Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2018 (09/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de junio de 2018 /

El Peruano

de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, Resolución Rectoral Nº 2568-2017-UN/JBG y en uso de las atribuciones del señor Rector; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida en fecha 03 de julio de 2017, las funciones de la SAP. Teresa Edith Choque Rodríguez, como responsable de entregar la información solicitada por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública, de la UNJBG. Artículo Segundo.- Designar, vía regularización, a partir del 04 de julio de 2017, a la SAP. ELEANA AGRIPINA CASTILLO CAMACHO, en su condición de Jefa de la Sección Trámite Documentario, como Funcionario responsable de entregar la información que se solicite por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública en la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann ­ Tacna. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto toda disposición y/o Resolución que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE LUIS LOZANO CERVERA Rector 1657826-1

funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; asimismo en el caso de los Organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por Resolución del Titular de la Entidad. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el diario Oficial El Peruano; De conformidad con el inciso 62.2 del Art. 62º de la Ley Universitaria Nº 30220, Ley 27619, Ley 30372, y lo acordado en Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 10 de Mayo de 2018; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el Viaje al Exterior del Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, Dr. Washington Zeballos Gámez; para participar en la III Conferencia Regional de Educación Superior - CRES 2018, organizado por el Instituto Internacional de la UNESCO en conjunto con la Universidad Nacional de Córdova (UNC), el cual se llevará a cabo del 11 a 15 de Junio del presente año en la ciudad de Córdova ­ Argentina. Artículo 2º.- Autorizar los viáticos correspondientes por cinco (05) días, a razón de U.S. $200.00 dólares americanos por día; así mismo la adquisición de los Pasajes Terrestres: Moquegua-Tacna-Arica (Chile) y su retorno correspondiente. Así como la adquisición de los Pasajes Aéreos Internacionales: Arica (Chile)-Santiago (Chile) ­ Santiago (Chile) - Córdova (Argentina); Córdova (Argentina) - Santiago (Chile) - Arica-(Chile). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad a las normas vigentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WASHINGTON ZEBALLOS GÁMEZ Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 1657843-1

Autorizan viaje de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua a Argentina para participar en la III Conferencia Regional de Educación Superior - CRES 2018
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 0433-2018-UNAM Moquegua, 11 de mayo de 2018 VISTOS, el Memorando Nº 070-2018-P-UNAM, de 10 de mayo de 2018, Sesión Extraordinaria de Comisión Organizadora de fecha 10 de mayo de 2018; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 070-2018-P-UNAM, de 10 de Mayo de 2018, el Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, hace de conocimiento que ha sido invitado a para participar en la III Conferencia Regional de Educación Superior - CRES 2018, organizado por el Instituto Internacional de la UNESCO en conjunto con la Universidad Nacional de Córdova (UNC), el cual se llevará a cabo del 11 a 15 de Junio del presente año en la ciudad de Córdova ­ Argentina; por lo que solicita la autorización respectiva y los viáticos por cinco (05) días; Que, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, en Sesión Extraordinaria de 10 de Mayo 2018, por Unanimidad acordó: Autorizar el viaje del Vicepresidente de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, Dr. Washington Zeballos Gámez, a la ciudad de Córdova ­ Argentina, con la finalidad de que participe en la III Conferencia Regional de Educación Superior - CRES 2018, organizado por el Instituto Internacional de la UNESCO en conjunto con la Universidad Nacional de Córdova (UNC), el cual se llevará a cabo del 11 a 15 de Junio del presente año, comisión de servicios que será a partir del 11 al 15 de Junio del 2018; aprobado que sea el mismo el acto resolutivo de autorización de viaje deberá publicarse en el diario oficial El Peruano; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de gobernador y consejero del Gobierno Regional de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0313-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00017-C01 ÁNCASH CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiocho de mayo de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 366-2018-GRA-CR/CD, recibido el 13 de marzo de 2018, mediante el cual el Consejo Regional de Áncash remitió el Acuerdo de Consejo Regional Nº 089-2018-GRA/CR, del 5 del mismo mes y año, que declaró la vacancia de Enrique Máximo Vargas Barrenechea, vicegobernador suspendido de la citada región, por la causal de condena consentida o ejecutoriada por delito doloso con pena privativa de la libertad, prevista en el artículo 30, numeral 3, de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; teniendo

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