Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2019 (25/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 25 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

41

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Viceministro Exteriores de Relaciones

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2019-RE Lima, 24 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 26 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que el cargo constituye la función real y efectiva que se encomienda al funcionario del Servicio Diplomático de acuerdo a su categoría y a los requerimientos de la política exterior del Estado; Que la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que dentro de su estructura orgánica básica, la Alta Dirección está conformada por tres funcionarios: Ministro, Viceministro y Secretario General; Que la Ley N° 29357, dispone que el Viceministro de Relaciones Exteriores es un Embajador del Servicio Diplomático de la República en situación de actividad, y, entre otras, tiene la función de formular, coordinar, ejecutar y supervisar, por encargo del Ministro de Relaciones Exteriores, la política exterior del Estado, y, cumplir con las obligaciones propias del cargo de Jefe del Servicio Diplomático; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jaime Antonio Pomareda Montenegro, como Viceministro de Relaciones Exteriores. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1763383-8

SALUD
Modifican la R.M. N° 367-2018/MINSA, que conformó la Unidad Funcional de Alimentación y Nutrición adscrita al Despacho Viceministerial de Salud Pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 370-2019/MINSA Lima, 23 de abril de 2019 Visto, el Expediente N° 19-021435-001/002, la Nota Informativa Nº 293-2019-DGIESP/MINSA y el Memorando Nº 1356-2019-DGIESP/MINSA, de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; CONSIDERANDO: Que, la Décima Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, incoporada por el

Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, que modifica los Lineamientos de Organización del Estado, establece que una entidad pública puede conformar una unidad funcional al interior de alguno de sus órganos o unidades orgánicas, siempre que el volumen de operaciones o recursos que gestione así lo justifique, de modo tal de diferenciar las líneas jerárquicas, y alcances de responsabilidad. Su conformación se aprueba mediante resolución de la máxima autoridad administrativa, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, salvo disposición expresa establecida en norma con rango de ley o decreto supremo. Las unidades funcionales no aparecen en el organigrama ni su conformación supone la creación de cargos ni asignación de nuevos recursos; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado con Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado con Decreto Supremo N° 011-2017-SA y el Decreto Supremo Nº 032-2017-SA, dispone que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de Salud Pública en materia de Salud Mental, Prevención y Control de Discapacidad, Salud Sexual y Reproductiva, Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas, Prevención y Control del Cáncer, Inmunizaciones, Salud Bucal, Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, Prevención y Control de VIH- SIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis, Prevención y Control de la Tuberculosis, Intervenciones por curso de vida y cuidado integral, Promoción de la Salud; y Pueblos Indígenas u originarios; Que, el literal a) del artículo 77 del citado Reglamento dispone que son funciones de la Dirección de Promoción de la Salud, identificar, promover y coordinar las intervenciones estratégicas de prevención, control y reducción de riesgos y daños vinculados a la salud familiar, salud escolar; alimentación y nutrición saludable; seguridad vial y cultura de tránsito; considerando las acciones de promoción de la salud, los determinantes sociales de la salud y los enfoques de derechos humanos, género e interculturalidad en salud en todas las etapas de vida, así como monitorear su desempeño en los diferentes niveles de gobierno; Que, mediante Resolución Ministerial N° 367-2018/ MINSA, se conformó la Unidad Funcional de Alimentación y Nutrición adscrita al Despacho Viceministerial de Salud Pública; Que, con los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública propone la modificación del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 367-2018/MINSA, a fin de modificar la denominación de la Unidad Funcional de Alimentación y Nutrición y adscribirla a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública para articular acciones intersectoriales y multisectoriales vinculadas a la alimentación y nutrición y de esa manera mejorar la toma de decisiones que beneficiarán la atención integral de salud; Que, a través del Informe Nº 041-2019-OOM-OGPPM/ MINSA, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, ha emitido opinión favorable a la modificación de la Resolución Ministerial N° 367-2018/ MINSA, a fin de continuar con la reducción y control de la prevención de anemia materno infantil y desnutrición crónica; Que, asimismo, mediante Informe Nº 180-2019OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud ha emitido opinión legal; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organización y Funciones del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.