Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Jueves 13 de setiembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, el Gobierno Nacional viene ejecutando programas para la instalación de servicios básicos en diferentes lugares del distrito de Ate, incorporando a diferentes Organizaciones Sociales de Vivienda y Asentamientos Humanos Informales, con la finalidad de dotar del servicio de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica a las diferentes familias asentadas con anterioridad en suelo no formalizado, precisando que a la fecha se vienen desarrollando trabajos para concretar la infraestructura y los contratos que derivan de la instalación de los servicios básicos; Que, mediante Informe Nº 161-2018-MDA/GDSC, la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural señala que siendo la política de ésta gestión, apostar por el fortalecimiento de las organizaciones, como requisito indispensable para la implementación de una verdadera democracia participativa en el distrito como es el reconocimiento, registro y acreditación del Consejo Directivo de las juntas vecinales y siendo en el presente proyecto de Ordenanza el objetivo de que las organizaciones sociales puedan tener la oportunidad de acogerse a esta norma y regularizar el trámite respectivo para obtener la resolución de reconocimiento de Planos de Trazado y Lotización de acuerdo a las disposiciones correspondientes y al procedimiento administrativo señalado para la instalación de servicios básicos y así acceder a una mejor calidad de vida, emite opinión favorable, ya que se encuentra conforme a las disposiciones legales; Que, mediante Informe Nº 193-2018/MDA-GDE/ SGGRD, la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres efectúa determinadas recomendaciones y por Informe Nº 231-2018/MDA-GDE/SGGRD, señala que desde el punto de vista en Gestión del Riesgo de Desastres y de acuerdo a la participación de dicha Sub Gerencia, opina favorablemente por la emisión del presente instrumento de gestión, señalando que permitirá dar sostenimiento técnico para la emisión del acto administrativo respectivo, con el objetivo de llevar a cabo el reconocimiento de planos de trazado y lotización sólo para Asentamientos Humanos y Urbanizaciones Populares; Que, mediante Informe Nº 254-2018-MDA/GGA/ SGAVCA, la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental señala que luego de la evaluación realizada por el personal técnico, considera procedente la propuesta de Ordenanza y recomienda impulsar los Programas de Forestación, Ecológicos y de Ecoturismo; Que, mediante Informe Nº 028-2018-MDA/GGA, la Gerencia de Gestión Ambiental señala que las laderas que circundan Ate, son áreas PTP, encontrando que en el artículo tercero del proyecto de ordenanza se señalan las causales para denegar el otorgamiento del reconocimiento, entre los cuales se encuentran las zonas de tratamiento paisajístico, condicionando a aquellas zonas que no hayan sido identificadas en el Estudio Técnico de Reajuste de Zonificación, por lo que la propuesta de Ordenanza es procedente; agregando que se verificó que las zonas PTP han perdido la naturaleza para lo cual fueron asignadas y reservadas, puesto que actualmente hay vivencia y servicios básicos; recomendando que como un requisito, los representantes de las organizaciones sociales, se comprometan a que en cada lote se proceda al sembrado de 2 plantas por asociado y además deben coordinar con la Sub Gerencia de Áreas Verdes y Control Ambiental, la defensa del cinturón ecológico correspondiente; Que, mediante Informe Nº 930-2018-MDA/GDUSGPUC, la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro, señala que la Municipalidad ha atendido las demandas de las diferentes Organizaciones Sociales de Vivienda para obtener los servicios básicos y con ellos mejorar la calidad de vida de las familias que las conforman, a través de la Ordenanza Nº 341-MDA y sus modificatorias, que a la fecha no se encuentran vigentes; asimismo, señala que el Gobierno Nacional viene ejecutando programas para la instalación de servicios básicos en diferentes lugares del distrito de Ate, incorporando a diferentes organizaciones sociales de vivienda y asentamientos humanos informales, con la finalidad de dotar del servicio de agua potable, alcantarillado y energía eléctrica, precisando que a la fecha se vienen desarrollando trabajos para concretar la

