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62 NORMAS LEGALES Sábado 5 de enero de 2019 / El Peruano favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Benjamín Moisés Carrasco del Carpio como miembro de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Arequipa; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Ofi cinas Regionales y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Benjamín Moisés Carrasco del Carpio como miembro de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Arequipa, con efectividad al día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1728282-1 Designan miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Tacna RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 240-2018-INDECOPI/COD Lima, 27 de diciembre de 2018VISTOS:El Informe 071-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 212-2018/GRH, el Informe Nº 798-2018/GEL, el Informe Nº 119-2018/GEG y el Informe Nº 134-2018/GEG ; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI, publicada el 20 de noviembre del 2013 en el Diario O fi cial El Peruano, se designó al señor Edwar David Villa López como miembro de la Comisión Adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Tacna, por un período adicional de cinco (5) años, el cual ha culminado; por lo que debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público;Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Tacna, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 142-2018 del 22 de noviembre de 2018, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Juan Enrique Sologuren Álvarez como miembro de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Tacna; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Ofi cinas Regionales y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº1033 y sus modi fi catorias, y en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor señor Edwar David Villa López como miembro de la Comisión Adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Tacna, siendo el último día de ejercicio de sus funciones el 20 de noviembre del 2018, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Juan Enrique Sologuren Álvarez como miembro de la Comisión adscrita a la Ofi cina Regional del INDECOPI de Tacna, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1728282-2 Designan miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de San Martín RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 242-2018-INDECOPI/COD Lima, 27 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 80-2018/GOR, el Informe Nº 222-2018/ GRH, el Informe Nº 826-2018/GEL, el Informe Nº 125-2018/GEG y el Informe Nº 136-2018/GEG; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional;