Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 123

El Peruano / Viernes 6 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: VISTO, el Oficio Nº 001-090-00009514 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT, de fecha 01 de octubre de 2019, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 278-MDSL/C, que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la citada ordenanza de la Municipalidad Distrital de San Luis, y; CONSIDERANDO:

Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativamente en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; ACORDÓ: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria Artículo Primero.- Ratificar veintiocho (28) derechos expedidas por las municipalidades distritales deben ser de trámite relacionados a veintiocho (28) procedimientos ratificadas por las municipalidades provinciales de su administrativos y servicios brindados en exclusividad circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, Que, la municipalidad distrital recurrente aprobó la listados en el Anexo A del Informe Nº 266-181-00000878, ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio aprobados en la Ordenanza Nº 278-MDSL/C por la de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los Municipalidad Distrital de San Luis; luego de haberse documentos que la sustentan, con carácter de Declaración verificado que su establecimiento se ha efectuado de Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y conformidad con la normativa vigente en cuanto responde el citado organismo en uso de sus competencias, a través al costo que incurre la municipalidad en la prestación del del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de servicio, en la medida que se han establecido, teniendo Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000878, en cuenta el marco legal vigente: Ley Nº 27444, Ley del de fecha 26 de setiembre de 2019, según el cual se Procedimiento Administrativo General y modificatorias; pronunció favorablemente respecto a 28 derechos de Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento trámite que corresponden a un total de 28 procedimientos y modificatorias, Decreto Supremo Nº 045-2019administrativos y servicios prestados en exclusividad, PCM, que aprueba los procedimientos administrativos cuyos costos han sido sustentados, listados en el Anexo estandarizados de Licencia de Funcionamiento, A, aprobados en la ordenanza materia de la ratificación; Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, Reglamento de Que, el mencionado Informe se sustenta en los Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en así como también el Decreto Supremo Nº 064-2010la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana PCM, que aprueba la metodología de determinación de de Lima, que sustituye a la Ordenanza Nº 1533 y costos de los procedimientos administrativos y servicios modificatorias; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, Administrativo General y modificatorias, el TUO de entre otras normas vinculadas con el establecimiento de la misma; el TUO de la Ley de Tributación Municipal los procedimientos administrativos y servicios prestados aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modificado por la en exclusividad aplicables al caso, según lo informado Ley Nº 30230; el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros por el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria en el Diario Oficial El Peruano del texto de la ordenanza de Lima-SAT en su Informe Nº 266-181-00000878. distrital y el acuerdo ratificatorio que contiene los derechos ANEXO A· INFORME N° 268-181-00000878 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS - ORDENANZA N' 278·MDSL/C
UIT= Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO/SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD S/ GERENCIA DE DESARROLLO URBANO 8.1. SUBGERENCIA DE GESTION RIESGOS DE DESASTRES, CONTROL Y SANCIONES: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS 8.1.1. Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo o medio (Para objetos de inspección que requieren o no Licencia de Funcionamiento). a) Edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo b) Edificaciones calificadas con nivel de riesgo medio. 8.1.2. Renovación del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones para edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo o medio (Para objetos de inspección que requieren o no Licencia de Funcionamiento) a) Edificaciones calificadas con nivel de riesgo bajo 83.80 83.90 99.88% 3 85.00 100.30 85.09 100.35 99.89% 99.95% 1 2 S/ S/ 4,200 (I/C) Nº TRAMITE DERECHO (I) COSTO (C) % COBERTURA DERECHO

de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la ratificación. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, de corresponder (numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444); Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del informe en mención, financiará el 99.98% de los costos considerados en su costeo; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 89-2019-MML/CMAEO de fecha 03 de octubre de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

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