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46 NORMAS LEGALES Viernes 1 de febrero de 2019 / El Peruano Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1737282-11 Designan Trabajadora en Servicios III de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0042-2019-JUS Lima, 30 de enero de 2019CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0242- 2018-JUS se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, incluyendo, entre otros, el cargo de con fi anza de Trabajador en Servicios III de la Secretaría General, el cual se encuentra vacante; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Maribel Paulina Salvador Rosales, en el cargo de con fi anza de Trabajadora en Servicios III, de la Secretaría General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Recursos Humanos realice las acciones que correspondan para la reserva de la plaza de origen de la servidora de carrera del Decreto Legislativo N° 276, Maribel Paulina Salvador Rosales. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1736783-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Modifican el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 027-2019-MIMP Lima, 30 de enero de 2019Vistos, el Informe N° 022-2019-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto y el Memorando N° 057-2019- MIMP/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 297- 2018-MIMP del 19 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, por un monto total de S/ 732 645 644,00 (SETECIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), de conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, correspondiendo a la Fuente de Financiamiento 02: Recursos Directamente Recaudados la cantidad de S/ 3 981 510,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES); Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, estable que de producirse una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de fi nanciamiento Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, se autoriza a las entidades públicas del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, hasta el 31 de enero de 2019, para modi fi car su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas; Que, con Memorando N° 057-2019-MIMP/OGPP del 25 de enero de 2019, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 22-2019-MIMP/OGPP-OPR de la O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se propone la modi fi cación del Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2019, a fi n de reducir el Presupuesto Institucional de las Unidades Ejecutoras 001: Administración Nivel Central y 006: Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Fuente de Financiamiento 02: Recursos Directamente Recaudados, por un monto total de S/ 3 648 710,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES); sobre la base de lo comunicado por las referidas Unidades Ejecutoras con Nota N° 004-2019-MIMP/OGA-OT y Ofi cios N° 026-2019-INABIF/DE y N° 03-2019-INABIF/ UPP, respectivamente; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Dirección Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación del Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, a fi n de reducir el monto total de S/ 3 648 710,00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 02: Recursos Directamente Recaudados, en el marco de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, de acuerdo al siguiente detalle: