Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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de Prevención, Enlace y Cooperación de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 26 de enero al 02 de febrero de 2019 a la ciudad de Yakarta, República de Indonesia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 2 903,53 2 500,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1734867-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban la creación de la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de Huánuco
ORDENANZA REGIONAL Nº 102-2018-GRHCO POR CUANTO: El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco el día 07 de diciembre de 2018; VISTO: El Dictamen Nº 017-2018-GRH-CR/CPRNGMAYDC de fecha 07 de diciembre de 2018, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, el cual solicita: "APROBAR LA CREACION DE LA RED DE VOLUNTARIADO AMBIENTAL JUVENIL DE HUANUCO"; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que señala: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional; y el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: Son atribuciones del Consejo Regional, "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional"; en el artículo 38º, de

la misma norma, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia"; Que, de acuerdo al inciso 28.1 del artículo 28º de la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, manifiesta que el ciudadano en forma individual u organizada, debe participar en la defensa y protección del patrimonio ambiental y los recursos naturales de su localidad; Y conforme al artículo 78º del Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM, Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, indica que la participación ciudadana ambiental es el proceso mediante el cual los ciudadanos en forma individual o colectiva inciden en la toma de decisiones públicas en materia ambiental, asi como en su ejecución y control; Que, la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de la Dirección General de Educación, Ciudadanía y Cultura Ambiental en el Ministerio de Ambiente, nace como estrategia para el fortalecimiento de la educación y ciudadanía ambiental. Su objetivo es acompañar en las acciones que viene desarrollando los jóvenes para el cumplimiento de sus compromisos de acción ambiental para cuidar el planeta y aportar al desarrollo sostenible del país. Actualmente, son 321 organizaciones juveniles identificadas a nivel nacional, 115 organizaciones en Lima y Callao; Que, el Ministerio del Ambiente, informó que el Perú cuenta con aproximadamente 10.000 jóvenes voluntarios ambientales en 19 departamentos del país, procedentes especialmente de los estratos socioeconómicos C y D, los cuales están comprometidos en el desarrollo sostenible de sus localidades. Estos jóvenes forman parte de la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil, la cual agrupa a diversas organizaciones que trabajan para promover espacios de participación ciudadana y fortalecer la gobernanza ambiental regional. Los participantes de esta gestión ambiental se dedican a la limpieza de playas y cuencas, visitas de campos, organización de foros y conferencias; Que, mediante Memorándum Nº 362-2018-GRHGRRNGA de fecha 18 de octubre del 2018, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental en atención al Informe Nº 290-2018-GRH-GRRNGA/SGGA, emitido por el Sub Gerente de Gestión Ambiental, solicita la aprobación de la Ordenanza Regional que Crea la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de Huánuco (RVAJHUÁNUCO); Que, la propuesta cuenta con el Informe Legal Nº 000915-2018-GRH/GGR/ORAJ, de fecha 13 de noviembre de 2018, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite Opinión Legal favorable para que el magno Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco proceda a aprobar mediante Ordenanza Regional de acuerdo a sus atribuciones; Que, en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional, realizado en la Provincia de Huánuco, el día 07 de diciembre de 2018, se trató el Dictamen Nº 017-2018-GRH-CR/ CPRNGMAYDC, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil del Consejo Regional Huánuco, después de un debate correspondiente fue sometido a votación, la cual se aprobó por UNANIMIDAD de votos; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco y a lo aprobado por el Magno Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- CRÉASE la RED DE VOLUNTARIADO AMBIENTAL JUVENIL DE HUÁNUCO (RVAJ-HUÁNUCO), como el ente encargado de organizar a la juventud para la participación en programas, planes, proyectos y actividades en materia ambiental en coordinación con los tres niveles de gobierno. Artículo Segundo.- DISPÓNGASE, que la Red de Voluntariado Ambiental Juvenil de Huánuco, estará integrado por jóvenes y/u organizaciones juveniles que

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