Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2018 (09/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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Cuarta Sala Civil Permanente Dr. Rafael Eduardo Jaeger Requejo Dra. Juana María Torreblanca Núñez Dr. Julio César Rodríguez Rodríguez

NORMAS LEGALES
Presidente (P) (P)

Sábado 9 de junio de 2018 /

El Peruano

Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor ERICK HENDERSON TAFUR ROMERO, como Juez Supernumerario del 27° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 11 de junio del presente año por la promoción del doctor Burgos Zavaleta. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al doctor VÍCTOR EDUARDO ZAMBRANO ESPINOZA, como Juez Supernumerario del 3° Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro, a partir del día 11 de junio del presente año y mientras duren las vacaciones del doctor Limo Sánchez. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ROLANDO ALFONZO MARTEL CHANG Presidente 1658055-1

Disponen la creación y funcionamiento del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Lima Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 520-2018-P-CSJLE/PJ Ate, 6 de junio de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 101-2014-CEPJ, Resolución Administrativa N° 204-2014-P-CSJLE/ PJ, Oficio N° 273-2018-GAD-CSJLE/PJ y el Informe N° 68-2018-CSJRR-UPD-GAD-CSJLE/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 101-2014-CE-PJ, se dispuso el funcionamiento del Distrito Judicial de Lima Este, con sede en el distrito de Chaclacayo, a partir del 05 de mayo de 2014, delimitándose la competencia territorial que comprende en la Provincia de Lima, los distritos de Lurigancho ­ Chosica, Chaclacayo, Ate (Vitarte), Santa Anita, San Juan de Lurigancho, El Agustino, La Molina y Cieneguilla, asimismo, el Centro Poblado Rural Huertos de Manchay del Distrito de Pachacamac. y la Provincia de Huarochirí con sus 32 distritos; estableciéndose posteriormente mediante Resolución Administrativa N° 886-2016-P-CSJLE/PJ como sede principal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, el inmueble ubicado en la Avenida Los Ingenieros N° 301 de la Urbanización Industrial La Merced del distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Segundo.- Que, a través de la Resolución Administrativa N° 204-2014-P-CSJLE/PJ, se dispuso que los expedientes que se encuentran con archivo definitivo, en cualquier materia se mantendrán bajo la custodia de los Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, hasta que se habilite el Archivo Central para su ubicación definitiva. Tercero.- El Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, tiene como función principal, la custodia de los expedientes que se encuentran fenecidos,

es decir, cuyos procesos han concluido, atendiendo las solicitudes, tanto al público en general como a los órganos jurisdiccionales en el "desarchivamiento" de expedientes, búsquedas, devolución de anexos; procurando la conservación de los expedientes con mandato de archivo y de los provenientes de archivos de gestión. Cuarto.- Que, a la fecha esta Corte Superior de Justicia se encuentra integrada por ciento dieciséis (116) órganos jurisdiccionales que están distribuidos en veintiséis (26) sedes, ubicadas en los distritos políticos que comprenden la competencia territorial de esta Corte Superior de Justicia; situación que obedece a la de hacer más eficiente, eficaz, oportuna y predictible el servicio de justicia, así como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los Juzgados Especializados y de Paz Letrados y Salas Superiores, motivo por el cual se hace necesario que se adopten las medidas pertinentes encaminadas a brindar una justicia eficiente. Quinto.- Mediante Resolución Administrativa N° 204-2014-P-CSJLE/PJ, se dispuso que cada órgano jurisdiccional custodie sus expedientes con mandato de archivo definitivo, empero al realizar visitas a las diferentes sedes judiciales, se constató el almacenamiento de expedientes concluidos, en una cantidad que resulta imposible su custodia. Sexto.- Mediante Oficio N° 273-2018-GAD-CSJLE/ PJ, la Gerencia de Administración Distrital a través de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, remite el Informe N° 68-2018-CSJRR-UPD-GAD-CSJLE/PJ, emitido por la Coordinadora de Servicios Judiciales, Recaudación y Registros, solicitando que se disponga el funcionamiento del Archivo Central de esta Corte Superior de Justicia; por contar a la fecha con una Sede Judicial adecuada que se encuentra debidamente implementada; conforme a lo establecido por el Sistema Nacional de Archivos, con la finalidad de que los expedientes judiciales concluidos, deben permanecer dentro de un área preparada para su correcta y organizada custodia, lo que generará un descongestionamiento en los ambientes de los órganos jurisdiccionales. En uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER, la creación y funcionamiento del Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, a partir del día 15 de junio del año 2018, la misma que se ubicará en la Av. Lima Sur N° 748, del distrito de Lurigancho ­ Chosica, que funcionalmente dependerá de la Coordinación de Servicios Judiciales, Recaudación y Registro, encargándosele realizar el control, ejecución y seguimiento de las labores encomendadas al personal que laborará en dicha Oficina, dando estricto cumplimiento a la normatividad pertinente. Artículo Segundo.- DISPONER que el acervo documentario a cargo del Archivo Central de esta Corte Superior de Justicia comprenderá los expedientes judiciales de procesos judiciales concluidos, así como aquellos documentos de carácter administrativo, cuyo archivo sea dispuesto por la autoridad competente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, para que el Área de Informática, bajo responsabilidad funcional verifique que en los Órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia, cuenten con el correcto funcionamiento del Sistema de Archivo, el mismo que se encuentra en Sistema Integral Judicial ­ SIJ, y que cumplan con consignar en el mismo los expedientes judiciales con mandato de archivo definitivo a remitir al Archivo Central. Artículo Cuarto.- DESIGNAR al servidor Richard Eugenio Guerrero Ramos, como Responsable del Archivo Central de esta Corte Superior de Justicia; quien en adición a sus funciones realizará la labor de Fedatario para la expedición de copia certificadas de las piezas procesales de los Expedientes Judiciales del Archivo Central, cuando las partes procesales o el Órgano Jurisdiccional lo requiera.

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