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52 NORMAS LEGALES Sábado 21 de diciembre de 2019 / El Peruano RESUELVE: 1º Apruébese la Transferencia Financiera de esta Casa Superior de Estudios a la Contraloría General de la República, en cumplimiento al Art. 20 de la Ley Nº 27785, según el siguiente detalle: OPERACIÓN CONCEPTOESPE- CÍFICA DEL GASTOPERIODO AUDITADO 2019 TRANSFERENCIA POR AÑO S/ 2019 2020 CERTI- FICADOPRE- VISIÓN Transferencia Financiera50% Retribución Económica (incluido IGV)2.4.1.3.1.1. 32,067.00 32,067.00 Deposito en Cuenta de la CGR 000- 2827586% Derecho de Designación o Supervisión2.5.4.1.2.1 6,522.10 0.00 MONTO TOTAL S/ 38.589.10 32,067.00 2º La O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Pliego 529 Universidad Nacional del Callao, solicitara a la Dirección General de Presupuesto Público, de ser necesario las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades de las Metas y Unidades de Medidas. 3º Transcribir la presente Resolución a los organismos señalados en el numeral 23.2 del Artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. Regístrese, comuníquese y archívese.BALDO ANDRES OLIVARES CHOQUE Rector 1839360-1 Autorizan participación de alumnas de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco en eventos a realizarse en México UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-2053-2019-UNSAAC Cusco, 11 de diciembre de 2019EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, los O fi cios Nros. 692 y 693-2019-FACACET- UNSAAC, signado con los Expedientes Nros. 976582 y 976583 remitido por la DRA. MÉRIDA MARLLENY ALATRISTA GIRONZINI, Decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo de la Institución, solicitando apoyo económico a estudiantes que se indica, y; CONSIDERANDO.Que, mediante expediente de Visto, la Decana de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo de la Institución, hace de conocimiento que las estudiantes de la Escuela Profesional de Contabilidad: DAYSI ALCCA HUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 164061 y DANNA PANILU CANSAYA VILCAHUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 163620, fueron aceptadas para realizar Estancia Académica como estudiantes de intercambio en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla - México, de enero a mayo de 2020, conforme se desprende de los O fi cios Nros. FCP- SAC/1643 y 1645/2019, cursada por la M.A. Elionai Solís Rojas, Jefe de la Secretaria Académica de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla – México, a mérito del Convenio Especí fi co de Intercambio Estudiantil entre la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla - México; Que, por tal motivo solicita se autorice y se otorgue apoyo económico a favor de las estudiantes señaladas precedentemente, quienes se constituirán en la ciudad de Puebla – México, del enero a mayo de 2020, con el detalle que aparece en la parte resolutiva de la presente; Que, al respecto el Director de la Unidad del Centro de Cómputo, con los Informes Nros. 322 y 323-2019-UCC-DSI-UNSAAC, indica que, revisada la Base de Datos de dicha Unidad, las referidas alumnas se encuentran matriculadas en el Semestre Académico 2019-II; Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Plani fi cación expide las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nros. 5048 y 5050-2019 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución; Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del referido expediente y ha dispuesto la emisión de la correspondiente Resolución; Estando a lo solicitado Ley 30879, Artículo 3º de la Ley Nro. 27619, D.S. Nro. 047-2002-PCM y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR la participación de las alumnas de la Escuela Profesional de Contabilidad de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo: DAYSI ALCCA HUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 164061 y DANNA PANILU CANSAYA VILCAHUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 163620, en el Programa de Movilidad Académica, en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla – México, por el período de enero a mayo de 2020, a mérito del Convenio Especí fi co de Intercambio Estudiantil entre la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla - México; Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración, otorgue Apoyo Económico en el importe de S/5,000.00 soles, a favor de cada una de las estudiantes de la Escuela Profesional de Contabilidad: DAYSI ALCCA HUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 164061 y DANNA PANILU CANSAYA VILCAHUAMAN, con Código de Matrícula Nro. 163620, quienes se constituirán en la ciudad de Puebla - México, para participar del Programa de Movilidad Académica, durante el período de enero a mayo 2020, en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla - México, a mérito del Convenio Especí fi co de Intercambio Estudiantil entre la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco y la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla – México. Tercero.- EL EGRESO que se origine por la aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nros. 5048 y 5050-2019, que como anexo forman parte de la presente Resolución. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de las bene fi ciarias de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo están en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Licencia, hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional