Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2018 (13/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de setiembre de 2018 /

El Peruano

que es factible la emisión de la presente ordenanza; Que, mediante Informe Nº 1303-2018-MDA/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que efectuada la evaluación correspondiente del proyecto de Ordenanza, opina que es procedente la emisión de la Ordenanza que aprueba el procedimiento de Reconocimiento de Planos Trazado y Lotización con Carácter Temporal y Extraordinario para la obtención de los Servicios Básicos de la Organizaciones Sociales de Vivienda que se encuentran Incorporadas y en Ejecución de los Esquemas de las Empresas de Servicios Públicos, la cual debe ser aprobada por el Concejo Municipal, conforme a la facultad conferida por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972, concordante con el artículo 40º, debiendo previamente contar con el Dictamen de la Comisión de Regidores correspondiente; Que, en este contexto, dentro de las políticas establecidas en la presente administración municipal, se encuentra la de otorgar a los vecinos del Distrito de Ate, las más amplias facilidades para que puedan cumplir con obtener su Plano de Trazado y Lotización a fin de acceder a los servicios básicos junto a las mejores condiciones de seguridad para sus familias; Que, la Sub Gerencia de Planificación Urbana y Catastro, ha determinado la necesidad de ejecutar correctamente los procedimientos administrativos, para lo cual ha determinado efectuar el sinceramiento del uso del suelo, en particular de las Organizaciones Sociales de Vivienda ubicadas en laderas de cerros, para lo cual presentará a la brevedad el Estudio Técnico para el Reajuste de Zonificación de Protección y Tratamiento Paisajístico ­ PTP a Zona de Reglamentación Especial ZRE de dicho sector del distrito de Ate, así como presentar

la propuesta de incorporación al Planeamientos Integrales de Sector a las Organizaciones Sociales calificadas y beneficiarias de los Esquemas de Servicios Básicos aprobados por las empresas prestadoras de servicios que hayan cumplido con la respectiva mitigación de riesgos, es decir que necesariamente deberán de contar con la calificación de Riesgo Medio o Riesgo Bajo, para su consideración, siendo debidamente evaluada por la Sub Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres; Que, asimismo se ha denotado que algunos Reconocimientos de Planos de Trazado y Lotización aprobados bajo la Ordenanza Nº 341-MDA y sus modificatorias, que cuenten con observaciones por la empresa prestadora de servicios Luz del Sur, deberán de tomarse en cuenta a fin de proseguir con la regularización ante la empresa respectiva y obtener los servicios básicos para el desarrollo de la población, para lo cual la evaluación correspondiente se basará netamente en las observaciones realizadas por las empresas prestadoras de servicios, esto no ameritará cambios y/o ampliaciones de lotes vivienda descrito en su reconocimiento antes aprobado; Que, la Municipalidad de Ate ha tomado conocimiento que el PROGRAMA "AGUA SEGURA PARA LIMA Y CALLAO" del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha priorizado para el año 2018, el desarrollo y ejecución del Proyecto "Ampliación de los sistemas de agua potable y alcantarillado en nuevas habilitaciones partes altas de Huaycán II Sectores 150,151,152,153 y 154 Ate" por un monto de S/.130,176,899.13 soles; por lo que resulta necesario dictar medidas adecuadas que permitan brindar apoyo a los Asentamientos Humanos y Organizaciones Sociales de Vivienda para que puedan

COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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