Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2019 (08/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín DECRETA: Artículo Primero.APROBAR EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL REGIONAL DE SAN MARTÍN CAR-SM., EL MISMO QUE CONSTA DE SEIS (06) TÍTULOS, SEIS (06) CAPÍTULOS Y TREINTA Y CUATRO (34) ARTÍCULOS, que en anexo adjunto forman parte del presente Decreto, quedando sin efecto legales los actos resolutivos que se opongan al presente Decreto. Artículo Segundo.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a las instituciones integrantes de la CAR-SM, a todas las instancias internas del Gobierno Regional y a la Dirección de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental del MINAM para su conocimiento; así como DIFUNDIR en el portal electrónico del Gobierno Regional y PUBLICARLO en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese. PEDRO BOGARÍN VARGAS Gobernador Regional 1834663-1

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que aprueba el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2019 con visión al 2035
ORDENANZA N° 2194 Lima, 5 de diciembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Oficio Nº1288-19-MML-IMP-DE del Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación, el Oficio Nº3921-2019-MML-PMRCHL del Gerente del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA y el Informe Nº788-2019MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972, se llevó a cabo la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura, en su décimo sétima (17ª) reunión celebrada en París, en la cual se aprobó "La Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural"; Que, mediante la Resolución Suprema Nº2900-72ED de fecha 28 de diciembre de 1972, la República del Perú resuelve: "1º.- Declárense Monumentos, Ambientes Urbanos Monumentales y Zonas Monumentales los inmuebles y áreas urbanas siguientes: (...) Provincia de Lima (...) Distrito de Lima (...)"; Que, posteriormente, el Perú se adhiere a la "Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural", mediante la Resolución Legislativa Nº23349, de fecha 21 de diciembre de 1981, la misma que obtuvo rango de Ley; Que, con fecha 13 de diciembre de 1991, la UNESCO - Oficina de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, reconoce al Centro Histórico de Lima, como: "Patrimonio Cultural de la Humanidad"; Que, consecuente al reconocimiento por parte de la UNESCO, el Perú procede a otorgar protección al Patrimonio Cultural de la Nación, en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú; Que, a partir del año 1993, el Centro de Patrimonio Mundial ha emitido doce reportes, pronunciándose sobre los instrumentos de manejo del Centro Histórico de Lima y el estado de conservación, identificando cuatro grandes problemas: (i) problemas de gestión, referidos a la necesidad de generar y luego actualizar el plan maestro del Centro Histórico de Lima; (ii) problemas generales, como la tugurización y deterioro de la vivienda, entre otros; (iii) problemas específicos, vinculados a obras y/o proyectos, realizados o por realizarse dentro del Centro Histórico, como el Metropolitano, y (iv) desastres y ocurrencias que hayan tenido un impacto, social o material, en el patrimonio que contiene el Centro Histórico de Lima; Que, con fecha 13 de julio de 1994, el Concejo Metropolitano, en sesión ordinaria aprobó la Ordenanza Nº 062 - Reglamento de la Administración del Centro Histórico de Lima; publicada el 18 de agosto de 1994. Asimismo, el 21 de diciembre del año 1998, el Concejo Metropolitano, en sesión ordinaria aprobó la Ordenanza Nº 201 ­ Plan Maestro Centro de Lima;

Publican concesión minera cuyo título fue aprobado en el mes de noviembre de 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 104-2019-GRSM/DREM Moyobamba, 11 de noviembre del 2019 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/ DM, declaran que el Gobierno Regional de San Martín ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario Oficial "El Peruano" la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior; De conformidad a las funciones establecidas en el artículo 126º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín; aprobado con Ordenanza Regional Nº 023-2018-GRSM/CR. SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Oficial "El Peruano" la concesión minera cuyo título fue aprobado en el mes de noviembre del 2019 de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESIÓN; B) CÓDIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCIÓN DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM WGS84 DE LOS VÉRTICES EXPRESADOS EN KILÓMETROS 1.- A) JL KACEDI B) 720000519 C) JUAN JESUS HERRERA ROMERO D) 103-2019-GRSM/DREM E) 18 F) V1:N9332 E278 V2:N9330 E278 V3:N9330 E277 V4:N9332 E277. Regístrese y publíquese. WENCESLAO DEL ÁGUILA SOLANO Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 1832567-1

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