Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2019 (08/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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presenta el Proyecto de Ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de San Antonio de Huarochirí, que tiene por objetivo normar y regular la gestión integral de los residuos sólidos, así como contar con disposiciones técnicas, regulatorias que orienten hacia una gestión integral de los residuos que se generan en el distrito; Que, con Memorándum Nº 110-2019-GSCMA-MDSA de fecha 29 de octubre del 2019 la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente informa a Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en relación al proyecto de Ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de San Antonio de Huarochirí, que mediante Ordenanza Municipal Nº 0062019-MDSA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de San Antonio Provincia de Huarochirí, Lima, la cual establece en su artículo 29º inciso o), indica que es función de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; entre otras, "Conducir los procesos de formulación de planes de desarrollo institucional, planes de acondicionamiento territorial, plan de desarrollo urbano y gestión ambiental de corto, mediano y largo plazo", así mismo en el inciso p) se establece entre otras funciones "Dirigir, coordinar y controlar la elaboración y puesta en marcha de los instrumentos normativos de gestión institucional, en concordancia con las normas técnicas del Sistema de Racionalización y otras disposiciones legales vigentes", por lo que solicita su aprobación; Que, con Informe Nº 142-2019-GPyP-MDSA de fecha 08 de noviembre del 2019, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto informa a Gerencia Municipal en relación al proyecto de ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de San Antonio de Huarochirí, que el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1278-2010-MINAM, que Aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que: Las Municipalidades Distritales en materia de manejo de residuos sólidos son competentes entre otras para: a) Asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos. c) Normar, en su jurisdicción, el manejo de los servicios de residuos sólidos bajo su competencia, en concordancia con las disposiciones emitidas por las municipalidades provinciales. d) Aprobar y actualizar el plan distrital de manejo de residuos, para la gestión eficiente de los residuos de su jurisdicción, en concordancia con los planes provinciales y el plan nacional. f) Regular, supervisar, fiscalizar y sancionar el manejo de los residuos de demolición o remodelación de edificaciones en el ámbito de su competencia Y habiendo evaluado el informe Nº 014-2019-SGGASAS-GSCMA-MDSA, se considera necesario aprobar instrumentos legales para el ejercicio de la función de fiscalización ambiental, para el ejercicio del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental ­ PLANEFA, concluyendo que considerando la normativa vigente en la materia y las opiniones favorables de las unidades orgánicas respecto al proyecto de ordenanza, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable al proyecto presentado por la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Servicios de Agua y Saneamiento, por lo que se debería elevar al Concejo Municipal para su aprobación; Que, con Memorándum Nº 488-2019-GM-MDSA de fecha 11 de noviembre del 2019, Gerencia Municipal remite los documentos de la referencia a Gerencia de Asesoría Jurídica, para opinión legal sobre el proyecto de Ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de San Antonio de Huarochirí, por lo que solicita se continúe con el trámite correspondiente para su aprobación; Que, con Informe Nº 122-2019-GAJ-MDSA de fecha 20 de noviembre del 2019, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que el proyecto de ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el

Distrito de San Antonio de Huarochirí, teniendo en cuenta la normatividad vigente debería ser elevada al concejo municipal para su aprobación; Estando a lo expuesto, con el voto UNANIME de los señores Regidores y en uso se las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que Regula la Gestión Integral de Residuos Sólidos Municipales en el Distrito de San Antonio de Huarochirí, la misma que consta de (07) títulos, veinte (20) artículos, dos (02) disposiciones transitorias y tres (03) disposiciones complementarias finales, que tiene por objeto normar y regular la gestión integral de los residuos sólidos que se generan en el distrito. Artículo Segundo.- ENCARGAR la Implementación y Cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y a la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Servicios de Agua y Saneamiento y demás unidades orgánicas. Artículo Tercero.- FACÚLTESE a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Antonio www.munisanantoniohri. gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARISOL ORDÓÑEZ GUTIERREZ Alcaldesa 1834800-3

Ordenanza que prohíbe la informalidad de la actividad de recolección, transporte, disposición final o descarga de residuos sólidos provenientes de la construcción y demolición en la vía pública del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 28-2019-MDSA San Antonio, 22 de noviembre del 2019 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN ANTONIO DE HUAROCHIRÍ: VISTO: La Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de noviembre del 2019, el Informe Nº 013-2019-SGGSASGSCMA-MDSA emitido por la Sub Gerencia de Gestión Ambiental, Memorándum Nº 109-2019-GSCMA-MDSA emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente, el Informe Nº 141-2019-GPP-MDSA emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental y Medio Ambiente, el Memorándum Nº 487-2019-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, el Informe Nº 121-2019-GAJMDSA emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 505-2019-GM-MDSA emitido por Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305 "Ley de Reforma

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