Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2019 (12/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Jueves 12 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Aprueban la Cuarta Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio del Ambiente
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 065-2019-MINAM Lima, 10 de diciembre de 2019 VISTOS; el Memorando N° 01411-2019-MINAM/ SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00273-2019-MINAM/ SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00551-2019-MINAM/SG/ OGAJ de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, a través de Resolución Ministerial 130-2018-MINAM se aprueba el Plan Operativo Institucional (POl) 2019 del Ministerio del Ambiente; asimismo, por medio de las Resoluciones de Secretaría General N° 003, 030 y 046-2019-MINAM, se aprueban la Primera, Segunda y Tercera Modificación del citado instrumento de gestión, respectivamente; Que, con la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, y sus modificatorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional", con el objetivo de establecer las pautas para Ia elaboración o modificación del Plan Estratégico lnstitucional (PEl) y del Plan Operativo lnstitucional (POl) en el marco del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.3 de la Guía para el Planeamiento Institucional, el POI se modifica cuando se presentan, entre otras, las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; y, b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, mediante el Memorando N° 01411-2019-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00273-2019-MINAM/SG/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, señala que en el Informe de evaluación e implementación del POI del año 2019 del III Trimestre diversos órganos, unidades orgánicas y unidades ejecutoras del Ministerio del Ambiente manifestaron la necesidad de realizar ajustes en sus planes operativos vinculados a las causales de modificación señaladas en la acotada Guía para el Planeamiento Institucional del CEPLAN; asimismo, señala que la propuesta de la Cuarta Modificación del Plan Operativo Institucional 2019 ha sido elaborada en coordinación con las diversas dependencias del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe N° 00551-2019-MINAM/SG/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable aprobar la Cuarta Modificación del POI del Ministerio del Ambiente; Que, según lo previsto en el literal b) del numeral 3.3 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 005-2019-MINAM, la Titular del Pliego 005: Ministerio del Ambiente delega en la Secretaría General del Ministerio del Ambiente, durante el Año Fiscal 2019, la facultad de aprobar las modificatorias del Plan Operativo Institucional; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, la Resolución Presidencial del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/ PCD, y sus modificatorias, que aprueba la "Guía para el Planeamiento Institucional"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Cuarta Modificación del Plan Operativo Institucional (POI) 2019 del Ministerio del Ambiente, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 130-2018-MINAM, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaría General. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y de su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www. gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ VALDIVIA MORÓN Secretario General 1836125-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Jefe de Expedición de la Vigésima Séptima Campaña Científica del Perú a la Antártida - ANTAR XXVII y de personal naval del B.A.P. "Carrasco", en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1912-2019 DE/MGP Lima, 10 de diciembre de 2019 Visto, el Oficio Nº 6530/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 5 de diciembre del 2019; CONSIDERANDO: Que, es objetivo general de la Política Nacional Antártica del Perú la consolidación de la presencia activa y permanente del Perú en la Antártida y de su status de Parte Consultiva del Tratado Antártico; asimismo, que por consideraciones de orden político, estratégico, económico y ambiental, el Gobierno del Perú tiene intereses permanentes en el Continente Antártico, constituyendo un tema de política exterior de interés nacional, recogido en la Constitución Política del Perú; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Antárticos, dirige y coordina el desarrollo de la actividad científica del Perú en la Antártida, a efecto de lo cual establece la cooperación correspondiente con la comunidad científica y académica peruana; asimismo, es responsable de la difusión de la importancia de la Antártida para el país y en la formación de una conciencia nacional antártica, para lo cual viene coadyuvando esfuerzos de coordinación con el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, con la finalidad de reafirmar el cumplimiento de la Política Nacional Antártica y consolidar la presencia del Perú en el Continente Antártico; Que, el Buque Oceanográfico con Capacidad Polar B.A.P. "CARRASCO" (BOP-171) es una Unidad considerada como la plataforma operacional y logística

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