Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Jueves 12 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

35

Artículo 6.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (8 al 10 marzo 2020): US$. 82.76 x 1 Oficial Superior x 3 días - Ushuaia (Argentina) US$. 248.28 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (12 al 14 marzo 2020): US$. 89.83 x 1 Oficial Superior x 3 días - Punta Arenas (Chile) US$. 269.49 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero (21 al 23 marzo 2020): US$. 89.83 x 1 Oficial Superior x 3 días - Valparaiso (Chile) US$. 269.49 -----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 787.26

Artículo 7.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión de Servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 8.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 9.- El Oficial Superior designado más antiguo deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 10.- El mencionado personal naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 11.- El citado personal naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 12.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1836126-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del FONCODES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 221-2019-FONCODES/DE Lima, 11 de diciembre de 2019 VISTO: El Informe Técnico N° 357-2019-MIDIS-FONCODES/ URH. CONSIDERANDOS: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social a dicho sector;

Que, la Ley N° 27594; Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, con Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 069-2019-FONCODES/DE, se designó al señor Alejandro Humberto Zaga Bendezú en el cargo público de confianza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057; Que, mediante Carta s/n de fecha 06 de diciembre de 2019, el señor Alejandro Humberto Zaga Bendezú formuló renuncia al cargo de confianza que venía desempeñando como Asesor de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, según Resolución de Dirección Ejecutiva N° 069-2019-FONCODES/DE; Que, el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial N° 091-2017-MIDIS y cuyo último reordenamiento se dio mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 149-2019-FONCODES/DE, prevé que el cargo de Asesor de Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, tiene la clasificación EC ­ Empleado de Confianza; Que, conforme lo señalado en el documento de visto, el cargo de confianza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social se encuentra presupuestado bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; Que, para este efecto, se ha evaluado los documentos del señor Manuel Arnaldo Castillo Calle, quien según el Informe Técnico N° 357-2019-MIDIS-FONCODES/URH de la Unidad de Recursos Humanos, cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Alejandro Humberto Zaga Bendezú al cargo público de confianza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 069-2019-FONCODES/DE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor MANUEL ARNALDO CASTILLO CALLE en el cargo público de confianza de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - Foncodes, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Artículo 3.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.