Norma Legal Oficial del día 25 de mayo del año 2018 (25/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de mayo de 2018 /

El Peruano

34.3 del artículo 34 la LOP; precisándose que, para establecer su conclusión, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 143º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General (en adelante TUO de la LPAG); En relación a lo anterior, el numeral 143.3 del artículo 143 del TUO de la LPAG establece que "cuando el plazo es fijado en meses o años, es contado de fecha a fecha, concluyendo el día igual al del mes o año que inició, completando el número de meses o años fijados para el lapso. Si en el mes de vencimiento no hubiere día igual a aquel en que comenzó el cómputo, es entendido que el plazo expira el primer día hábil del siguiente mes calendario"; Estando a los considerandos expuestos, corresponde fijar la fecha para la presentación de la Información Financiera Anual correspondiente al ejercicio anual 2017, determinando para ello el 02 de julio de 2018 como el último día para su presentación; precisando que, esta obligación corresponde a las organizaciones políticas con inscripción vigente durante el año 2017; y que, de conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 93 del RFSFP, la información económico-financiera a presentarse, en caso se cancele la inscripción de una organización política, corresponderá al período de los meses en que estuvo vigente su inscripción; De conformidad con lo dispuesto por el literal c) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, así como el literal r) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modificatorias; Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Supervisión de Fondos Partidarios y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Fijar la fecha de presentación de la Información Financiera Anual correspondiente al ejercicio anual 2017 que efectuarán las organizaciones políticas; información que comprende el balance general con el detalle de la composición de cada una de las cuentas; el estado de ingresos y egresos, diferenciando las fuentes de financiamiento privadas y públicas; notas a los estados financieros e información complementaria a los estados financieros, de acuerdo al siguiente cronograma: CRONOGRAMA DE PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA ANUAL (IFA) 2017 NÚMERO DE ENTREGA PERÍODO QUE COMPRENDE LA IFA 2017 ÚLTIMO DÍA DE PRESENTACIÓN DE LA IFA 2017

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Crediscotia Financiera S.A. la apertura de agencia en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1938-2018 Lima, 15 de mayo de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera S.A. para que se le autorice la apertura de una (01) Agencia según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009 y la Resolución Administrativa Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera S.A. la apertura de una Agencia ubicada en la esquina de la Calle Chamaya Nº 171 y Av. La Mar Nº 2301, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1651642-1

Única Entrega

Del 01 de enero de 2017 al 31 de diciem- 02 de julio de 2018 bre de 2017

Autorizan a Crediscotia Financiera S.A. el cierre definitivo de oficina especial ubicada en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1941-2018 Lima, 15 de mayo de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera S.A. para que se le autorice el cierre definitivo de una (01) Oficina Especial según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;

Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaria General notifique la presente resolución a los representantes legales y tesoreros de las organizaciones políticas. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO CARLOS MAGNO CASTILLO MEZA Jefe 1651533-1

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