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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2019 (06/12/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

TEXTO PAGINA: 130

130 NORMAS LEGALES Viernes 6 de diciembre de 2019 / El Peruano El plazo del trámite para la Regularización de la Licencia de Edi fi cación ante la Municipalidad es de treinta (30) Días hábiles, transcurrido el cual, será la aplicación el Silencio Administrativo Positivo, siempre y cuando no existan observaciones pendientes a subsanar. Articulo Quinto.- DE LAS TOLERANCIAS A LOS PARAMETROS URBANISTICOS Y DE LA VERIFICACION DE LA EDIFICACION PARA EL PROCESO DE REGULARIZACION DE EDIFICACIONES. Durante la inspección técnica de la edi fi cación regularizar, se veri fi cará el cumplimiento de los parámetros Correspondientes a la zoni fi cación donde se ubica el predio, teniendo en cuenta las siguientes tolerancias, con respecto al certi fi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios. Parámetro TOLERANCIA Retiro Municipal Podrá subsanarse con Certi fi cado de alineamiento (Solo si a lo largo de toda la cuadra donde se ubica el predio existe consolidación urbana en más del 50% del número total de predios) Área Libre 1.- Para las edi fi caciones con zoni fi cación residencial de densidad media-RDM, cuyos parámetros urbanísticos les permitan edi fi car hasta 3 pisos de acuerdo a la orde- nanza N°1146 y 1117 MML, según sean: a) Lotes medianeros: Hasta un mínimo de 10% del área del lote.b) Lotes en esquina: Hasta un mínimo de 7.5% del área del lote.2.- Para las edi fi caciones con zoni fi cación residencial de densidad baja, cuyos parámetros urbanísticos les per-mitan edi fi car hasta 2 pisos de acuerdo a la Ordenanza N°1146 y 117-MML a) Lotes medianeros y en esquina: Hasta un mínimo de 10% del área del lote.3.- Para las edi fi caciones con zoni fi cación Casa Huerta 1,2 y 3, cuyos parámetros urbanísticos les permitan ed-ifi car hasta 2 pisos de acuerdo a la Ordenanza N°1146 y 117-MML 4.- Para las edi fi caciones con zoni fi cación comercio vecinal- CV, Cuyos parámetros urbanísticos les permitan edifi car hasta 3 pisos (Ord N°1146 y 1117-MML) en las cuales se haya edi fi cado vivienda: Lotes Medianeros: Hasta un mínimo de 15% del área del lote.Lotes en esquina: Hasta un minuto de 10% del área del lote. 5.- Para las edi fi caciones con zoni fi cación comercio zonal-CZ, cuyos parámetros urbanísticos los permitan edifi car hasta 9 mts. (Ord N°1146 y 1117-MML) en las cuales se haya edi fi cado vivienda: a) Lotes Medianeros: Hasta un mínimo de 20% del área del lote.b) Lotes en esquina: Hasta un mínimo de 15% del área del lote.*** Para todos estos casos, se permitirán tales porcen-tajes de área libre siempre y cuando los ambientes ten-gan iluminación y ventilación natural. Coef. Edi fi cación El resultante Alero Exterior Se permitirá el alero exterior hasta 0.50 m sobre la vía pública como máximo y una altura mínima de 2.10m sobre la misma. *** Nota.- Las tolerancias a los Parámetros Urbanísticos y Edi fi catorios serán sustentadas por el profesional responsable en la Memoria Descriptiva. Cabe indicar que en lo referente a la altura de la edi fi cación se considera como azotea a nivel accesible encima del techo del último nivel techado donde solo se permitirá la ubicación de las instalaciones complementarias (cajas de escalera, cuarto de máquina para ascensor, tanque elevado) TITULO III CONFORMIDAD DE OBRA Y DECLARATORIA DE EDIFICACION Articulo Sexto.- DE LOS REQUISITOS Al aprobarse los planos con la respectiva Licencia de Regularización, el administrado podrá continuar con el Trámite de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi fi cación, adjuntando para ello la siguiente documentación técnica debidamente fi rmada y sellada por el profesional responsable y el propietario. Cabe indicar que solo podrán solicitar la conformidad de obra y declaratoria de edi fi cación todos los pueblos que hayan sido formalizados por la Entidad Cofopri y así mismo las que tengan Habilitación Urbana inscritas en Registros Públicos. A continuación, se describe los requisitos a presentar: - Formulario FUE (Declaratoria de Edi fi cación) por triplicado, debidamente llenados, fi rmados y sellados por el profesional responsable y el propietario y de existir condominios con Anexo A o B (por triplicado). - Documentación técnica de la edi fi cación debidamente fi rmada y sellada por el profesional responsable y el Propietario. - Planos de Localización Ubicación a escala 1/500 y 1/10000 por triplicado. - Plano de Distribución del inmueble a escala 1/50 y 1/100 por triplicado. Nota .- Los Membretes de todos los planos deben señalar el procedimiento “ Declaratoria de Edi fi cación mediante Ordenanza N° 233-2019-MDP/C. Pago por derecho de trámite para el procedimiento de Declaratoria de Edi fi cación según siguiente escala: Uso de suelo según plano de Zoni fi cación% de la UIT vigente (S/. 39.50)MONTO (Nuevos Soles) Uso residencial unifamiliar 3% S/. 118.50 Uso residencial multifa- miliar5% S/. 197.50 Uso Comercio Vecinal 8% S/. 316.00 Uso Comercio Zonal 10% S/. 395.00 Uso Comercio Metropoli- tano o Industrial Elemental O Industrial Liviano15% S/. 592.50 Articulo Septimo.- DEL PROCEDIMIENTO:El procedimiento a seguir para la obtención de la Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi fi cación es el siguiente: El expediente de Conformidad de Obra y Declaratoria de Edi fi cación establecida en la presente Ordenanza ingresará por la Sub Gerencia de Tramite Documentario y Archivo y será remitida a la Sub Gerencia de Obras Privadas, catastro y Habilitaciones Urbanas donde se precederá a: - La Veri fi cación Administrada, que corresponde a la revisión de la documentación presentado por el interesado. - La Veri fi cación Técnica, que corresponde a la revisión y evaluación de la documentación técnica presentada (planos) y después a la inspección para la veri fi cación de la edi fi cación y contrastar lo expresado en los planos con la edi fi cación existente. De existir observaciones subsanables, se noti fi cará al propietario para que efectué las respectivas subsanaciones en un plazo de diez 15 días hábiles, vencido el cual se tendrá por abandonado el procedimiento, archivándose el expediente en forma de fi nitiva sin devolución de los derechos y pagos realizados. En caso de solicitar el desarchiva miento del expediente (mediante un anexo administrativo) Se adjuntará el comprobante del pago hecho en Caja por un monto equivalente al 50% de su respectivo derecho de trámite inicial. Si el resultado de la veri fi cación es CONFORME, se emitirá la Resolución correspondiente por parte del Sub Gerente de Obras Privadas, Catastro y Habilitaciones Urbanas. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Aquellos propietarios de edi fi caciones que no se acojan a la presente Ordenanza de Regularización