Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2019 (08/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, es importante señalar que la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante el Programa de Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, ha actuado con respeto al ordenamiento nacional y con la colaboración de las instituciones involucradas, como es el caso del Ministerio de Cultura, Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, Municipalidad Distrital del Rímac, Colegio de Arquitectos del Perú, Centro del Patrimonio Mundial de UNESCO, ICOMOS Internacional, Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI y el Centro Nacional de Estimación Prevención y Reducción del Riesgo -CENEPRED, también con los miembros del Concejo Metropolitano, directivos, gerencias, funcionarios y servidores de la corporación municipal; además, se han desarrollado reuniones de coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Cámara Nacional de Turismo, Autoridad Autónoma del Tren Eléctrico, Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Asociación Nacional de Museólogos del Perú y de la Red de Museos del Centro Histórico de Lima; Que, con la finalidad de que la ciudadanía conozca el Plan y en el afán que la población participe activamente en su elaboración, se realizaron charlas, exposiciones, campañas, exhibiciones abiertas y gratuitas, así como las propuestas de conservación y las acciones de recuperación del Patrimonio Cultural; Que, mediante Oficio Nº 3921-2019-MML-PMRCHL de fecha 12 de setiembre de 2019, el Gerente del Programa para la Recuperación del Centro Histórico de Lima ­PROLIMA, remite el "Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2029 con visión al 2035", informando que se ha cumplido con lo establecido en el artículo 25 de la Ordenanza Nº 1862, que regula el proceso de planificación del ámbito territorial ­ urbano del Área Metropolitana, adjuntando para tal fin, el Informe Técnico Legal Nº 40-2019-MML-PMRCHL-AL de fecha 10 de setiembre de 2019 por el cual dan cuenta que la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Memorando Nº 172-2019-MML-GDU, la Gerencia de Desarrollo Económico mediante Memorando Nº 104-2019-MML-GDE, la Gerencia de Desarrollo Social mediante Memorando Nº 044-2019MML/GDS, la Gerencia de Transporte Urbano mediante Memorando Nº 105-2019-MML/GTU, la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres mediante Memorando Nº 110-2019-MML-GDC-GRD, la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental mediante Memorando Nº 1192019-MML/GSCGA-SGA y el Servicio de Administración Tributaria mediante Oficio Nº 001-090-00009392, han expresado su conformidad respecto del Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2029 con visión al 2035; Que, a través del Oficio Nº 1288-19-MML-IMP-DE de fecha 18 de setiembre de 2019, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación remite el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2029 con visión al 2035, sin formular observaciones a su contenido o al proceso de elaboración; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, según Informe Nº 154-2019-MML-GAJ de fecha 8 de marzo de 2019, ratificado por Informe Nº 788-2019-MML-GAJ de fecha 27 de setiembre de 2019 concluye que, resulta legalmente viable proseguir con el trámite a fin de someter a consideración del Concejo Metropolitano, la aprobación del "Plan Maestro del Centro Histórico de Lima al 2029 con visión al 2035", propuesto por el Programa para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA, el cual cuenta con la opinión favorable del Ministerio de Cultura, del Instituto Metropolitano de Planificación y demás órganos de la corporación municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de: Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en sus Dictámenes Nº097-2019-MML-CMAL y Nº025-2019MML-CMCDTU, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MAESTRO DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA 2029 CON VISIÓN AL 2035 Artículo Primero.- Objeto La presente ordenanza tiene por objeto aprobar el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2029 con

visión al 2035, y sus anexos, los mismos que forman parte integrante de la presente norma. Artículo Segundo.- Órganos responsables La Gerencia Municipal Metropolitana, el Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima ­ PROLIMA, así como las gerencias correspondientes, conforme a las competencias y atribuciones señaladas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, son los órganos encargados de velar por el cumplimento de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Difusión La difusión de la presente ordenanza que contiene el Plan Maestro del Centro Histórico de Lima 2029 con visión al 2035, y sus anexos, corresponde a la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas, conforme a sus competencias y atribuciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones. Artículo Cuarto.- Publicación La presente ordenanza se publica en el Diario Oficial El Peruano, y sus anexos en el portal web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob. pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Quinto.- Vigencia La presente ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogación Deróguese la Ordenanza Nº 201 "Plan Maestro Centro de Lima". POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1834846-1

Ordenanza que aprueba el Reglamento Único de Administración del Centro Histórico de Lima
ORDENANZA N° 2195 ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO ÚNICO DE ADMINISTRACIÓN DEL CENTRO HISTÓRICO DE LIMA Lima, 5 de diciembre de 2019 EL ALCALDE DE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO, el Oficio N° 000111-2019-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, el Oficio N° 3920-2019-MML-PMRCHL del Programa Municipal para la Recuperación del Centro Histórico de Lima - PROLIMA y el Informe N° 804-2019-MML-GAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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