso de las tecnologías de la información y comunicación a través del Aula Virtual del Poder Judicial y de las diversas plataformas existentes, con el fi n de lograr que la capacitación presencial, semi presencial y virtual cumplan con los objetivos de inmediatez, e fi ciencia, e fi cacia y efectividad previstas en el proceso de capacitación. El Coordinador o Responsable de Personal y/o el Responsable de Capacitación en las Cortes Superiores de Justicia y demás dependencias informará, al término del evento y bajo responsabilidad, a la Subgerencia de Capacitación, los alcances y desarrollo del programa de capacitación, haciendo uso del Sistema de Control y Capacitación del Personal del Poder Judicial, SICCAP, con la fi nalidad de obtener en tiempo real, información estadística para la toma de decisiones, en cuanto a las acciones de capacitación y el fi nanciamiento que requieren los nuevos procesos, los cambios tecnológicos, la implementación de nueva normatividad legal, el Plan de Desarrollo institucional, el Plan Estratégico Institucional 2019 – 2021, el Plan Operativo y los lineamientos de gestión de la Presidencia del Poder Judicial, en ejercicio. Artículo 30°.- Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores del Poder Judicial De conformidad con el artículo 30º, la Gestión de Capacitación en el Poder Judicial comprende, la implementación de la etapa de Plani fi cación, a partir de los objetivos estratégicos de la institución. En esta etapa se desarrollarán los procedimientos para el Diagnóstico de las Necesidades de Capacitación (DNC) y la elaboración del Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales (PNCTJ) cuya fi nalidad será establecer las acciones de capacitación que el Poder Judicial ejecutará durante un ejercicio fi scal. La etapa de plani fi cación culmina con la aprobación del Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales por los Comités respectivos. Para identi fi car y de fi nir las necesidades de capacitación y determinar las acciones de capacitación del ejercicio correspondiente se conformará un Comité de Elaboración del Plan Nacional de Capacitación (CPNCTJ), el mismo que estará conformado por el Gerente General, quien lo presidirá; el Gerente de Plani fi cación; el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar; un representante de los trabajadores judiciales elegido mediante votación secreta por un periodo de tres años; así como un alterno. En el caso de los tres primeros integrantes participarán en el Comité a plazo indeterminado, pudiendo delegar su participación en un representante. La conformación del Comité será o fi cializada por el Titular del Pliego. Su vigencia se establece por un periodo de tres años, pudiendo por única vez, desempeñarse por un periodo adicional consecutivo. Las acciones administrativas para la conformación del Comité Nacional estarán a cargo de la Subgerencia de Capacitación de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial. Artículo 31°.- Plan Distrital de Capacitación de los Trabajadores del Poder Judicial En las Cortes Superiores de Justicia de la República cada Presidencia conformará el Comité de Elaboración del Plan Distrital de Capacitación de los Trabajadores Judiciales (CPDCTJ), el mismo que estará conformado por los funcionarios que, por la naturaleza de sus funciones, realice las acciones administrativas similares a la Gerencia General. En el Distrito Judicial se elegirá por voto secreto a un representante de los trabajadores con las mismas consideraciones que en el Comité Nacional. La fi nalidad de este Comité es desarrollar el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación de su respectivo distrito judicial y elaborar el Plan Distrital de Capacitación de los Trabajadores Judiciales. Las acciones administrativas para la conformación del Comité Distrital estarán a cargo del Responsable de Capacitación del distrito judicial y bajo la supervisión de la Subgerencia de Capacitación de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General. Artículo 32°.- Implementación del Plan Nacional y Distrital de Capacitación de los Trabajadores Judiciales La Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a través de la Subgerencia de Capacitación proporcionará el apoyo técnico normativo que permita que el Comité Nacional y los Comités Distritales desarrollen el Diagnóstico de las Necesidades de Capacitación (DNC); así como, los criterios de las acciones de capacitación a implementarse, como Formación Laboral o Formación Profesional, comprendidos en el Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales, considerando la mejora de la función que realiza el trabajador judicial y su contribución a los objetivos estratégicos institucionales. Los Responsables de Capacitación de la Corte Suprema de Justicia y la OCMA elaborarán el Diagnóstico de Necesidades de Capacitación y presentarán, con la debida anticipación, a la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar las acciones de capacitación correspondientes al ejercicio fi scal, debidamente presupuestadas, para ser integradas al Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales. Las dependencias y unidades administrativas del Consejo Ejecutivo; así como, los sistemas, programas, comisiones, organismos y equipos de implementación adscritos a la Presidencia del Poder Judicial recibirán el apoyo técnico de la Subgerencia de Capacitación para la elaboración del Diagnóstico de las Necesidades de Capacitación (DNC) y determinar las acciones de capacitación, que serán integradas al Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales, en estas dependencias y unidades administrativas. El Plan Nacional de Capacitación de los Trabajadores Judiciales será presentado por la Subgerencia de Capacitación, a la Gerencia de Plani fi cación, durante