Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2019 (09/01/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 9 de enero de 2019 /

El Peruano

expedir las respectivas constancias de prestación de servicios de los compromisos contractuales asumidos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, que crea el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público; así como, informar a la autoridad competente en los casos de resolución de los contratos suscritos en el marco de la citada norma. b) Suscribir la solicitud de pago de honorarios de los Consultores contratados bajo el ámbito de la Ley Nº 29806, Ley que regula la Contratación de Personal Altamente Calificado en el Sector Público; así como, informar a la autoridad competente en los casos que el personal altamente calificado deje de prestar servicios. c) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. d) Suscribir, modificar y/o resolver convenios interinstitucionales, incluidas sus adendas, en el marco de sus funciones. e) Aprobar el Programa de Control de Documentos, en el marco de la Directiva Nº 004-86-AGN-DGAI, aprobada por Resolución Jefatural Nº 173-86-AGN-J. 1.3. En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones. b) Resolver los recursos de apelación interpuestos en los procedimientos de selección que correspondan ser resueltos por la Entidad, en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. c) Supervisar la ejecución del Plan Anual de Contrataciones. 1.4. En materia de Asociaciones Público Privadas y Obras por Impuestos: a) Solicitar asistencia técnica a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ Proinversión, para el desarrollo de los procesos de selección o encargarle el desarrollo de los mismos. b) Responder las cartas de intención del sector privado dirigidas al Titular de la Entidad por las que proponen desarrollar los proyectos de inversión pública bajo las modalidades de la normativa de asociaciones público privadas y obras por impuestos. c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales de los procesos de selección que vayan a ser convocados, así como modificar su composición y remoción de sus cargos. d) Aprobar las Bases de los procesos de selección. e) Cancelar el proceso de selección. f) Solicitar la emisión del informe previo de la Contraloría General de la República, así como presentar la subsanación y/o remitir información adicional de ser el caso. g) Suscribir, modificar y resolver convenios con los Gobiernos Regionales y Locales para la ejecución conjunta o encargo de proyectos en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. h) Resolver sobre las solicitudes de ampliación de plazo conforme a las disposiciones del artículo 71 del Reglamento de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0362017-EF. i) Aprobar directivas, manuales y/o lineamientos y sus modificatorias, conforme a la normatividad vigente. j) Autorizar el nuevo monto total de inversión referencial en la convocatoria y en las Bases del proceso de selección en los casos en los que un proyecto cuente con un nuevo monto de inversión registrado en el Banco de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en fecha posterior a su declaratoria de viabilidad y priorización. k) Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro por parte del Comité Especial, los montos mayores al monto total de inversión referencial cuando la propuesta económica exceda hasta en 10% dicho monto. l) Representar al Ministerio en la solución de controversias a realizarse mediante trato directo, así

como suscribir los acuerdos o documentos necesarios para tal fin. m) Conocer y resolver los recursos de apelación interpuestos por los postores respecto de los actos dictados desde la convocatoria hasta antes de la celebración del convenio de inversión. Artículo 2.- Delegar en el/la Viceministro/a de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2019, la facultad y atribución siguiente: En materia administrativa y de gestión: Suscribir las Matrices de compromisos de mejora de desempeño, elaboradas en base a las evaluaciones independientes en el marco del presupuesto por resultados. Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, durante el año 2019, la facultad y atribución siguiente: En materia de Asociaciones Público Privadas y Obras por Impuestos: Suscribir la carta de compromiso de priorización de recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para financiar el pago de los Certificados de Inversión Pública del Gobierno Nacional ­ Tesoro Público ­ CIPGN en cada año fiscal y por todo el periodo de ejecución del proyecto de inversión, así como su mantenimiento de ser el caso, y presentar dicho documento a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración, durante el año 2019, las facultades y atribuciones siguientes: 4.1. En materia de contrataciones del Estado, respecto de la Unidad Ejecutora 001: a) Aprobar la modificación del Plan Anual de Contrataciones. b) Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de selección, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contrataciones y su Reglamento. c) Aprobar el proceso de estandarización a que se alude en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités de selección que tendrán a cargo los procedimientos de selección en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. e) Aprobar las bases de los procedimientos de selección, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. f) Suscribir los convenios respectivos vinculados a compras corporativas facultativas y resolver los recursos de apelación interpuestos cuando el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social actúe como Entidad encargada, en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. g) Aprobar la cancelación parcial o total de los procedimientos de selección, de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. h) Aprobar que el comité de selección u órgano encargado de las contrataciones otorgue la buena pro a las ofertas que superen el valor referencial en los procedimientos de selección para la contratación de bienes, servicios, consultorías de obras y ejecución de obras, a que se refiere el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. i) Aprobar las contrataciones directas previstas en los literales e), g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado, previa opinión de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

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