Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2019 (06/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 136

136

NORMAS LEGALES

Viernes 6 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Fortalecimiento del Desarrollo Local en Municipios, promoción e internacionalización de las Pequeñas y Micro empresas en América Latina, la misma que se realizará los días 11, 12 y 13 de diciembre del 2019 en MedellínColombia, debiendo programar llegada el día 10 de diciembre del 2019 y partida el 14 de diciembre del 2019. Que, mediante Memorandum Nº 679-2019-MDP/SG la Secretaría General solicita a la Gerencia de Administración y Finanzas informe si es que el Corporativo cuenta con disponibilidad presupuestal para poder atender la invitación de la referencia. Que, con Memorándum Nº 602-2019-MDP-GAF la Gerencia de Administración y Finanzas, deriva los actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicitando informe si se cuenta con la disponibilidad presupuestal por el monto de S/. 21, 541.08 (VEINTIUN MIL QUINIENTOS CUARENTAIUN Y 08/100 SOLES) con el cual se cubrirá la asistencia de los 03 regidores al Taller Internacional Que, con Memorándum Nº 613-2019-MDP-GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa que cuenta con la Disponibilidad Presupuestal necesaria para cubrir dicha actividad en la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, Rubros 07 "Fondo de Compensación Municipal". Que, con Informe Nº 431-2019-MDP-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente la autorización de viaje al exterior solicitada, correspondiendo al Concejo Municipal aprobar dicha autorización. Estando a lo expuesto y al amparo de las facultades establecidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 080-2010 y su modificatoria 002-2015­MDP/C, que aprueba el Reglamento Interno del Concejo Distrital. El pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD adoptó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a la Ciudad de Medellín ­ Colombia de los regidores María Ysabel Olortegui Ochoa, Jorge Enrique Curo Masías e Isaac Rómulo López Tello para que puedan participar en el Curso Taller Internacional de Capacitación sobre Fortalecimiento del Desarrollo Local en Municipios, Promoción e Internacionalización de las Pequeñas y Micro empresas en América Latina, del 10 de diciembre del 2019 al 14 de diciembre del 2019. Artículo Segundo.- AUTORIZAR por concepto de gastos por cobertura de pasajes Lima ­ Medellín (Colombia) ­ Lima, así como el costo de participación en dicho evento la suma de S/. 21,541.08 (VEINTIUN MIL QUINIENTOS CUARENATIUN Y 08/100 SOLES); asimismo, autorizar los gastos por conceptos de viáticos conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013 PCM que reglamenta los viajes al exterior de funcionarios públicos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente acuerdo, en el diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente acuerdo. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO Alcalde 1833845-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTO, el Informe Nº 127-2019-MSB-GSP-UDS de la Unidad de Determinantes de la Salud de fecha 01 de octubre de 2019, el Informe N° 060-2019-MSB-GSP de la Gerencia de Salud Pública de fecha 02 de octubre de 2019, el Informe N° 188-2019-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 15 de octubre de 2019, el Informe N° 162-2019-MSB-GMOPE de la Oficina de Planificación Estratégica de fecha 15 de octubre de 2019, el Informe N° 459-2019-MSBOAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 23 de octubre de 2019, el Proveído N° 1862-2019-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 25 de octubre de 2019, el Memorándum N° 026-2019-MSB-GM-OPEUPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 17 de octubre de 2019, el Memorándum N° 51-2019-MSB-GSP-UDS de la Unidad de Determinantes de la Salud de fecha 18 de octubre de 2019, el Informe N° 146-2019-MSB-GSP-UDS de la Unidad de Determinantes de la Salud de fecha 23 de octubre de 2019, el Informe N° 195-2019-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 24 de octubre d 2019, el Memorándum N° 299-2019-MSB-GM-OPE de la Oficina de Planificación Estratégica de fecha 24 de octubre de 2019, el Informe N° 469-2019-MSB-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de fecha 28 de octubre de 2019, el Proveído N° 1863-2019-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 28 de octubre de 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que: "Para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal"; Que, el literal h) del artículo 50° de la Ordenanza N° 621-MSB, que aprueba el Reglamento de Organizaciones y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Borja, establece como funciones de la Oficina de Planificación Estratégica, entre otras, la de: "Conducir y proponer normas, directivas y otros instrumentos de gestión en materia de su competencia"; asimismo, el literal f) del artículo 55° de la Ordenanza citada, establece como funciones de la Unidad de Planeamiento y Racionalización, entre otras, la de: "Conducir la elaboración del Texto Único de Servicios No Exclusivos de acuerdo con su competencia, y en coordinación con los órganos y unidades orgánicas"; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 236-2019-MSB-A de fecha 07 de julio de 2019 se aprobó el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja; el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE, que compila los servicios no exclusivos de la Municipalidad, los cuales son brindados por la Entidad para satisfacer a la población que requiera de algún servicio municipal, para cuyo efecto se tiene que contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, con Informe N° 127-2019-MSB-GSP-UDS de fecha 01 de octubre de 2019, la Unidad de Determinantes de la Salud, por medio de la Gerencia de Salud Pública, eleva la propuesta de inclusión en el Texto Único de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Borja, el Servicio de Esterilización en el Servicio de Medicina Veterinaria, por lo que, remite el Informe N° 119-2019-GSP-UDS/KAVE de fecha 20 de setiembre de 2019; y con Informe N° 146-2019-MSBGSP-UDS de fecha 23 de octubre de 2019, la Unidad de Determinantes de la Salud, remite el Informe N° 095-2019-MSB-UDS-SMV, el cual señala que, luego de haber realizado la evaluación correspondiente del

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Modifican Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 333-2019-MSB-A San Borja, 25 de noviembre de 2019

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.