infraestructura y los contratos que derivan de la instalación de los servicios básicos; conforme a ello, la Gerencia de Desarrollo Urbano, ha tomado en cuenta la necesidad de las diferentes organizaciones sociales de vivienda que se han visto afectadas por las acciones administrativas equivocadas que han generado la nulidad de diferentes resoluciones de reconocimiento de planos de trazado y lotización, por lo que se hace necesario generar medidas administrativas correctivas que garanticen la formalidad y el beneficio real de las familias que pretenden acceder a los servicios básicos, por lo que ha presentado ante la Alta Gerencia una propuesta normativa de carácter temporal y extraordinario que permita culminar los procesos de entrega de la documentación técnica y administrativa necesaria para que la familias puedan obtener los contratos individuales de instalación de los servicios de energía eléctrica, agua potable y alcantarillado; asimismo, dicha Sub Gerencia ha determinado que la jurisdicción de Ate cuenta con organizaciones sociales de vivienda que aún no han culminado su proceso de saneamiento físico legal e incorporación al acceso de los servicios básicos y que presentan en muchos casos ocupación permanente y mitigación de las zonas de riesgo donde se ubican, por lo que considera pertinente ampliar el plazo para la ejecución del procedimiento de reconocimiento de planos de trazado y lotización, dado que existen 276 asociaciones de vivienda y/o asentamientos humanos que ya cuentan con el reconocimiento aprobado desde el año 2013 hasta el 2017, de las cuales 20 cuentan con proyecto de electrificación aprobado, 90 cuentan con proyecto de agua y alcantarillado aprobado y 27 tienen informe de seguridad calificada como riesgo alto; por lo que determina, la necesidad de ejecutar correctamente los procedimientos administrativos, para lo cual ha determinado efectuar el sinceramiento del uso del suelo, en particular de las organizaciones sociales de vivienda ubicadas en laderas de cerros para lo cual presentará el Estudio Técnico para el Reajuste de Zonificación de Protección y Tratamiento Paisajista ­ PTP a Zona de Reglamentación Especial ­ ZRE, así como presentar la propuesta de incorporación al Planeamiento Integral del Sector a las Organizaciones calificadas y beneficiarias de los Esquemas de Servicios Básicos aprobados por las empresas prestadoras de servicios que hayan cumplido con la mitigación de riesgo; es decir, que necesariamente deberán contar con la calificación de riesgo medio o bajo, debidamente evaluada por la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, por lo cual considera factible el presente proyecto de Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 188-2018-MDA/GDSCSGPC, la Subgerencia de Participación Ciudadana señala que en visita de rutina a las diferentes organizaciones sociales que se encuentran asentadas en las partes altas de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán, ha tomado conocimiento sobre el trámite que vienen realizando ante SEDAPAL para la obtención del servicio de agua potable y alcantarillado, lo que ha generado la Resolución Nº 195-2018-GG de fecha 14 de junio de 2018, en la que se resuelve autorizar el inicio de la fase de inversión del proyecto con una inversión de S/. 130'176,899.13 soles; y que para contar con el referido servicio las organizaciones sociales deben contar con un plano visado por la Municipalidad de Ate, luego cada posesionario tener una Constancia de Posesión por la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro, por lo que expresa su opinión de carácter favorable a la nueva Ordenanza que otorgue visar los planos para fines de obtención de servicios básicos dado que miles de familias de escasos recurso se puedan beneficiar con este nuevo proyecto; Que, mediante Memorándum Nº 645-2018-MDA/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que teniendo en cuenta el Informe Nº 930-2018-MDA/GDU-SGPUC, así como la Carta Nº 092-VIVIENDA-VMCS/UE, referido al proyecto de Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado para nuevas habilitaciones en los sectores 176, 177 y 178 del Distrito de Ate y el Documento Nº 49710-2018, presentado por los representantes de la Comunidad Urbana Autogestionaria de Huaycán que solicitan a la Municipalidad al emisión de una Ordenanza, que les permita el acceso a los servicios básicos, opinando

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