Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2019 (21/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Sábado 21 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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el acuerdo de Consejo Universitario Extraordinario del 15 de noviembre del año en curso, referido a aprobar en vía de regularización, la autorización del viaje a la ciudad de BUENOS AIRES - ARGENTINA en Comisión Oficial de Servicio con goce de haber del 05 al 08 de noviembre del 2019, a favor de la Dra. DENICES SOLEDAD ABARCA FERNÁNDEZ, docente de la Facultad de Enfermería de la UNA, por haber participado con la Ponencia en el CONGRESO MUNDIAL DE SALUD "ABORDAJES INCLUSIVOS EN SALUD MENTAL. CLÍNICA, COMUNIDAD Y DERECHOS"; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen, entre otros, aquellos que provengan de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad, la que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antes del inicio de la comisión de servicios. Consiguientemente, establece que dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público presente ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas que establecerá el reglamento de la citada Ley; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De Gobierno, Académico, Administrativo y Económico, en virtud a lo prescrito en el Artículo 8º de la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria; Que, el numeral 123.8 del Artículo 123º, del TUO del Estatuto vigente de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno aprobado con RAU Nº 017-2017-AUUNA, establece como Atribución del Consejo de Facultad proponer a Consejo Universitario las licencias con goce de haber de los docentes por año sabático, estudios o capacitación oficializada. En consecuencia, el numeral 93.14 del Artículo 93º del mismo cuerpo normativo, atribuye al Consejo Universitario autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y vicerrectores, decanos, director de la escuela de posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes; Que, en el marco de lo expuesto precedentemente, la FACULTAD DE ENFERMERÍA de esta Universidad mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 352-2019-D-FE-UNA de fecha 14 de octubre del 2019, autoriza a la Dra. DENICES SOLEDAD ABARCA FERNÁNDEZ, docente principal de dicha Facultad, la licencia para asistir con ponencia al Congreso Mundial de Salud "ABORDAJES INCLUSIVOS EN SALUD MENTAL. CLÍNICA, COMUNIDAD Y DERECHOS" a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, los días 05 al 08 de noviembre del 2019; consiguientemente, se aprueba una ASIGNACIÓN de una bolsa de viaje de S/ 1,200.00 soles con Recursos Ordinarios, asignado a la Facultad de Enfermería; Que, respecto a la asignación de la bolsa de viaje de S/ 1,200.00, la Oficina de Presupuesto mediante INFORME Nº 3084-2019-OP-OGPD-UNA-PUNO (2910-2019) anuncia su afectación a la Meta SIAF 0022 Ejercicio de la Docencia Universitaria, Genérica de

Gasto 2.3. Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, para ello sugiere que la publicación en el Diario "El Peruano" debería realizarse en un acto resolutivo a efectos de optimizar el presupuesto, mediante la Oficina de Logística; Que, asimismo, el Vicerrectorado de Investigación de esta Universidad, mediante OFICIO Nº 308-2019-VRIUNA-PUNO (16-10-2019) solicita se el otorgamiento de una bolsa de viaje de UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,850.00) para cubrir el costo de pasajes de la mencionada docente, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y con cargo a rendir cuenta documentada; Que, respecto al gasto mencionado precedentemente, la Oficina de Presupuesto según INFORME Nº 2987-2019-OP-OGPD-UNA-PUNO (21-10-2019) lo considera procedente al contar con disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF 0040 DESARROLLO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICA, Genérica de Gasto 2.3. Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Importe Total S/ 1,850.00 soles; Que, al estudio del presente caso, mediante OPINIONES LEGALES Nº 847 y 829-2019-OGAJUNA-PUNO, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina PROCEDENTE autorizar el Viaje al Exterior de la Dra. DENICES SOLEDAD ABARCA FERNÁNDEZ, así como otorgar una bolsa de viaje de S/ 1,200.00 soles tal conforme se ha propuesto en la Resolución Decanal Nº 352-2019-D-FE-UNA; y, otorgar una subvención económica por concepto de bolsa de viaje por la suma de S/ 1,850.00 soles de acuerdo al requerimiento del Vicerrectorado de Investigación contenido en el Oficio Nº 308-2019-VRI-UNA-PUNO; De conformidad con la aprobación de Consejo Universitario Extraordinario del 15 de noviembre del año en curso contenida en el MEMORANDUM Nº 880-2019-SGUNA de Secretaría General de esta Universidad; Estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; y, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria, el Estatuto, la Resolución de Asamblea Universitaria Transitoria Nº 02-2015-AUT-UNA y Resolución Rectoral Nº 1376-2015-R-UNA; resulta necesario emitir el respectivo acto administrativo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, en vía de regularización, el viaje en Comisión Oficial de Servicio a la ciudad de BUENOS AIRES - ARGENTINA, con goce de haber del 05 AL 08 DE NOVIEMBRE DEL 2019 a favor de la Dra. DENICES SOLEDAD ABARCA FERNÁNDEZ, docente adscrita a la FACULTAD DE ENFERMERÍA de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno, por haber participado como PONENTE en el CONGRESO MUNDIAL DE SALUD "ABORDAJES INCLUSIVOS EN SALUD MENTAL. CLÍNICA, COMUNIDAD Y DERECHOS", de conformidad con la RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº 352-2019-D-FE-UNA y consideraciones expuestas en la presente Resolución. Artículo Segundo.- RATIFICAR, en todos sus extremos, la Resolución de Decanato Nº 352-2019-D-FEUNA emitida por la Facultad de Enfermería de esta Universidad, respecto a la aprobación de asignación de una bolsa de viaje por UN MIL DOSCIENTOS CON 00/100 SOLES (S/ 1,200.00) con Recursos Ordinarios, asignados a la mencionada Facultad. Artículo Tercero.- OTORGAR, una subvención económica, por bolsa de viaje por la suma de UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 SOLES (S/ 1,850.00) a favor de la docente de esta Universidad, Dra. DENICES SOLEDAD ABARCA FERNÁNDEZ, quien deberá presentar la rendición de cuentas debidamente documentada y en forma oportuna con arreglo a ley, por su participación en el evento mencionado en el artículo primero de la presente Resolución, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, de acuerdo al requerimiento del Vicerrectorado de Investigación contenido en el Oficio Nº 308-2019-VRI-UNA-PUNO.

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