Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 12 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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idónea, para la navegación en aguas internacionales y en aguas antárticas, con capacidad para ciento diez (110) personas y con autonomía de cincuenta y un (51) días, en donde se realizan proyectos científicos de las entidades públicas y privadas del sector investigación, en los laboratorios de levantamientos hidrográficos, laboratorio de química, laboratorio húmedo y seco; laboratorio de oceanografía y geología marina; asimismo, esta unidad cuenta con una moderna infraestructura y por su capacidad de carga podrá realizar el traslado de materiales y equipos de considerable dimensión, que únicamente pueden transportarse por vía marítima, los cuales serán empleados para realizar el mantenimiento o ampliación integral de la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, el Ministerio de Defensa, a través de la Marina de Guerra del Perú - Dirección de Hidrografía y Navegación, es la entidad encargada de planificar, organizar, administrar y desarrollar las actividades de alistamiento operacional y logístico del B.A.P. "CARRASCO" (BOP171), orientadas a obtener una plataforma idónea y segura para el despliegue por vía marítima desde el Puerto del Callao, República del Perú a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge, Antártida y viceversa; Que, para efectos del cumplimiento del considerando precedente, es necesario proponer al personal naval que conformará la dotación del B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171), integrado por miembros de la Marina de Guerra del Perú, debidamente calificados y certificados en operaciones y navegación en aguas antárticas, para que participen en la ejecución de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII; Que, con Oficio Nº 3289/32 de fecha 29 de noviembre del 2019, el Director de Hidrografía y Navegación propone al B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171) y al personal naval que conforma su dotación, para que participen en la mencionada campaña científica y que de acuerdo con el itinerario previsto, deberán zarpar del Puerto del Callao, República del Perú, el 11 de diciembre del 2019, arribando a los Puertos de Punta Arenas, República de Chile el 22 de diciembre del 2019 y a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada en la Isla Rey Jorge el 28 de diciembre del 2019. Del 25 al 28 de enero del 2020, la referida Unidad Naval realizará un viaje de aprovisionamiento logístico al Puerto de Punta Arenas, República de Chile, para luego retornar al Continente Antártico; a partir del 3 de marzo del 2020 se iniciará el retorno del Continente Antártico, arribando a los Puertos de Ushuaia, República Argentina, Punta Arenas y Valparaíso, República de Chile; el 29 de marzo del 2020 arribarán al Puerto del Callao, República del Perú; expedición que permitirá consolidar la presencia del Gobierno Peruano en la Antártida, reafirmando su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico, promoviéndose la investigación científica nacional con niveles de excelencia orientada a la profundización del conocimiento antártico en sus aspectos teóricos y prácticos en disciplinas que son de interés para el país; Que, de acuerdo con los Documentos Nº 289-2019, N° 290-2019 y N° 291-2019 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales, viáticos y asignación especial por estadía en puerto extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los Incisos a) y b) del Artículo 10 y Artículo 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, de acuerdo a la Política Nacional Antártica, con Oficio N° 08879-2019-MINDEF/SG de fecha 15 de noviembre del 2019, la Secretaria General del Ministerio de Defensa hace de conocimiento la designación del Capitán de Navío Ricardo ESCOBAR Vásquez de Velasco, CIP

00887985, DNI 44165956, como Jefe de Expedición de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII, quien viajará por vía aérea desde la ciudad de Lima al Puerto de Punta Arenas ­ República de Chile, el 17 de diciembre del 2019; con permanencia en el referido puerto extranjero por un período total de siete (7) días desde el 18 al 24 de diciembre del 2019, luego se embarcará a bordo del B.A.P. "CARRASCO" (BOP171), para trasladarse por vía marítima, arribando a la Estación Científica Antártica "Machu Picchu" (ECAMP), el referido Oficial Superior participará del 25 al 28 de enero del 2020, a bordo de la citada Unidad Naval, en el viaje de aprovisionamiento logístico al Puerto de Punta Arenas, República de Chile, con permanencia en puerto extranjero por un período total de cuatro (4) días, para luego retornar al Continente Antártico, donde permanecerá hasta el 3 de marzo del 2020; al término de las actividades en la citada estación científica, retornará por vía marítima, a bordo de la citada Unidad Naval, arribando a los Puertos de Ushuaia, República Argentina del 8 al 10 de marzo del 2020 y Punta Arenas, República de Chile del 12 al 14 de marzo del 2020, con permanencia en puerto extranjero por un período de diez (10) días, finalmente retornará vía aérea desde la Ciudad de Punta Arenas, República de Chile a la Ciudad de Lima, República del Perú el 15 de marzo del 2020. Que, con Resolución Ministerial N°1874-2019-DE/ MGP, de fecha 27 de noviembre del 2019, se designa a partir del 1 de enero del 2020 al Capitán de Navío Atilio Arturo ASTE Evans, como dotación de la Dirección de Hidrografía y Navegación, quien asumirá el cargo de coordinador marítimo de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII, quien viajará por vía aérea en avión de la Fuerza Aérea del Perú desde la Ciudad de Lima al Puerto de Punta Arenas, República de Chile, el 26 de febrero del 2020; luego arribará a bordo de dicha Unidad Aérea a la Base Antártica de Chile, Presidente Eduardo Frei Montalva, para embarcarse a bordo del B.A.P. "CARRASCO" (BOP171), retornando a bordo de la Unidad Naval con arribo a los Puertos de Ushuaia, República Argentina del 8 al 10 de marzo del 2020, Punta Arenas, República de Chile del 12 al 14 de marzo del 2020 y Valparaíso, República de Chile del 21 al 23 de marzo del 2020, con permanencia en puerto extranjero por un período total de nueve (9) días; Que, de conformidad con el Artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, asimismo, el Artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el Artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 21 del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de

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