Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2019 (24/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

Martes 24 de diciembre de 2019 /

El Peruano

directamente por el generador o a través de Empresas Operadoras de Residuos Sólidos, según corresponda. d) Disposición final.- Procesos u operaciones para tratar y disponer en un lugar los residuos como último proceso de su manejo en forma permanente, sanitaria y ambientalmente segura. e) Empresa Operadora de Residuos Sólidos ­ EORS.- Persona Jurídica que presta servicios de limpieza de vías y espacios públicos, recolección y transporte, transferencia o disposición final de residuos. Asimismo, puede realizar las actividades de comercialización y valorización. f) Generador.- Persona natural o jurídica que genera residuos sólidos como producto de sus actividades propias o cotidianas. En el caso que no sea posible identificar al generador de residuos peligrosos, se considerará de este modo a quien los posea. g) Quema de residuos sólidos.- Proceso de combustión incompleta de los residuos ya sea al aire libre o empleando equipos inapropiados, que causa impactos negativos a la salud y el ambiente. h) Residuos de limpieza de espacio público.- Son aquellos residuos generados por los servicios de barrido y limpieza de pistas, veredas, plazas, parques y otras áreas públicas i) Residuos municipales.- Los residuos del ámbito de la gestión municipal o residuos municipales, están conformados por los residuos domiciliarios y los provenientes del barrido y limpieza de espacios públicos, incluyendo las playas, actividades comerciales y otras actividades urbanas no domiciliarias cuyos residuos se pueden asimilar a los servicios de limpieza pública, en todo el ámbito de su jurisdicción. j) Residuos sólidos.- Residuo sólido es cualquier objeto, material, sustancia o elemento resultante del consumo o uso de un bien o servicio, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención u obligación de desprenderse, para ser manejados priorizando la valorización de los residuos y en último caso, su disposición final. Los residuos sólidos incluyen todo residuo o desecho en fase sólida o semisólida. También se considera residuos aquellos que siendo líquido o gas se encuentran contenidos en recipientes o depósitos que van a ser desechados, así como los líquidos o gases, que por sus características fisicoquímicas no puedan ser ingresados en los sistemas de tratamiento de emisiones y efluentes y por ello no pueden ser vertidos al ambiente. En estos casos los gases o líquidos deben ser acondicionados de forma segura para su adecuada disposición final. k) Residuos sólidos domiciliarios.- Son aquellos residuos generados en las actividades domésticas realizadas en los domicilios, constituidos por restos de alimentos, periódicos, revistas, botellas, embalajes en general, latas, cartón, pañales descartables, restos de aseo personal y otros similares. l) Segregación.- Acción de agrupar determinados componentes o elementos físicos de los residuos sólidos para ser manejados en forma especial. Artículo 4.- Competencia De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza 1778-MML, se ha delimitado la competencia funcional y territorial de la gestión de residuos sólidos de la siguiente manera: a) Ámbito Metropolitano: La Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra facultada para planificar la gestión integral de los residuos sólidos en el ámbito de su jurisdicción mediante el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos, disponer el cierre y recuperación de los botaderos, emitir opinión fundamentada sobre proyectos de ordenanza sobre manejo de los residuos sólidos, incluyendo la determinación de las tasas por arbitrios correspondientes. b) Ámbito Local: La Municipalidad de Comas, en adelante la Municipalidad, es responsable por la prestación del servicio de limpieza de vías y espacios públicos, así como de la recolección, transferencia y transporte de residuos sólidos generados en su jurisdicción hasta su disposición final en un Relleno

Sanitario debidamente autorizado. Para este fin la Municipalidad deberá elaborar y actualizar los planes operativos de acuerdo a las condiciones y características del distrito, estando a que el manejo de los residuos sólidos es responsabilidad de la Municipalidad desde el momento en que el generador los entrega a los operarios de la EO-RS autorizada por la Entidad, o cuando los dispone en un lugar establecido para su recolección hasta su disposición final. CAPITULO II OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES Artículo 5.- Obligaciones del generador Todo generador de residuos sólidos está en la obligación de: a) Pagar puntualmente sus arbitrios de recolección de residuos sólidos. b) Almacenar y disponer de sus residuos generados, de forma segura, higiénica y responsable con el ambiente. c) Respetar los horarios de disposición y recolección de residuos sólidos, asignados a su condición (domiciliario, comercial, empresarial, entre otros.) d) Utilizar los depósitos y/o lugares, asignados específicamente para la disposición temporal de residuos sólidos según su calidad (desmonte, maleza, urbanos, material reciclable y excretas). e) Mantener limpios los techos, azoteas y fachadas de los inmuebles que estén bajo su dominio. f) Cumplir con las disposiciones municipales a fines o conexas a la gestión de residuos. Artículo 6.- Responsabilidad de los generadores. La población en general deberá velar por el cumplimiento del adecuado manejo de los residuos sólidos, cuidando el ornato del distrito y contribuir en crear ambientes saludables para sus habitantes. En ese sentido es responsabilidad del generador. a) Mantener despejadas las vías públicas de objetos y materiales en condición de abandono. b) Conservar los terrenos sin construir, inmuebles deshabitados, retiros, cocheras y estacionamientos, libres de materiales deteriorados, inservibles, sucios o en desuso. c) Respetar y cumplir con las disposiciones específicas para la disposición de determinados materiales y residuos, que por su condición pueden exponer a peligro a los vecinos o a los operarios del servicio de recolección y limpieza pública. Artículo 7.- Otras responsabilidades El responsable de la organización de alguna actividad o evento privado, dentro de la jurisdicción del distrito de Comas, se encuentra obligado a conservar el espacio público en óptimas condiciones de orden y limpieza, durante y después del evento. Los generadores tienen la responsabilidad y la obligación de manejar sus residuos, desde su generación hasta su almacenamiento temporal, de manera segura, higiénica y ambientalmente responsable, priorizando su reaprovechamiento de acuerdo a las características de los residuos a segregar. CAPITULO III DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS Artículo 8.- Atribuciones de la Municipalidad. La municipalidad asume la administración y gestión de los residuos sólidos del distrito de Comas, a través de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental. Estas actividades podrán ser ejecutadas por una EO-RS. En uso de esta atribución, la Municipalidad deberá cumplir con las siguientes acciones: a) Educación Ambiental: La Municipalidad desarrollará campañas de educación ambiental, orientadas a sensibilizar a los vecinos respecto del correcto manejo

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