Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de enero de 2019 /

El Peruano

Servicios del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ SINACYT", siendo los cuatro (4) representantes los siguientes: (i) Juan Martín Rodríguez Rodríguez, (ii) Elka Popjordanova Profirova, (iii) Manuel Javier Castro Calderón, y (iv) Gonzalo Hermilio Dávila del Carpio. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a los señores miembros designados en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1728960-1

Modifican Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 282-2018-CONCYTEC-P Lima, 28 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe N° 003-2018-CONCYTECOGPP/LMCM y el Proveído N° 052-2018-CONCYTECOGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe N° 168-2018-CONCYTECOGAJ-AFH y el Proveído N° 554-2018-CONCYTECOGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 003-2018-CONCYTECOGPP/LMCM y el Proveído N° 052-2018-CONCYTECOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que debido a la incorporación de S/ 15,486,314.00 para el financiamiento de las actividades relacionadas a los Convenios con FOMITEC y UK, así como para el pago de los intereses correspondientes a las CTS (compensación por tiempo de servicios) y a los quinquenios del personal contratado bajo régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, se ha generado la necesidad de realizar una modificación en el Plan Operativo Institucional ­ POI 2018 del Pliego CONCYTEC, debido a la incorporación de actividades y modificación de metas físicas y financieras, las cuales aportan al cumplimiento de los objetivos institucionales del Plan Estratégico Institucional - PEI 2017 ­ 2019. Para tal efecto adjunta el Anexo correspondiente con el POI 2018 modificado; Que, mediante Informe N° 168-2018-CONCYTECOGAJ-AFH y el Proveído N° 554-2018-CONCYTECOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que el artículo 34° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Organismos Públicos se sujetan a la supervisión y fiscalización de su Sector para verificar el cumplimiento de los objetivos de la entidad, mediante los instrumentos previstos en las normas de la materia. Todo organismo público debe contar con un Plan Estratégico Institucional. Precisa asimismo que el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea y regula la organización y el funcionamiento del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, orientados al desarrollo de la planificación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que el Numeral 71.1 del Artículo 71 del Texto Único Ordenado

de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Decreto Supremo Nº 304-2012-EF (en adelante el TUO) establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC) y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso; Que, asimismo, la Oficina General de Asesoría Jurídica, precisa que el Numeral 71.2 del Artículo 71 del TUO, señala que el Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades. Refiere además que el Numeral 71.3 del Artículo 71 del TUO, precisa que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada año fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho período, así como la oportunidad de su ejecución, a nivel de cada dependencia orgánica; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica manifiesta que bajo dicho marco legal, mediante Resolución de Presidencia N° 006-2018-CONCYTEC-P se aprobó el Plan Operativo Institucional (POI) 2018 del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC. Posteriormente, mediante Resolución de Presidencia N° 087-2018-CONCYTEC-P se modificó dicho POI. Por otro lado, manifiesta que el literal a) del artículo 26° del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC aprobado por el Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, establece como una de las funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, dirigir y orientar la planificación estratégica, programática y operativa de la institución en coherencia con la política y prioridades nacionales y de la gestión institucional; Que, finalmente la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0053-2018-CEPLAN/PCD se aprobó la Guía para el Planeamiento Institucional, la misma que en su Numeral 6.3 establece que el POI se puede modificar en los siguientes casos: (i) Debido a las modificaciones en el Plan Estratégico Institucional - PEI; (ii) Debido a cambios en la programación de las metas físicas de las actividades operativas e inversiones que estén relacionadas al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; (iii) Debido a la incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI. Bajo dicho marco legal y teniendo en cuenta lo señalado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, respecto a que en el caso concreto se ha suscitado la incorporación de actividades y modificación de metas físicas y financieras, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable para la modificación del Plan Operativo Institucional del CONCYTEC 2018 aprobado por la Resolución de Presidencia 006-2018-CONCYTEC-P modificada por la Resolución de Presidencia N° 087-2018-CONCYTEC-P; Con la visación de la Secretaria General (e), de la Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Jefa de la Oficina de General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica y su modificatoria; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y el Reglamento de

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