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59 NORMAS LEGALES Sábado 9 de junio de 2018 El Peruano / la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, concluye que la denominación de los programas de estudios de la Universidad Católica San Pablo, en atención a la declaración emitida para el licenciamiento, no genera alguna afectación en el cumplimiento de los estándares que le otorgan acreditación, considerando viable la modi fi cación de la denominación solicitada; Que, en tal sentido, resulta atendible lo solicitado por el administrado y encauzando su pretensión, corresponde actualizar la denominación de “carrera profesional” por “programa de estudios”; Contando con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Universitaria, O fi cina de Asesoría Jurídica; de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28740 - Ley de Creación del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace; la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria; y, con las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y, la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modi fi car el artículo 1° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 090-2016-SINEACE/CDAH-P del 10 de agosto 2016, a fi n de actualizar la denominación de “carrera profesional” por el de “programa de estudios”, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1° O fi cializar el Acuerdo N° 120-2016- CDAH, de sesión de fecha 04 de agosto 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación al programa de estudios de Educación Inicial de la Universidad Católica San Pablo, con una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la publicación de la resolución que o fi cializa el citado acuerdo de Consejo. Artículo 2°. - Modi fi car el artículo 1° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 144 - 2016-SINEACE/CDAH-P del 03 de octubre 2016, a fi n de actualizar la denominación de “carrera profesional” por el de “programa de estudios”, la misma que quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 1° O fi cializar el Acuerdo N° 175-2016-CDAH, de sesión de fecha 14 de setiembre 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación al programa de estudios de Educación Primaria de la Universidad Católica San Pablo, con una vigencia de tres (3) años, contados a partir de la publicación de la resolución que o fi cializa el citado acuerdo de Consejo. Artículo 3°.- Ratifi car todos los demás extremos de las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 090-2016-SINEACE/CDAH-P; y, N°144 -2016-SINEACE/CDAH-P. Artículo 4° Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1657255-1 Modifican artículo de la Res. N° 443-2017-SINEACE/CDAH-P, sobre reconocimiento de acreditación otorgada por el IAC - CINDA a la Carrera de Medicina de la Universidad Peruana Cayetano Heredia RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 114-2018-SINEACE/CDAH-P San Isidro, 5 de junio de 2018VISTOS: El Informe N° 106-2018-SINEACE/P-ST-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y Carta de fecha 10 de mayo 2018 contenida en el Expediente N° UACTDA20180001602; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 443-2017-SINEACE/CDAH-P de fecha 18 de diciembre 2017, se oficializó el Acuerdo N°343-2017-CDAH, de sesión del Consejo Directivo Ad Hoc de fecha 11 de diciembre 2017, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por el Instituto Internacional para el Aseguramiento de la Calidad IAC-CINDA, a la carrera de Medicina Humana de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con vigencia al 08 de mayo 2020; Que, mediante Carta de fecha 10 de mayo 2018, el Rector de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, solicita se atienda lo requerido por el Decano de las Facultades de Medicina, Estomatología y Enfermería, procediendo a corregir el nombre de la carrera profesional de “Medicina Humana” debiendo consignarse “Medicina”, adjuntando para ello el certi fi cado expedido por el IAC-CINDA, en el que fi gura el cambio de nombre de la carrera; Que, mediante el informe del vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica considera viable lo solicitado por la mencionada universidad, manifestando que no existe afectación al fondo del acto administrativo que aprobó el mencionado reconocimiento; siendo así, corresponde expedir el acto resolutivo, atendiendo lo solicitado; Contando con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, O fi cina de Asesoría Jurídica; y, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28740 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace; la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria; y, con las facultades otorgadas mediante la Resolución Ministerial N°396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y, Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Modificar el artículo 1° de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 443-2017-SINEACE/CDAH-P de 18 de diciembre 2017, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1° Ofi cializar el Acuerdo N° 343-2017- CDAH, de sesión de fecha 11 de diciembre 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se aprobó el reconocimiento de la acreditación otorgada por el Instituto Internacional para el Aseguramiento de la Calidad IAC- CINDA, a la carrera de Medicina, de la Universidad Peruana Cayetano Heredia, con vigencia al 08 de mayo de 2020. Artículo 2°.- Ratifi car los demás extremos de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Ad Hoc N° 443-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 18 de diciembre 2017. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1657255-2