TEXTO PAGINA: 120
120 NORMAS LEGALES Martes 24 de diciembre de 2019 / El Peruano asimismo, en la Ordenanza Nº 465/MC se estableció defi niciones y criterios para la expedición de las constancias de numeración, no obstante, lo regulado en el numeral 5 del capítulo VIII denominado Otros Aspectos Técnicos de la precitada norma, señala iguales requisitos para la emisión de Certi fi cados de Numeración, los cuales resultarían ine fi caces para la aplicación de la emisión de constancias de numeración; Que, de lo referido se ha advertido casos de edifi caciones en el distrito de Comas que se encuentran pendientes de regulación, enmarcadas en la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edi fi caciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común y la Ley Nº 29090, Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edi fi caciones, las cuales no cuentan con número de licencia de edi fi cación, declaratoria de fábrica, u otro documento que permita la emisión de certi fi cados de numeración, por tal motivo, se considera necesario la emisión de constancias de numeración a fi n de regularizar esa problemática que presentan los predios del distrito de Comas, fundamentado en la autonomía que ostentan las Municipalidades, respaldada por la Constitución Política del Perú; Que, la Planeamiento Urbano y Catastro, mediante informes de vistos, señala que se apruebe el proyecto de Ordenanza que aprueba la expedición de constancias de numeración municipal de los predios ubicados en el Distrito de Comas, con la fi nalidad de brindar una adecuada atención a los administrados que se ven involucrados en los supuestos indicados previamente, lo cual permitirá generar mecanismos normativos que sujeten a los administrados a requisitos necesarios para su procedencia, lo cual genera seguridad en la cali fi cación y emisión de los actos administrativos; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante informe de vistos, señala que resulta favorable la aprobación de la propuesta de ordenanza teniendo en cuenta que el objetivo del citado proyecto consiste en promover y velar por la numeración municipal de aquellos inmuebles que no reúnan las condiciones para la obtención de certi fi cados de numeración, lo cual permitirá identi fi car las unidades catastrales de la jurisdicción; Que, la Subgerencia de Gestión de Procesos, mediante informe de vistos, indica que a efectos de brindar solución y de establecer un marco normativo local que promueva y regule la numeración municipal de inmuebles que no reúnen las condiciones para la obtención de certi fi cados de numeración, opina que resulta técnicamente viable aprobar el proyecto de ordenanza que aprueba la expedición de constancias de numeración municipal de los predios ubicados en el distrito de Comas, con la fi nalidad de identi fi car las unidades catastrales en el distrito; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informe de vistos, señala que resulta favorable la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal “Ordenanza que Aprueba la Expedición de Constancias de Numeración Municipal de los Predios Ubicados en el Distrito de Comas”, lo cual permitirá establecer el marco normativo para la emisión de constancia de numeración de las edi fi caciones pendientes de regularización de acuerdo a la Ley Nº 27157 y la Ley Nº 29090 y sus respectivos reglamentos; Que, la Comisión Permanente de Regidores de Desarrollo Urbano, Tecnología de la Información, Tránsito y Transporte de la Municipalidad Distrital de Comas, mediante dictamen de vistos, señalan que se eleve al Pleno de Concejo de la Municipalidad distrital de Comas para su respectiva consideración el Proyecto de Ordenanza que aprueba el procedimiento de asignación de numeración municipal provisional de los predios ubicados en el distrito de Comas; Estando a lo expuesto y, de conformidad con las atribuciones previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación del proyecto de Ordenanza, los documentos de vistos y la sustentación del(los) Informes(s) Técnico(s) y/o Legal, sustentado(s) por el(los) funcionario(s) competente(s), con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal POR MAYORÍA aprueba la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA LA ASIGNACIÓN DE NUMERACIÓN MUNICIPAL PROVISIONAL DE LOS PREDIOS UBICADOS EN EL DISTRITO DE COMAS CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1.- Objeto El objeto de la presente ordenanza es establecer el marco normativo local para la asignación de Numeración Municipal Provisional de los predios ubicados en el distrito de Comas, cuya propiedad se encuentren reguladas en la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edi fi caciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, y la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones; y, de aquellas posesiones que no se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, para que tramiten procedimientos referente a los servicios básicos ante las Empresas Prestadoras de Servicio (EPS). Artículo 2.- Finalidad La fi nalidad de la presente ordenanza es individualizar a los predios que no cumplen con los requisitos para acceder a la asignación de Numeración Municipal (de fi nitiva) y facilitar para trámites relacionados a los servicios básicos prestados por las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS), que no se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos. Artículo 3.- Ámbito de Aplicación3.1 La presente ordenanza tiene un alcance para todos los predios que requieren la asignación de Numeración Municipal ubicados en el distrito de Comas que se encuentren pendiente de regularización de acuerdo a la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de Edifi caciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, y la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, al no contar con alguno de estos documentos: licencia de construcción, conformidad de obra, declaratoria de fábrica, independización o reglamento interno, cuyos efectos serán temporales y no inscribibles ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos - SUNARP. 3.2 La presente ordenanza es para los posesionarios que no se encuentren en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación de Servicios Básicos, a fi n de que puedan realizar trámites relacionados con los servicios básicos ante las Empresas Prestadoras de Servicios (EPS). CAPÍTULO II PROCEDIMIENTO Artículo 4.- Inicio del Procedimiento4.1 La Asignación de Numeración Municipal Provisional para fi nes de Numeración Municipal, así como la emisión de la Constancia de Numeración Municipal Provisional respectiva, debe ser solicitada ante la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro por los propietarios, copropietarios, sucesores o aquellos que cuenten con legitimad parar obrar cuya titularidad se encuentre inscrito ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, documento de fecha cierta o similares que puedan acreditar la titularidad del predio. El presente trámite podrá ser tramitado siempre que sus predios se encuentren pendientes de regularización de acuerdo a la Ley Nº 27157, Ley de Regularización de