Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Viernes 6 de diciembre de 2019
CODIGO INFRACCION

NORMAS LEGALES
ESCALA MG MONTO DE LA MULTA (UIT) 10 UIT, por hectárea (ha) o fracción de ha afectada 10 UIT, por hectárea (ha) o fracción de ha afectada 10 UIT, por hectárea (ha) o fracción de ha afectada

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MEDIDA COMPLEMENTARIA Retención, clausura, retiro, paralización, demolición, denuncia según sea el caso. Retención, clausura, retiro, paralización, demolición, denuncia, según sea el caso. Retención, clausura, retiro, paralización, demolición, denuncia, según sea el caso.

6.1.002 Ocupar, habilitar e/o instalar módulos dentro de las áreas intangibles. Ejecutar trabajos de excavación, corte de cerros, movimientos de tierra, nivelación, relleno y calambucos en zona de área intangible. Realizar perforaciones y/o voladuras de rocas con cualquier tipo de explosivos, en zona de área intangible por parte de poseedores, por terceros o por cuenta de aquellos, incluyendo a los propietarios de los equipos y maquinaria con los que se comete infracción. Habilitar o construir carreteras, caminos, trochas o cualquier otra clase de comunicación, u otros tipos de infraestructura, dentro de las áreas intangible. Generar fuego abierto, disponer residuos y/o emplear insumos que perjudique al componente biológico o paisajístico, dentro de las áreas intangibles.

6.1.003

MG

MG

6.1.004

6.1.005

MG

10 UIT, por kilómetro (Km) Retención, clausura, retiro, o fracción de Km de vía paralización, demolición, abierta o construida denuncia, según sea el caso. 10 UIT, por hectárea (ha) o fracción de ha afectada Paralización, ejecución, denuncia, según sea el caso.

6.1.006

MG

Aprovechar los recursos forestales maderables, a excepción del aprovechamiento de los árboles muertos y productos de las podas, los cuales se aprovechan de 6.1.007 acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y sus Reglamentos, en zona de área intangible. 6.1.008 Introducir, plantar o sembrar especies exóticas de flora o fauna silvestre, en zona de área intangible.

MG

Retención, retiro, 10 UIT, por hectárea (ha) paralización, denuncia según o fracción de ha afectada sea el caso. Retención, retiro y/o 10 UIT, por hectárea (ha) paralización, denuncia según o fracción de ha afectada sea el caso.

MG

Realizar caza deportiva de especies de fauna silvestre, en zona de área intangible. a) Del grupo 2 (caza mayor: comprende a mamíferos mayores y mamíferos mayores cimarrones o asilvestrados.) b) Del grupo 3 (especies bajo régimen especial: Comprende a las especies amenazadas categorizadas como vulnerables y a las especies incluidas en los 6.1.009 Apéndices de la Convención CITES) c) La caza deportiva de especies de fauna silvestre del grupo 1 (caza menor: Involucra especies de aves terrestres, aves acuáticas, mamíferos menores y especies menores cimarronas o asilvestradas.), incluyendo la cetrería. Asimismo, se restringe el empleo de perros para el desarrollo de la actividad. El cambio de uso actual a fines agropecuarios en los ecosistemas frágiles con 6.1.010 tierras de capacidad de uso mayor forestal o de capacidad de uso mayor para protección, con o sin cobertura vegetal, en zona de área intangible. 6.1.011 El desbosque en áreas de distribución de poblaciones de especies amenazadas o reconocidas como endémicas en el país, consideradas como áreas de alto valor de conservación, en zona de área intangible.

MG

Retención, retiro, 10 UIT, por hectárea (ha) paralización, denuncia, según o fracción de ha afectada sea el caso.

MG

Retención, retiro, 10 UIT, por hectárea (ha) paralización, denuncia según o fracción de ha afectada sea el caso. Retención, retiro y/o 10 UIT, por hectárea (ha) paralización, denuncia según o fracción de ha afectada sea el caso. 15 UIT, por hectárea (ha) o fracción de ha afectada Retención, retiro, paralización, remoción, demolición, denuncia según sea el caso.

MG

6.1.012 Instalar antenas de cualquier tipo dentro de la zona de área intangible.

MG

1833844-1

Autorizan viaje de regidores a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 066-2019-MDP/C Pachacámac, 27 de noviembre del 2019. El Concejo Municipal de Pachacámac, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO: Las Cartas Nº 0022, 0023 y 0025 de Onward Internacional, el Memorando Nº 679-2019-MDP/SG de Secretaría General, el Memorando Nº 613-2019-MDPGPP de Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorandum Nº602-2019-MDP/GAF de Gerencia de Administración y Finanzas y el Informe Nº 431-2019-MDPGM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre la autorización de viaje a la Ciudad de Medellín ­ Colombia para la asistencia de los regidores María Ysabel Olortegui Ochoa, Jorge Enrique Curo Masías e Isaac Rómulo López Tello al Curso Taller Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento del Desarrollo Local en Municipios, promoción e internacionalización de las Pequeñas y Micro empresas en América Latina; y,

CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades Que, el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que "La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico." Que, el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, establece que "Los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional." Que, mediante Cartas Nºs. 0022, 0023 y 0025 Onward Internacional cursa invitación a los señores regidores Isaac Rómulo Lopez Tello, María Ysabel Olortegui Ochoa y Jorge Enrique Curo Masías, para que puedan asistir al Curso Taller Internacional de Capacitación sobre

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