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61 NORMAS LEGALES Sábado 5 de enero de 2019 El Peruano / deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores, así como las liquidaciones de bene fi cios sociales. 28) Suscribir convenios con entidades que conforman el Sistema Financiero contempladas en la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, así como sus respectivas adendas. 29) Suscribir los Contratos de Auditoría con las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, designadas o no por la Contraloría General de la República. 30) Suscribir contratos de prestación de servicios públicos a favor de sus Unidades Ejecutoras, modi fi carlos o resolverlos y efectuar cambio de titularidad de suministros de servicios ante entidades prestadoras. 31) Reconocer adeudos de ejercicios presupuestales anteriores como créditos devengados, respecto de las obligaciones que correspondan a las Unidades Ejecutoras previa opinión de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Las facultades delegadas en el presente artículo comprenden tanto a la Unidad Ejecutora CONCYTEC como a la Unidad Ejecutora FONDECYT. Artículo 3.- Delegar en el (la) Jefe (a) de la O fi cina de Logística de la O fi cina General de Administración la siguiente facultad, durante el Año Fiscal 2019: 1) Suscribir contratos de bienes y servicios, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), así como la resolución de los mismos. Artículo 4.- Delegar en el (la) Director(a) Ejecutivo(a) del Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT las siguientes facultades, durante el Año Fiscal 2019: 1) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos de fi nanciamiento con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora FONDECYT. 2) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos vinculados a la ejecución de instrumentos fi nancieros por parte de la Unidad Ejecutora FONDECYT. 3) Suscribir convenios y/o contratos con los ganadores bene fi ciarios de las subvenciones y transferencias que se otorguen en el marco de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Años Fiscal 2016. 4) Suscribir convenios a través de los cuales se establezcan compromisos relativos a actividades que correspondan ser desarrolladas por la Unidad de Evaluación y Selección, la Unidad de Desarrollo y/o la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT. 5) Suscribir convenios de cooperación interinstitucional de compras corporativas facultativas, en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. Las facultades delegadas en el presente artículo, permitirán al Director Ejecutivo ejercer la representación legal del FONDECYT respecto de aquellos aspectos vinculados con dicha Unidad Ejecutora y en el marco de lo establecido en los numerales precedentes. Artículo 5- Las delegaciones de facultades a que se refi ere la presente Resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales y procedimientos establecidos para cada caso. Artículo 6.- El (la) Secretario(a) General y el (la) Jefe(a) de la O fi cina General de Administración del CONCYTEC, así como el (la) Director(a) Ejecutivo(a) del FONDECYT deberán informar trimestralmente a la Presidente del CONCYTEC sobre los actos realizados en virtud de las delegaciones dispuestas en los Artículos 1, 2 y 3 de la presente Resolución. Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica. Regístrese, comuníquese y publíquese.FABIOLA LEÓN-VELARDE SERVETTO Presidenta 1728960-3 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 236-2018-INDECOPI/COD Lima, 27 de diciembre de 2018VISTOS:El Informe 076-2018/GOR-INDECOPI, el Informe Nº 220-2018/GRH, el Informe Nº 818-2018/GEL, el Informe Nº 123-2018/GEG y el Informe Nº 137-2018/GEG; y, CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033 y sus modi fi catorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI, publicada el 29 de octubre del 2018 en el Diario O fi cial El Peruano, se aceptó la renuncia presentada por el señor Juan Carlos Rebaza Merino, al cargo de miembro de la Comisión Adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Arequipa, siendo el último día en ejercicio de sus funciones el 30 de octubre del 2018, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión adscrita a la O fi cina Regional del INDECOPI de Arequipa, a fi n de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes previstos en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 140-2018 del 22 de noviembre de 2018, con la opinión