Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2019 (01/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Lunes 1 de abril de 2019

NORMAS LEGALES
Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1755474-5

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recibido por la Municipalidad Distrital de Castilla el 8 de noviembre de 2018 (fojas 106), solicitó a Roberth Sánchez Córdova, primer regidor de la referida comuna, remitir en el plazo de dos (2) días hábiles, entre otros documentos, la constancia de publicación del texto completo del RIC y la ordenanza municipal que lo aprueba, según lo establecido en el artículo 44 de la LOM, a fin de verificar aspectos relacionados a la validez del RIC. Sin embargo, pese a haber transcurrido en exceso el plazo otorgado, la entidad edil no ha cumplido dicho requerimiento. 15. Así las cosas, en atención a los principios de economía y celeridad procesales, este órgano electoral considera necesario emitir pronunciamiento para efectivizarlos, en tanto ellos están destinados a hacer que los procesos se tramiten de manera más rápida y menos onerosa, más aun cuando existen suficientes elementos que evidencian la transgresión de la garantía de la doble instancia, enmarcada en el principio del debido procedimiento. 16. En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta que a la fecha de la emisión de este pronunciamiento los efectos de la suspensión ya ocurrieron entre el 8 de octubre y el 6 de noviembre de 2018, y que el concejo distrital no respetó la garantía de la doble instancia, remitió tarde el recurso de apelación, dilató su resolución y no remitió la documentación requerida en el Oficio Nº 09620-2018-SG/ JNE; y al haberse efectivizado la suspensión temporal del cargo de la autoridad edil, este órgano colegiado estima conveniente declarar la nulidad del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2018-MDC-C, del 6 de octubre de 2018, que suspendió a Luis Alberto Ramírez Ramírez. Así también, es menester señalar que el referido acuerdo que obra en autos en copia fedateada, solamente está firmado por el secretario general y no por el representante de la comuna edil, lo cual le quita validez. 17. Por otro lado, ante la sanción indebidamente efectivizada y consumada, este órgano colegiado considera que para este caso no se debe devolver los actuados al Concejo Distrital de Castilla para que emita un nuevo pronunciamiento, pues el perjuicio hacia la autoridad ya fue consumado, permitirlo sería exponerla a una doble sanción, lo cual sería inoficioso más aun considerando que el periodo de gobierno 2015-2018 de las autoridades del Concejo Distrital de Castilla, está culminando. 18. Por último, sin perjuicio de lo decidido, este órgano colegiado considera que ante la evidente irregularidad corresponde remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal de Piura, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de los miembros del Concejo Distrital de Castilla, de acuerdo con sus competencias. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 004-2018-MDC-C, del 6 de octubre de 2018, que declaró fundada la solicitud de suspensión por 30 días naturales de Luis Alberto Ramírez Ramírez por falta grave, de acuerdo con el reglamento interno del concejo municipal, causal prevista en el artículo 25, numeral 4, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- LLAMAR LA ATENCIÓN PÚBLICAMENTE a los miembros del Concejo Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura, para que adecúen sus procedimientos de suspensión, de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y recomendarles que respeten los principios del debido proceso y la garantía de la doble instancia. Artículo Tercero.- REMITIR copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, a fin de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno para que evalúe la conducta de los miembros del Concejo Distrital de Castilla, de acuerdo con sus competencias.

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Aprueban el "Plan Operativo Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el Año Fiscal 2019"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000111-2019-JN/ONPE Lima, 29 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe N° 000073-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe N° 000062-2019-GPP/ ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe N° 000169-2019-SGPL-GPP/ONPE, de la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como, el Informe N° 000122-2019-GAJ/ ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo Nº 034-82-PCM se establece que los organismos de la Administración Pública de nivel central formularán, aplicarán, evaluarán y actualizarán políticas de gestión institucional y planes operativos institucionales para orientar su gestión administrativa; Asimismo, a través del Decreto Supremo N° 029-2018PCM, se aprobó el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, el cual reglamenta la vinculación entre las políticas nacionales y los planes estratégicos, incluyendo los planes institucionales; en cuyo marco se aprobó el Decreto Supremo N° 056-2018-PCM, que aprueba la Política General de Gobierno al 2021, la cual establece los lineamientos prioritarios de gestión gubernamental al año 2021; En mérito a lo anterior, con Resolución Jefatural Nº 000295-2017-JN/ONPE, se aprobó el Plan Estratégico Institucional 2018 ­ 2021 de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el cual se encuentra articulado a la Política General de Gobierno; En esa línea, el Plan Operativo Institucional (POI) de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha sido elaborado en base a la programación de recursos para el cumplimiento de las metas propuestas por las dependencias de la institución y según el presupuesto autorizado por el Ministerio de Economía y Finanzas; asimismo, el citado instrumento de gestión servirá como guía a los distintos órganos para la ejecución de sus actividades y según el presupuesto programado; En aplicación de lo precitado, a través de las Resoluciones Jefaturales Nº 000098-2018-JN/ONPE y N° 000315-2018-JN/ONPE se formalizó la aprobación del Plan Operativo Institucional 2019, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en sus versiones 00 y 01, respectivamente; en el marco de lo dispuesto en la "Guía para el Planeamiento Institucional", aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN/PCD, y modificada a través de las

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