Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2019 (05/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Sábado 5 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Nº 262-2017-OSCE/PRE se aprueba la actualización de los Formatos utilizados por las Entidades durante los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras. La suscripción del Formato Nº 34, Resolución que aprueba la utilización de formatos en los procesos de contratación de la Entidad, se encuentra a cargo de la más alta autoridad ejecutiva de la Entidad o funcionario delegado; Que, con Resolución de Contraloría Nº 469-2018CG se aprueba la Directiva Nº 009-2018-CG-NORM denominada "Gestión de Sociedades de Auditoría", modificada por Resolución de Contraloría Nº 509-2018CG, con el objetivo de establecer el marco normativo que desarrolla los procesos de registro, designación, contratación y supervisión de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, soportados en el Sistema Informático de Sociedades de Auditoría - INFOSOA. Los numerales 7.3.4 y 7.3.6 de la Directiva citada regulan los requisitos para la suscripción y modificación del contrato con las sociedades de auditoría, respectivamente; Que, de conformidad con la Séptima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, la Sunedu asume la administración y pago de las pensiones de los pensionistas de la Asamblea Nacional de Rectores pertenecientes al régimen pensionario regulado por el Decreto Ley 20530, para cuyo efecto, en un plazo no mayor a 60 días, deberá procederse a la transferencia del fondo previsional respectivo, del acervo documentario y los legajos de los referidos pensionistas; Que, por su parte, la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, regulan los procedimientos que deben cumplir las entidades para tramitar los procesos de contrataciones; estableciendo en el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley, que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la mencionada ley le otorga; Que, los artículos 13 y 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU, establecen que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva de la Sunedu, titular del pliego presupuestal y tiene como función representar a la Sunedu, suscribir los contratos o convenios bajo su ámbito de competencia y las demás funciones que señale la Ley, entre otras; Que, el numeral 76.1 del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de la misma entidad. Por su parte, el numeral 76.3 del artículo citado, dispone que mientras dure la delegación, no podrá el delegante ejercer la competencia que hubiese delegado, salvo los supuestos en que la ley permite la avocación; Que, en el marco de las citadas disposiciones legales resulta necesario delegar en la Secretaría General, la Oficina de Administración y la Oficina de Recursos Humanos, respectivamente, determinadas funciones asignadas a la Superintendencia; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Reglamento de la Ley Nº 30225, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU; Directiva Nº 009-2018-CG-NORM

denominada "Gestión de Sociedades de Auditoría", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 469-2018-CG, modificada por Resolución de Contraloría Nº 509-2018CG; la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF-52.03, que establecen disposiciones adicionales para el traslado de fondos a la CUT, disposiciones para las Municipalidades, procedimiento para la designación y acreditación de responsables de cuentas ante la DGETP y modifican la R.D. Nº 053-2013-EF/52.03; y, la Resolución Nº 262-2017OSCE/PRE, que aprueba la actualización de los Formatos utilizados por las Entidades durante los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios y obras; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegación de facultades al Secretario/a General Delegar en el Secretario/a General de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, durante el año fiscal 2019, las siguientes facultades: a) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional y Programático que correspondan al Titular del Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, de acuerdo con el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. b) Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias. c) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones. d) Aprobar la estandarización para la contratación de bienes y servicios. e) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a 50 UIT. f) Aprobar los formatos que deben ser utilizados como modelo durante la fase de actos preparatorios, selección y ejecución contractual de los procesos de contratación que realice la Sunedu, dentro del marco normativo regulado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE. g) Custodiar las resoluciones - tengan o no naturaleza normativa - que emita la Superintendencia en el año fiscal 2019, de conformidad con las disposiciones en materia archivística que señale la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, y el ente rector del Sistema Nacional de Archivos. Artículo 2.- Delegación de facultades al Jefe/a de la Oficina de Administración Delegar en el Jefe/a de la Oficina de Administración de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, durante el año fiscal 2019, las siguientes facultades: a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procesos de selección. b) Designar a los integrantes de los Comités de Selección, así como aprobar su remoción y designar a los nuevos integrantes. c) Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los Comités de Selección, cuando corresponda. d) Aprobar los documentos de los procedimientos de selección (las bases, las solicitudes de expresión de interés para la selección de consultores individuales, así como las solicitudes de cotización para comparación de precios, según corresponda). e) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado; así como, los expedientes de contratación, bases y contratos que se deriven de contrataciones directas en general. f) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. g) Suscribir los contratos complementarios con el mismo contratista, en caso de bienes y servicios, hasta por

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